El flaco caudal que el Paraná escurrió en todo el año, y ante la perspectiva de que así continúe, activó el resorte judicial con una veda para la pesca comercial y deportiva de aquí hasta abril, al menos para el cauce santafesino del río, según lo dispone la medida cautelar que interpusieron dos organizaciones ecologistas y que un juez rosarino promovió ayer.
El titular del juzgado en lo Civil y Comercial N° 11, Luciano Carbajo, aceptó el planteo presentado por miembros de las ONG El Paraná No Se Toca e Identidad Ambiental, y declaró la prohibición total de la pesca deportiva y comercial desde ayer y hasta las 24 del 31 de marzo de 2021.
El argumento de las entidades intenta proteger la fauna ictícola, cuyo hábitat se ha visto reducido de manera significativa ante la prolongada bajante del río. Ayer el Paraná ofrecía una altura de 1,04 metro fuera de canal. Aunque el cauce ha estado menos caudaloso aún en otros años -incluso en junio fue peor-, el nivel actual preocupa incluso por su duración. Prácticamente, así ha estado durante todo el año, y las perspectivas metereológicas aguas arriba, en Brasil, no prometen una mejora inmediata. Así lo valoró el juez a contemplar la curva descendente que se observa en todas las mediciones hidrométricas, desde Villa Constitución hasta el puerto correntino de Esquina.
La medida cautelar interpuesta por las ONG impone que como "consecuencia de la histórica y extraordinaria bajante del río Paraná, se afecta negativamente la temporada reproductiva de los peces". Asimismo, agregan que "las especies de la fauna ictícola en esta bajante resultan vulnerables en atención al escaso cauce del río principal, dada la imposibilidad de esparcirse y habitar por cursos menores, lo que ha facilitado la pesca indiscriminada, ya que no ha disminuido la tasa de exportación del sábalo", apuntan en clara referencia a la demanda de esa especie por parte de los frigoríficos de pescado enclavados en la costa santafesina, pero también en Victoria y en Buenos Aires.
Lo notable esta vez -y que fue recibido con alborozo en las organizaciones ambientalistas- es que la Justicia se hizo cargo de la situación, aunque no haya sido de oficio sino porque hubo una demanda concreta desde la sociedad civil. En el caso del juez Carbajo, prevaleció un fallo precedente de la Corte Suprema de la Nación que consagra al Delta del Paraná como "un ecosistema vulnerable que necesita protección".
Con todo, el veredicto judicial excluye de la veda a la pesca de subsistencia, esto es "la extracción de especies para el consumo propio del pescador y su familia, practicada desde la costa o desde canoas a remo con líneas de mano, prohibiéndose totalmente la comercialización del producto de dicha pesca".
El contexto jurídico también se asienta en el texto del Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná" (Piecas), producido por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, en mayo de 2008. "Es un inmenso humedal y como tal, además de albergar una rica diversidad biológica, cumple múltiples y fundamentales funciones como la recarga y descarga de acuíferos, el control de inundaciones, la retención de sedimentos y nutrientes, la estabilización de costas, la protección contra la erosión, la regulación del clima y una extensa lista de bienes y servicios al hombre", reza esa política de Estado.
"El sistema -postula el Piecas- cumple también un rol importante ,como reservorio de biodiversidad, brindando alimento, refugio y sitios de reproducción a numerosas, especies de peces, aves, reptiles y mamíferos", dice el plan que el magistrado consideró para dictar la veda pesquera.
Sin embargo, esta norma ha sido inútil para evitar este año las recurrentes y extensas quemas en el vasto humedal. Por esta razón es que, desde Tribunales, un vocero hizo ver que el juez "sólo resolvió la medida cautelar, sin considerar aún el fondo de la cuestión".