El Ministerio de Transporte de la Nación, que conduce Mario Meoni, determinó que los servicios
de transporte automotor de pasajeros (colectivos) podrán trasladar hasta 10 personas paradas dentro del
vehículo, mientras que en el transporte ferroviario podrá circular con un pasajero parado por metro cuadrado
en los espacios libres disponibles. Ambas resoluciones se habilitaron exclusivamente para los horarios de
mayor demanda: de 7 a 10, y de 17 a 20 horas.
La medida, que entrará en vigencia a partir de la 0 hora de este viernes 13 de noviembre,
obliga a las empresas a respetar los protocolos y medidas sanitarias para resguardar el
distanciamiento social y evitar grandes aglomeraciones dentro de las formaciones.
Por su parte, los pasajeros habilitados a utilizar el transporte automotor y ferroviario continúan siendo los que tengan el Certificado único Habilitante para Circulación – Emergencia Covid 19 o exhiban el permiso emitido por la aplicación “CUIDAR” en su dispositivo móvil.
Las empresas que prestan los servicios deben garantizar la máxima frecuencia de sus servicios, contar con una correcta ventilación en los vehículos y circular exclusivamente con pasajeros afectados a las actividades declaradas esenciales y/o alcanzadas por excepciones a las restricciones y/o personal docente, no docente y alumnado que deba concurrir a actividades académicas presenciales.
Además deberán extremar los recaudos para la desinfección e higiene de los vehículos y en todos los casos tendrán que exigir el uso obligatorio de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón durante todo el viaje y en las paradas de colectivo y las estaciones.