La fiscal a cargo de la investigación del homicidio de Fernando Báez Sosa, el joven asesinado el 18 de enero en la puerta del boliche Le Brique en Villa Gesell, solicitó la elevación a juicio contra los ocho jugadores de rugby imputados por el crimen, detenidos con prisión preventiva en la alcaidía N°3 de Melchor Romero, en el partido de La Plata. En cuanto a la situación de Juan Pedro Guarino y Alejo Milanesi, excarcelados en febrero, la fiscal, Verónica Zamboni, consideró que el análisis de las pruebas “no los ubica directamente en el lugar central en que le dieron muerte a Fernando”, por lo que solicitó el sobreseimiento.
Máximo Pablo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Franco Benicelli, Blas Cinalli, Ayrton Michael Viollaz, Lucas Fidel Pertossi y Luciano Pertossi, los ocho imputados bajo la carátula de “homicidio doblemente agravado por su comisión por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”, permanecen en el Complejo Penitenciario de Melchor Romero, donde fueron trasladados en marzo desde el Penal N°6 de Dolores.
Luego de que el juez de Garantías de la jurisdicción, David Mancinelli, acepte la requisitoria a juicio, la defensa, a cargo del abogado Hugo Tomei, tendrá 15 días para responder al escrito. “En principio voy a ejercer los actos como defensor y voy a hacer una presentación”, respondió a este diario el letrado que representa a los rugbiers, aunque no precisó cuál será el contenido de dicha presentación.
En el escrito, al que pudo acceder este diario, la fiscal añadió a la acusación contra los imputados el delito de “lesiones leves” en perjuicio de Ignacio Vaudagna, Juan Manuel Pereyra Rozas, Juan Bautista Besuzzo, Lucas Begide y Tomás Agustín D ´Alessandro, quienes intentaban defender a Báez Sosa a la salida del boliche.
Según la descripción de la fiscal, “los sujetos activos se dieron a la fuga del lugar, pretendiendo lograr su impunidad”. Mientras que a los ocho imputados los señaló como “co-autores” del delito, a Milanesi y Guarino les adjudicó la “necesaria intervención y cooperación”, por considerarlos “quienes ayudaron a los autores incrementando la superioridad numérica” del grupo que atacó a Báez Sosa durante la madrugada del 18 de enero, entre las 4.40 y las 5 de la mañana. En base a los resultados negativos en el cotejo de pruebas de ADN de ambos acusados, y a que “no han podido tampoco ser ubicados, por las secuencias fílmicas, en el lugar directo de la agresión a Fernando, sino solo en inmediaciones y alejados de la víctima”, la fiscal consideró correspondiente desvincularlos de la imputación penal. El juez Mancinelli deberá notificar a los particulares damnificados en la causa -los padres de Fernando Báez Sosa- y al fiscal general de Dolores, Diego Escoda, y si ambas partes están de acuerdo, el magistrado deberá dar lugar al sobreseimiento.
Respecto de Tomás Collazo, quien presenció el hecho pero no fue detenido ni involucrado en la causa, la fiscal consideró que si bien las pericias de imágenes y video y el análisis comparativo facial confirmaron su presencia en el lugar del crimen y en el momento en que sus amigos atacaban a Báez Sosa, “ello no resulta suficiente para afirmar que tuviera alguna participación criminal en el hecho”, por lo que continúa apartado del proceso judicial.
Aunque las últimas declaraciones habían sido tomadas en agosto, la fiscal estaba a la espera de los resultados de los últimos peritajes que forman parte del conjunto de pruebas presentadas en la requisitoria de elevación a juicio, y pudo concretar la presentación ante el juez Mancinelli a días de vencerse el plazo para hacerlo. Este miércoles se cumplen 10 meses desde la madrugada en que asesinaron al joven, que se encontraba de vacaciones junto a sus amigos.
Además de las declaraciones testimoniales, entre las pruebas presentadas por la fiscal en la requisitoria, un escrito de más de más de 300 páginas, se encuentran los diferentes peritajes químicos, tecnológicos, y de reconocimiento facial, las conversaciones de chat entre los imputados, los videos grabados desde el celular de Pertossi, el archivo de las cámaras privadas -del boliche “Le Brique”, del supermercado “Marina” y del “Complejo Octógono”-, así como de las públicas -diez videos peritados por la División de Individualización Criminal de Policía Federal Argentina-, y las muestras de ADN cotejadas con la muestra de la víctima.
El juicio
En caso de que el juez disponga la elevación a juicio a partir del requerimiento de la fiscal, la defensa podrá expresarse en cuanto al formato del juicio, que por disposición del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires, en referencia a delitos que comprenden una pena mayor a 15 años de prisión o reclusión, y según solicitó la fiscal en el escrito, se llevaría a cabo a través de un jurado, seleccionado por sorteo y conformado por doce personas y seis suplentes.
Una vez que el juez tome la decisión respecto de la solicitud de juicio, el representante de los imputados podrá oponerse, instando al sobreseimiento o al cambio de calificación legal. También podrá solicitar que se conforme un tribunal tradicional para el juicio oral. “Depende de la estrategia del defensor, y de la capacidad que él considere que tiene”, explicó Diego Escoda, fiscal general de Dolores, donde tendrá lugar el debate en caso de que el juez acepte la requisitoria. “Esperemos que el año que viene pueda concretarse el juicio”, agregó.