Finalmente, la Corte de Justicia de Salta puso fin a la discusión sobre qué juez debe intervenir en el juicio oral al diputado provincial Gustavo Orozco, quien arrastra acusaciones por apremios ilegales, vejaciones, severidades, torturas y privación ilegal de la libertad de su paso por la Jefatura de la Brigada de Investigaciones en Rosario de la Frontera. 

En un fallo que lleva las firmas de los jueces Guillermo Catalano (presidente), Ernesto Samsón, Fabián Vittar, Pablo López Viñals, Horacio Aguilar, y de las juezas Sandra Bonari, Teresa Ovejero, María Alejandra Gauffín y Adriana Rodríguez Faraldo, la Corte declaró mal planteada la cuestión de competencia y devolvió las actuaciones al Juzgado de Garantías del Distrito Judicial del Sur, Circunscripción Anta, a cargo del juez Héctor Guzmán, "para que continué entendiendo en la causa en cuestión".

Se trata de una causa en la que Orozco está acusado junto a los policías Víctor Orellana, Andrés Fernando Suárez, Javier Sebastián Reynoso, Denis Arnaldo Coronel, Rubén Darío Medina, Andrea Alejandra Díaz, Víctor Alejandro Luna y Dardo Ezequiel Pérez y la policía Andea Alejandra Díaz por "vejaciones agravadas por el uso de la violencia, severidades, torturas, privación ilegítima de la libertad y apremios ilegales”. 

Inicialmente el juicio oral por estos hechos iba a comenzar el 27 de marzo, pero se suspendió por la pandemia. Luego se fijó para el 17 de junio, pero en ese momento la causa entró en una serie de idas y venidas por recusaciones y excusaciones de los jueces que fueron sucediéndose. 

Esta discusión llegó a la Corte porque Guzmán se excusó de continuar entendiendo en el proceso debido a que es amigo de la ex mujer de Orozco, y remitió la causa al juez de Garantías del Distrito Judicial del Centro, Antonio Germán Pastrana, quien la rechazó y tras idas y vueltas el primer juez pidio a la Corte que resuelva quien debe continuar. 

En el fallo la Corte repasó estos apartamientos de los jueces que intervinieron en el proceso, citó normativa y jurisprudencia referida a la resolución de competencia, y recordó también que por la naturaleza y la urgencia que amerita este caso, razones de economía procesal autorizan a prescindir de reparos formales y a emitir un pronunciamiento sobre la competencia, "con el fin de evitar nuevas dilaciones que puedan traducirse en una efectiva privación de justicia", se señaló en la información oficial, en la que se recordó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación consideró que tiene la atribución de decidir sobre el juez competente cuando esta intervención sea indispensable para evitar una efectiva privación de justicia. 

En este contexto la Corte de Salta sostuvo que los motivos con los que el juez Guzmán fundó su excusación “no poseen encuadre en alguna de las previsiones del artículo 53 del Código Procesal Penal; razón por la cual no corresponde aceptarla”. Es que para excusarse Guzmán alegó que “en oportunidad de desempeñarse como secretario penal en Metán, de 2008 a 2014, fue superior directo de la esposa de uno de los imputados en la causa (Orozco, la ex esposa en realidad), manteniendo así una relación de amistad como consecuencia del vínculo laboral diario”.

Pero para la Corte de estos argumentos, no surge ninguna circunstancia que pueda afecta su imparcialidad para decidir en la causa, porque la causal de apartamiento por amistad, debe darse entre el magistrado y alguno de los “interesados”, el “fiscal, el querellante, el imputado, el ofendido, el damnificado, y el tercero civilmente demandado, aunque estos últimos no se hubiesen constituido en parte, lo mismo que sus representantes, defensores y mandatarios”. Y la esposa (o ex esposa) de un imputado no posee tal calidad.

Antes de decidir el máximo tribunal provincial había pedido opinión al procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, quien en su momento había entendido que la Corte debía resolver el conflicto de competencia y había afirmado que ese tribunal debía “remediar la cuestión planteada" y devolver la causa a Guzmán. 

Llamado de atención 

En la misma resolución en la que dispuso que Guzmán se haga cargo de este proceso, la Corte hizo un llamado de atención a este magistrado y a Pastrana, “toda vez que generaron un dispendio jurisdiccional injustificado tras insistir acerca de una cuestión cuyo trámite tiene expresa solución en la ley procesal, cuando –por el contrario– debieron ejercitar su poder-deber, evitando dilaciones innecesarias y desgastes jurisdiccionales que afectan gravemente la celeridad procesal”.

La Corte destacó el postulado de pronta administración de justicia contenido en preceptos constitucionales y tratados internacionales de derechos humanos, y la necesidad de aplicar criterios judiciales tendientes a evitar las contiendas entre tribunales, impedir el excesivo desgaste jurisdiccional consecuente y proporcionar una respuesta pronta y más adecuada al derecho de acceso a la jurisdicción.

Orozco llegó a la Legislatura de la mano del ex legislador Alfredo Olmedo, pero ahora integra el bloque Gustavo Sáenz Conducción. Suele mostrarse con el gobernador cada vez que tiene oportunidad. A principios de mes anunció que donará la mitad de su sueldo de legislador para asistir a los policías con covid-19. "De chico me enseñaron a no olvidar mis raíces. La Policía fue y es mi segunda casa", afirmó al anunciar esta decisión en su perfil de Facebook. 

Por estos días el diputado está promoviendo la incorporación de las pistolas Taser en la Policía de Salta. "Si alguien está dispuesto a delinquir, tendría que saber que deberá poder soportar 400 voltios de la pistola Taser. Los delincuentes deben ser tratados como tales. Trabajamos por la seguridad de las personas de bien", sostuvo ahora.