En Colombia se abre una puerta para la despenalización total del aborto. La Corte Constitucional aceptó este lunes una demanda conjunta de inconstitucionalidad presentada por el Movimiento Causa Justa –una articulación de 91 organizaciones y 134 activistas de todo el país—para que se elimine el delito de aborto del Código Penal al considerar que vulnera derechos fundamentales de mujeres y niñas y del personal de salud. En los próximos días, comenzará el proceso para escuchar voces a favor y en contra y el pronunciamiento se espera para el año próximo. Un caso testigo interesante para la región.
“Hace 14 años la Corte nos dijo que teníamos derecho a abortar en tres causales: en caso de violación, cuando corre peligro la vida y la salud de la mujer y si hay malformaciones fetales incompatibles con la vida. Pero se siguen presentando barreras muy grandes para acceder a una interrupción legal de embarazo y sobre todo afectan a mujeres que están lejos de las ciudades principales y esto se debe principalmente a la forma de regular el aborto en el país que es a través del derecho penal. Lo que hace que haya mucho estigma incluso en los casos en que es legal. Pedimos pasar a una regulación sanitaria, social y que sea más integral y no se enfoque en la amenaza de la cárcel”, señaló a Página|12 la abogada y activista Mariana Ardila, integrante de Women's Link Worldwide, una de las organizaciones que forman parte de Causa Justa y que en 2006 logró la histórica sentencia que despenalizó el aborto en ese país con una inédita estrategia jurídica.
“Además, que el aborto siga siendo un delito impide que el personal de salud realice su trabajo con tranquilidad, ya que vive con miedo de ir a la cárcel o de ser estigmatizados”, agregó la abogada. En la coalición que impulsa la reforma por la vía judicial creen que la Corte podría fallar a favor de la demanda. “Sabemos que es un tribunal que apoya las tres causales y que se implementen en la realidad”, analizó Ardila.
La demanda de inconstitucionalidad fue interpuesta el 16 de setiembre por el movimiento Causa Justa, conformado por Women’s Link Worldwide , La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, el Centro de Derechos Reproductivos y Católicas por el Derecho a Decidir, entre otras organizaciones. Apunta a que se elimine el artículo 122 del Código Penal colombiano, que criminaliza el aborto, para que las mujeres no sean perseguidas con penas, que pueden ir de uno a cuatro años de prisión. La demanda fue admitida en un contexto en el que diversos países de América Latina y el Caribe –entre ellos, Argentina, Ecuador, República Dominicana-- están discutiendo o por debatir, por vía legislativa o judicial, reducir o eliminar el uso del derecho penal para regular el aborto.
El hecho de que la Corte Constitucional haya admitido la demanda es una buena señal: no estudia todas las peticiones. Quiere decir que se abre la puerta para la discusión, que va a analizar el planteo.
¿Cómo es el procedimiento? Una vez que la decisión sea notificada –todavía no se hizo— se abren diez días hábiles para presentar argumentos a favor y en contra por escrito. Cualquier persona u organización puede hacerlo. La Corte puede llamar también a una audiencia pública para escuchar distintas posiciones. Por sorteo se elige a uno de los nueve magistrados que conforman el alto tribunal y que será el encargado de preparar la propuesta de fallo al resto de los jueces. En total son 9. Le tocó al juez Antonio José Lizarazo Ocampo. Todo este proceso, estima Ardila, puede llevar a que haya novedades en el primer trimestre de 2021.
Hace 14 años, a partir de una demanda presentada por Women's Link ante la Corte Constitucional, se llegó a la sentencia C-355 de 2006 que despenalizó parcialmente el aborto en Colombia, permitiendo que las mujeres accedan a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) como derecho fundamental, sin límite del periodo gestacional, bajo tres circunstancias:
- Cuando la continuación del embarazo constituye un riesgo para la vida y la salud física, mental y social de la mujer.
- Cuando existe una grave malformación del feto que haga inviable su vida fuera del útero.
- Cuando el embarazo sea el resultado de incesto o de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo o de inseminación artificial o transferencia del óvulo fecundado no consentidas.
“Aunque la sentencia C-355 de 2006 fue un hito en América Latina y el Caribe, pues convirtió a Colombia en uno de los países de la región con las excepciones más amplias a la penalización del aborto, siguen persistiendo barreras estructurales que obstaculizan en la práctica el acceso al servicio de IVE. La penalización es la barrera principal de la cual se desprenden las demás. Las mujeres en Colombia siguen enfrentándose al riesgo de que se les inicie un proceso penal, de ir a la cárcel o de ser sometidas a la discriminación y al estigma cuando buscan acceder al servicio de forma segura, debido, en gran medida, a que el aborto sigue existiendo como delito en el Código Penal”, indicó Ardila.
El 97% de las mujeres denunciadas por aborto pertenece a zonas rurales, y un 30% fue víctima de violencia intrafamiliar, violencia sexual o lesiones personales, de acuerdo con datos del Informe sobre judicialización del aborto en Colombia de la Fiscalía General de la Nación, en el que se hace un análisis de los casos durante los últimos 20 años. . “Estos datos reflejan que en Colombia está prevaleciendo un marco de persecución en contra de las mujeres en mayor situación de vulnerabilidad”, apuntó la abogada. Se estima que debido a las barreras estructurales de acceso, solo entre un 1% y un 9% de los abortos se practica dentro del sistema sanitario, y se concentra en las ciudades principales, agregó. “Esto quiere decir que la mayoría de mujeres recurre a abortos clandestinos que ponen en peligro su salud, sus vidas y su dignidad”, observó Ardila.
-¿Hay condenas por aborto en Colombia? –le preguntó este diario.
-Sí, pero de las causas que se inician alrededor del 50 por ciento se termina archivando porque no encuadra la conducta en el delito. La mayoría responde a las causales. Lo grave es que el 70 por ciento de las denuncias proviene del sistema de salud, es decir, son mujeres y niñas que terminan denunciadas por recurrir a servicios de salud.