El juez de la Sala I del Tribunal de Impugnación, Luciano Martini, apartó a la fiscal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, de la causa en la que se investiga al comisario Walter Exequiel Mamaní por hechos de corrupción. Además, el magistrado corrió traslado a la fiscalía que corresponda para que investigue si incurrió en un delito por parte de la fiscal en el secuestro del teléfono del ahora ex auxiliar fiscal Sergio Dantur, a quien se investiga por filtrar información al jefe policial.
La decisión de Martini se tomó en relación a esta causa, que llegó a Impugnación por un recurso de reposición “in extremis” de la defensa de Dantur, quien se desempeñaba como auxiliar fiscal de Apolinario Saravia, en el departamento Anta. El ex auxiliar fiscal argumentaba que la línea telefónica y el teléfono secuestrados por orden de la fiscal eran de su propiedad y no del Ministerio Público, como afirmaba Simesen de Bielke.
El Poder Judicial indicó ayer que este secuestro se hizo "sin orden judicial y por directiva de la fiscal de Derechos Humanos".
“El uso de un teléfono y línea otorgada por el Ministerio Público Fiscal para el desempeño de un cargo también público posee esa naturaleza y, por ende, su retención e inspección por funcionario y aún agente -en este caso por cuestiones administrativas- de ese estamento no puede afectar, de ninguna manera, el derecho a la intimidad", sostuvo Martini al resolver el recurso de la defensa de Dantur. Indicó que, en cambio, los teléfonos y líneas personales, "aún cuando se utilicen eventualmente para cuestiones laborales, son de propiedad de su titular y, consecuentemente, para sacarlos de su ámbito de custodia e inspeccionarlos es requisito 'sine qua non' contar con la correspondiente orden judicial”.
Añadió que la fiscal Simesen de Bielke informó “una falsedad determinante para resolver, que, a la postre, favoreció ilegítimamente su posición en detrimento de inviolables seguridades individuales, sin pasar por alto que dicha maniobra indujo a error a un órgano jurisdiccional.”
En este sentido, sostuvo que la fiscal fundamentó la decisión de llevar adelante el secuestro sin orden judicial afirmando que el teléfono y la línea pertenecían al Ministerio Público y por eso “podía requerirlo, en cualquier momento, por decisión administrativa, por razones de servicio o por cualquier otra cuestión" y el auxiliar fiscal, como depositario de este objeto, tenía la "consecuente obligación" de entregarlo.
El 14 de octubre el juez de primera instancia interviniente había convalidado esta actuación. En Impugnación, ante el planteo defensivo, Martini requirió un informe a la empresa Personal, para que precisara los "datos personales, razón social o denominación del órgano u organismo, público o privado, del abonado al que corresponde la titularidad de la línea”. Y la empresa respondió informando que el único titular de la línea era Dantur.
Al aclararse la propiedad de la línea y del aparato se modifica el escenario de lo actuado porque en el trámite anterior se había concluido que no se necesitaba orden judicial al tratarse de una línea oficial del Ministerio Público y en la ocasión se validó lo actuado por la funcionaria a cargo de la investigación, informó el Poder Judicial.
En su resolución el juez de Impugnación reseñó que “a los pocos días de dictado el pronunciamiento, la misma funcionaria que informó la calidad oficial de los objetos en cuestión" presentó un pedido de “ratificación” de secuestro y extracción de datos. "Ello, jurídicamente, importa un pedido dirigido a legalizar una situación irregular que, como tal, sólo sería procedente y lógica ante el conocimiento de que la calidad pública del aparato y la línea comunicada a este Tribunal, no se condice con la realidad", aseguró el magistrado.
Finalmente, sostuvo que la actuación de Simesen de Bielke “eventualmente podría resultar constitutiva de infracciones previstas en el Código Penal, sean en perjuicio de la administración pública, la fe pública u otros bienes jurídicos” y por eso decidió apartarla de la causa contra Mamaní y correr vista a la fiscalía de turno para que investigue la actuación de la fiscal.
Investigar a la Policía
Simesen de Bielke asumió en la Fiscalía de Derechos Humanos a principios de julio último. Esta se encarga de investigar delitos cometidos por miembros de fuerzas de seguridad de la provincia. La fiscal fue designada cuando arreciaban las denuncias por hechos de violencia policial, en reemplazo de Gustavo Vilar Rey, eyectado de este cargo luego de que una auditoría exhibiera que prácticamente no había tramitado las causas que llegaban a esta dependencia.
La gestión de la nueva fiscal de Derechos Humanos, que ya venía con una destacada actuación en la Fiscalía de Delitos Complejos, rápidamente se diferenció de la su antecesor, cambiando una tendencia en esta área. Logró avances en causas paralizadas durante años e imprimió celeridad también a los trámites de las nuevas denuncias. La del comisario Mamaní era una de esas, por hechos cometidos en junio de este año en Apolinario Saravia, donde el comisario era jefe.
Precisamente, en noviembre último Simesen de Bielke requirió que se eleve a juicio esta causa, en la que acusó a Mamaní por abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad, falsedad ideológica y vejaciones agravadas con fines de venganza en perjuicio del joven Luciano Diez. También acusó a otros cuatro policías, el cabo Juan Giménez, la sargenta Julia Antolina Díaz, el sargento Sergio Argañaraz y el agente Franco Matías Vizgarra.
En el curso de esta investigación la fiscal se dio con que el auxiliar fiscal de Apolinario Saravia le había dado información oficial a Mamaní. Por los chats desde el teléfono que motivó que ahora Impugnación la aparte de la causa, se supo que Dantur le ofreció ver las actuaciones al comisario. “Si querés venir a ver las actuaciones, yo las tengo en mi escritorio, decile a Seba que te dé la llave y a la mierda, quédate tranquilo, compulsá como quieras, si no ya nos vemos el lunes o el domingo a la noche”, lo invitaba.
Simesen de Bielke imputó al entonces auxiliar fiscal por "incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado en concurso real", dado que había “confeccionando un oficio para deslindarlo (al comisario) de un sumario iniciado en otra causa penal y, poniendo a disposición del imputado Mamaní, la llave de la oficina de la sede de la Delegación para que el mismo ingresara un día domingo a compulsar las actuaciones”.