A fines de mayo, cuando la covid-19 no había golpeado aún la provincia, un camionero que había ingresado desde Buenos Aires, se bajó en el límite entre Jujuy y Salta a la altura de San Ramón de la Nueva Orán, cabecera del departamento Orán, y se convirtió en el primer caso importado de coronavirus de esa ciudad.
La llegada de las personas a quienes se le detectó luego la infección (como sucedió también en Salta Capital), generó un revuelo inusitado y hasta algunas agresiones, además de la acusación del infectado ante la Justicia Federal, primero por el artículo 202 del Código Penal de la Nación, que impone prisión de hasta 15 años a quienes propagan una enfermedad.
El camionero estuvo una veintena de días con prisión domiciliaria. Pero de la investigación que estuvo a cargo del fiscal federal de Orán, José Luis Bruno, surgió que en realidad había contagiado a sus contactos estrechos. “Además de él, se contagiaron otras siete personas. Él viene de familias ensambladas, entonces algunos de los contagiados eran de la casa donde vive su madre con su pareja, y que es donde él vive, y otros, de la casa donde vive su padre con su familia”, explicó el fiscal a Salta/12. Ante esta novedad la Fiscalía hizo la acusación por el artículo 205, que tiene una pena más leve e implica una acusación a quienes violen normativas sanitarias.
La Fiscalía pidió que el imputado cumpla con acciones como la donación de plasma, trabajos comunitarios, aportes al Hospital oranense San Vicente de Paul, y trabajos comunitarios. Pero el juez federal de Orán, Gustavo Montoya, no hizo a lugar a esta solicitud.
La causa llegó a manos del juez de revisión, Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas, quien el 16 de octubre en audiencia, homologó el acuerdo entre la Fiscalía y la defensa y la suspensión de juicio a prueba propuesta por las partes. Es decir, que la condena se cumpla con las medidas propuestas. El acuerdo establece que el imputado debe donar materiales e insumos médicos por 30 mil pesos y cuatro horas semanales de trabajo por un año.
En la audiencia se destacó la conducta del acusado, considerado como el Caso 1 de covid-19 en Orán, quien donó plasma inmediatamente después de recuperarse, siendo esta una de las condiciones incluidas dentro del acuerdo presentado ante el juez.
Acuerdo
En su exposición, Bruno resaltó la esencia y efectividad del sistema acusatorio, el cual permite resolver conflictos no sólo en un breve tiempo, sino también, como en este caso, acordar beneficios a la comunidad. Recordó que el nuevo Código, vigente en Salta y Jujuy desde el 10 de junio de 2019, “dispone que los jueces y fiscales deben procurar la solución de conflictos dando preferencias a las salidas alternativas”.
El acuerdo fue consentido por el hombre acusado, cuya conducta una vez iniciadas las actuaciones penales fue tenida en cuenta y resaltada en la audiencia, pues se mantuvo aislado y en cumplimiento de las medidas sanitarias en curso.
Se destacó tambien que haya donado plasma, lo que hizo en dos ocasiones, y el compromiso del resto de su grupo familiar, que quedaron a disposición de las autoridades sanitarias.
Bruno dijo que son muchos más los casos que se siguen en la Justicia Federal por personas que violaron las normativas vigentes. Mientras, sigue en investigación el paseo de imágenes religiosas por las calles de Orán el 31 de agosto pasado, fecha de la fiesta patronal de San Ramón. En este punto el fiscal indicó que se analizan los informes que se elevaron en el marco de la denuncia que se realizó por haber provocado el amontonamiento de personas en plena circulación comunitaria del Sars-CoV-2, que produce la covid-19, en Orán.