En su primer pronunciamiento de fondo sobre el proyecto oficial de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito celebró la decisión del presidente Alberto Fernández de enviar la iniciativa al Congreso Nacional y destacó que la redacción del Ejecutivo "tiene coincidencias muy significativas" con el proyecto que la Campaña presentó por octava vez en mayo del año pasado. También remarcó que el texto recoge "parte de la producción colectiva del movimiento feminista y de mujeres de Argentina", además de "los consensos logrados en la media sanción de 2018". El documento manifiesta además la necesidad de que la ley sea tratada "de inmediato" por el Congreso, "a la par de nuestro proyecto" y que "aún cuenta con estado parlamentario".
En conjunto con este pronunciamiento, la Campaña realizó un análisis comparativo entre los dos proyectos en el que se resaltaron las coincidencias pero también se introdujeron algunas "observaciones y diferencias" vinculadas a la objeción de conciencia del personal médico, el plazo para acceder a la IVE y la penalización de las mujeres que se realicen un aborto luego de la semana 14.
En un documento, la Campaña saludó "con mucha satisfacción" la presentación del proyecto de Ley de “Regulación del Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo y a la atención posaborto”.
En este sentido, la organización realizó una comparativa entre los dos proyectos con el objetivo de plasmar tanto las coincidencias como las diferencias en la redacción entre un texto y el otro. En principio, se destacaron "coincidencias muy significativas" en los "objetivos de garantizar el acceso al aborto legal, seguro y gratuito, lo que permite esperar que, de su tratamiento, resulte una buena ley".
Además de "la legalización, despenalización y el reconocimiento del derecho al aborto legal, seguro y gratuito hasta la semana 14 de gestación inclusive, y las causales luego de este período", la Campaña subrayó, "entre otras valiosas coincidencias", que el proyecto del Ejecutivo establece el acceso a la práctica "por parte de niñas y adolescentes y personas con discapacidad de acuerdo a la normativa del Código Civil, la existencia de consejerías no obligatorias y su cobertura por los sistemas de salud".
También se resaltó que el articulado del texto enviado por el presidente el pasado 17 de noviembre se encuentra enmarcado dentro de los principios rectores de atención médica de la Ley de Derechos del Paciente y del protocolo de Interrupción Legal del Embarazo (ILE) del Ministerio de Salud, por lo que estará garantizado el "trato digno y libre de violencias, privacidad, confidencialidad, autonomía de la voluntad, acceso a la información, de transparencia activa y calidad, según estándares de la OMS".
El proyecto redactado por el Ejecutivo incorpora la resolución nº 65/15 del Ministerio de Salud de la Nación, que estipula que "deberá protegerse a la mujer y toda persona con capacidad de gestar de injerencias ilegítimas por parte de terceros". En este sentido, la Campaña señaló que, con esto, "curas, activistas fundamentalistas religiosos, novios o maridos que quieran que se continúe con el embarazo y otras personas quedan explícitamente excluidos de opinar e intervenir". En el caso del acceso a la IVE para niñas y adolescentes, la Campaña celebró que se respeten los avances en relación a la "autonomía progresiva de la voluntad".
Por otro lado, se valoró que el proyecto especifique que la IVE es un tema de orden público y, por tanto, "de aplicación obligatoria en todo el país". Por último, se indicó que el encuadre del texto en el esquema constitucional de Argentina permitirá despejar "falsos argumentos respecto de su inconstitucionalidad".
En paralelo a las coincidencias, desde la organización también sentaron posición sobre las diferencias que ya venían siendo marcadas por algunas de sus referentas desde que el texto del Ejecutivo vio la luz. La principal discrepancia se basa en lo que concierne a la posibilidad de que el personal médico a cargo de garantizar la IVE pueda alegar objeción de conciencia para negarse a realizar la práctica, algo que la Campaña no contempla en su proyecto "por el uso violatorio a los derechos de las mujeres y personas gestantes del que ha hecho abuso el personal médico antiderechos", según manifestaron en el documento.
El artículo 10 del proyecto del Ejecutivo prevé la objeción de conciencia a nivel individual, aunque establece que el profesional deberá encargarse de derivar a la persona que requiere el aborto, "adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica", mientras que no podrá negarse a realizar la IVE en el caso de que "la vida o salud" de la persona gestante corra peligro. Además, tampoco podrá negarse a realizar asistencia posaborto.
Frente a esto, la Campaña señaló que, aunque esté prevista solo de modo individual, la objeción de conciencia es "la puerta de entrada del incumplimiento de la ley, y la obstrucción del acceso, como ocurre actualmente con la provisión de las ILE en nuestro país y de las IVE en los países en donde está permitida en su legislación".
El siguiente punto de discordancia radica en la penalización para "quien causare el propio aborto" o consintiera "que otro se lo cause" luego de las 14 semanas de gestación establecidas y por fuera de las causales de no punibilidad previstas luego de ese período: abuso sexual o riesgo para la vida o salud integral.
Mientras que desde la Campaña sostuvieron que su proyecto "no admite penalización para las mujeres", por lo que no establece pena alguna en esta instancia, el del Ejecutivo sí lo hace, aunque reduce la pena actualmente establecida en el Código Penal: de uno a cuatro años de prisión, la pena baja a tres meses a un año. También incorpora la posibilidad de exclusión, ya que "podrá eximirse la pena cuando las circunstancias hicieren excusable la conducta.” En este punto, la Campaña aseguró que "la redacción es ambigua y deja a arbitrio del juez la valoración de las circunstancias".
El tercer punto remarcado en el documento se centra en el plazo que deberá transcurrir entre el momento en que la persona gestante solicite la IVE y su realización efectiva: mientras que el proyecto de la Campaña prevé un plazo de cinco días, el texto redactado por el Ejecutivo amplía ese período a diez días.
Por último, la Campaña señaló que el artículo 12 del proyecto del Ejecutivo, dedicado a la Educación Sexual Integral (ESI), no incluye expresamente el derecho a la IVE en el contenido curricular ni el marco con el que deberá ser trabajado en las aulas, a pesar de establecer que el Estado nacional, las provincias, la Ciudad de Buenos Aires y los municipios deberán disponer "políticas activas para la promoción y el fortalecimiento de la salud sexual y reproductiva de toda la población".
Según el documento, dicho artículo es "un corte y pegue del de la Campaña", sin el párrafo en el que se establece que "deben incluirse los contenidos respectivos en el currículo de todos los niveles educativos", y que la IVE debe ser enseñada como un derecho "de las mujeres y personas gestantes". Además, el texto de la Campaña dispone que la enseñanza de este derecho deberá impartirse "a través de contenidos científicos, laicos, confiables, actualizados y con perspectiva de género".