El juez Daniel Obligado resolvió revocar la prisión domiciliaria del exvicepresidente Amado Boudou, tras el fallo de la Corte Suprema que, sin analizar nada sobre los hechos y responsabilidades, dejó firme la condena a 5 años y 10 meses de prisión por cohecho y negociaciones incompatibles con la función pública en el caso de la imprenta Ciccone Calcográfica.
El fallo no quedó firme, ya que el ex titular de la ANSES puede recurrir esta medida mediante un recurso de Casación. Si el juez no habilita la feria judicial, la definición quedará para febrero.
El magistrado dispuso en su fallo "revocar el arresto domiciliario" de Boudou "y disponer su alojamiento en un establecimiento penitenciario bajo la órbita del Servicio Penitenciario Federal (SPF)", al considerar que han cambiado las circunstancias por las que lo había enviado a su casa.
Con esta resolución, Obligado hizo lugar a los pedidos de los fiscales Marcelo Colombo y Guillermina García Padín, quienes habían solicitado que Boudou cumpla el resto de la condena en la cárcel. La presentación de la defensa, en cambio, resaltó que la misma fiscal de ejecución que insistió en que Boudou no cumpla el arresto domiciliario, es la misma funcionaria que por lo menos en cuatro casos de condenados por la tragedia de Once consideró que podía cumplir la pena en sus casas por tener hijos pequeños.
El 10 de dicembre, Boudou le había solicitado al mismo magistrado que le permita continuar el cumplimiento de la pena en su domicilio y con el régimen de vigilancia electrónica, que el mismo tribunal le concedió en abril de este año porque tiene hijos mellizos de 2 años. Cabe destacar que la Ley de Ejecución Penal prevé el acceso a la prisión domiciliaria para proteger el “interés superior” de las niñas y los niños menores de 5 años.