Tras meses del virtual encierro interprovincial que afectó el libre tránsito por la pandemia, Salta firmó convenios con Tucumán y Santiago del Estero para habilitar la circulación para las personas incluidas dentro de las actividades esenciales.

En este sentido, se definió el ingreso a las provincias a través de las rutas nacionales Nº 9, 34, 40, para el límite con Tucumán, y las rutas nacionales N° 34 y 16, y rutas provinciales N° 175 y 2 para el límite con Santiago del Estero.

Estarán permitidas para la circulación los sectores de: las industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios; actividades y servicios vinculados con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca y el transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP, la actividad minera y las actividades industriales, materias primas, maquinarias e insumos y transporte de caudales.

Además se establecieron los requisitos y documentación que los viajantes deberán presentar tanto al ingreso como al egreso el control policial o sanitario de cada provincia.

En virtud de ellos deberán contar con el Certificado Nacional Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19, constancia, con una antigüedad máxima de 14 días de la fecha de toma de muestra, de estudio realizado con algún método de diagnóstico antígeno disponible en el país para SARS CoV2 y/o test de detección de anticuerpos con resultados IgG (+) e IgM (-) para cada persona que ingrese a la provincia.

También deberán tener una declaración Jurada firmada en el que las personas autorizadas a ingresar no utilizarán el certificado para circular en zonas urbanas, así como también, de su autorización expresa a permitir el rastreo de su recorrido mediante el sistema de registro que cada jurisdicción habilite a tal fin. Detallar el recorrido y el lugar donde residirá y donde prestará servicio y/o entregará los insumos o mercaderías.

No podrán viajar más de dos personas en el auto y todas ellas deberán usar barbijos y/o tapabocas y contar al alcance con alcohol en gel al 70 % o su equivalente.

Los ingresantes deberán someterse a control de temperatura por parte del personal sanitario o policial cada vez que le sea requerido y en caso que se estime necesario por cuestiones sanitarias deberán someterse a un nuevo test rápido IgM e IgG para sars-Cov2 o PCR.

Los tripulantes del vehículo no podrán realizar paradas intermedias entre las zonas limítrofes y el lugar de trabajo comprometiéndose a seguir todas las indicaciones de las autoridades policiales de cada jurisdicción.

El reingreso a la provincia de origen deberá realizarse dentro de los 7 (siete) días de realizado el cruce limítrofe y se deberá informar al personal policial lugar de procedencia y destino.

El ministro de la Producción, Martín de los Ríos, que firmó los acuerdos en nombre de Salta, aseguró que “en el marco de encontrar un equilibrio entre la reactivación económica a través de la matriz productiva y la seguridad sanitaria, hemos avanzado con estas dos provincias cuya interacción con Salta es sumamente importante”.

Agregó que “estos convenios apuntan, entre otros puntos, a la circulación del sector productivo esencial que debe ir a trabajar a campos de las distintas provincias, con un esquema claro para el tránsito tanto para el personal de seguridad, como así también, para los productores”.

Por último dijo que “estamos trabajando para firmar estos entendimientos también con las provincias de Catamarca y Jujuy del NOA, y las provincias de Chaco y Formosa del NEA”.