Los organismos de derechos humanos de Salta celebraron ayer un paso adelante en el camino de lograr justicia para trabajadores de La Veloz del Norte que a principios de 1977 fueron detenidos ilegalmente y torturados, acusados de un fraude a la empresa. El juez federal Julio Bavio procesó al dueño de la firma, Marcos Jacobo Levín, de 81 años; a los policías retirados Enrique Víctor Cardozo (73) y Víctor Hugo Almirón (75) y al civil José Antonio Grueso (75).
Levín fue quien denunció a los trabajadores y puso en marcha el engranaje represivo, para ello se valió de una lista que le entregó el jefe de personal, Grueso. Las detenciones fueron llevadas a cabo por el oficial Cardozo y el subcomisario Víctor Hugo Bocos (además de otros funcionarios policiales), con conocimiento de Almirón, que era el comisario jefe de la Comisaría Seccional Cuarta, el lugar donde los empleados fueron torturados y obligados a firmar declaraciones responsabilizándose de delitos. Bocos, de 70 años, estaba siendo investigado por estos hechos pero sufrió un ACV que obligó a suspender el proceso en su contra.
Los procesamientos son sin prisión preventiva. En el caso de Levín, se lo procesó en calidad de "instigador del delito de privación ilegítima de la libertad e imposición de tormentos" cometido en perjuicio de 16 empleados de la empresa transportista: Miguel Ángel Rodríguez, Ciriaco Nolberto Justiniano, Juan Alberto Alonso, Rubén Héctor Vrh, Manuel Eugenio Modad, Carlos Lídoro Aponte, Sonia Rey, Jorge Arturo Romero, Aurelio Rada, Oscar Horacio Espeche, Sebastián Lindor Gallará, Carlos Horacio Pereyra, Jorge Francisco Delaloye, Emilio Bórquez, Carlos Eugenio Bais y Norberto Bórquez. Y le trabó embargo por $1.200.000.
En su resolución el juez señaló que la denuncia y las demás acciones desatadas a partir de ella buscaban amedrentar a los trabajadores para que no reivindicaran derechos laborales. Citó en este sentido el testimonio del chofer Carlos Bais, "quien corroboró los dichos vertidos en tal sentido por otros trabajadores de esa empresa en cuanto a la existencia de un mismo 'modus operandi' utilizado por sus directivos en connivencia con personal policial". Bais fue detenido a principios de 1977, por un hombre morocho y delgado que dijo ser policía y lo llevó a la Comisaría Cuarta en un Ford Falcón negro, que pertenecía a La Veloz. El trabajador dijo que tras las detenciones "el miedo imperaba como efecto disciplinador" en la empresa.
Y Emilio Bórquez recordó que Levín integraba la FESTAP (Federación de Empresarios del Transporte Automotor) de Salta y de Tucumán, dijo que por el poder que tenía "compraba a la Policía, Gendarmería y militares, motivo por el cual no había donde reclamar", recordó el magistrado en su resolución.
Almirón fue procesado como autor mediato de privación ilegítima de la libertad y aplicación de tormentos de los 16 empleados, y en su caso el embargo fue por $600 mil. También Cardozo fue procesado por los mismos delitos y con el mismo monto de embargo.
Grueso fue procesado como partícipe necesario de la privación ilegal de la libertad y los tormentos y también fue embargado por $600 mil. El juez sostuvo que como jefe de personal, "ocupaba una rol fundamental para la individualización, selección y decisión respecto de la suerte de los trabajadores, aportando la sistematicidad que tuvieron las acciones respecto de quienes fueron criminalizados y sometidos a la represalia ilegal por parte de las fuerzas represivas”.
En cuanto a los roles que cumplieron los imputados, el juez concluyó que la Policía manejaba información de inteligencia previa a las detenciones irregulares y que ésta le había sido proporcionada por Bocos, quien además de ser subcomisario trabajaba en La Veloz del Norte, y por Grueso, "desde su función de jefe de personal". También destacó "la probada y llamativa presencia de Levin en dependencias de la Comisaría 4ta., particularmente durante el período de detenciones, lo que no deja lugar a dudas que la policía contaba con toda la información de la empresa vinculada con los trabajadores y que en función de esa información y de la decisión de los directivos, se disponía sobre la suerte de ellos prescindiendo de todo procedimiento legal".
Tortura psicológica y física
El magistrado también tuvo consideraciones sobre la tortura. "La tortura psicológica estuvo presente durante toda la detención que sufrieron las víctimas, puesto que desde el primer momento en el cual fueron privados de su libertad sin las formalidades prescriptas por la ley, recibieron la aplicación de golpes, picana eléctrica y amenazas, desconociendo el destino final", sostuvo.
"Las víctimas definieron el sufrimiento provocado con la picana eléctrica como indescriptible", añadió antes de señalar que las condiciones de detención "también configuraron tortura psicológica, al encontrarse sin acceso al baño, parados frente a una pared vendados y esposados, sin poder descansar; sin comunicación con sus parientes ni con sus abogados". Además, escuchaban el sufrimiento de otras personas que eran torturadas, "lo que implicaba una permanente amenaza de ser nuevamente torturado" y "la escasa y deficiente alimentación; la falta de higiene, la exposición en desnudez ante quienes lo golpeaban y picaneaban".
Según un informe de la CONADEP, “la seccional 4ta. de policía era la pesada, en esta repartición encerraban a culpables malos o buenos”.
Los trabajadores contaron que las torturas se aplicaban en una habitación ubicada en la parte de atrás de la Comisaría, mientras permanecían con los ojos vendados. Los golpes y la picana eléctrica tenían como fondo el sonido del motor de una moto y una radio a alto volumen para tratar de tapar sus gritos. Sin embargo, cuando en el juicio por Cobos se hizo una inspección ocular en el edificio donde funcionaba la Cuarta, en macrocentro de la ciudad de Salta, la vecina Herminia Encarnación Puppi, se acercó a contar que escuchaba "gritos desgarradores de personas a pesar de la moto y la radio fuerte que sonaba por la noche".
Al valorar los testimonios, el juez destacó que se trata de personas que han vivido un hecho traumático que difícilmente puedan olvidar. Y reseñó "resulta ilustrativo mencionar lo afirmado por Juan Alberto Alonso en el sentido de que “le aplicaron picana y que vivió momentos que no desea recordar”, o lo expuesto por Rodríguez cuando solicitó “que se le brinde asistencia psicológica debido a que recordar lo ocurrido le producía problemas emocionales”. Modad contó que “se encontraba bajo tratamiento psiquiátrico debido a las alteraciones que tienen su origen por este tema y que no se encontraba en condiciones de declarar aportando un certificado médico” y Sonia Rey dijo que cada vez que tocaban la puerta de su casa “era un calvario” debido a la “pesadilla que tuve que vivir”. El magistrado también destacó que tras sufrir las detenciones y torturas, "una vez que recuperaron su libertad, resulta ser que se quedaron sin trabajo".
Con éste, Levín suma dos procesamientos este año por delitos de lesa humanidad. En noviembre pasado fue procesado por la detención ilegal y las torturas al delegado gremial ceramista y militante comunista Carmen Esteban Juárez, quien fue torturado en los galpones de la La Veloz del Norte. Además, fue condenado por por la detención ilegal y las torturas a Víctor Cobos, que trabajaba en la transportista y era delegado gremial de la UTA. La condena fue recurrida y la causa espera resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.