El juez porteño Roberto Gallardo ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que otorgue una vacante en un jardín maternal nivel inicial a una niña de un año en un radio cercano a su domicilio pese a que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño dijo que "el Estado no tenía obligación" de hacerlo. Es la segunda sentencia de magistrados de primera instancia que deciden sin tener en cuenta el cuestionado fallo de la corte porteña.
Gallardo, conforme lo pedido por el padre de la beba, dispuso en una medida cautelar que “a través del Ministerio de Educación e Innovación, en forma inmediata le otorgue a la niña I.L.J. una vacante para el nivel inicial, sala de un año, en el Jardín Maternal número 11, Distrito Escolar 9, en el turno de 8:45 a 16.45 horas”.
Supletoriamente, mandó a asegurar la vacante “en algún establecimiento educativo de gestión pública con jornada simple extendida que se ubique dentro del radio de 2.000 metros del domicilio” de la familia de la niña (en el barrio de Palermo) o pagando “la totalidad de las erogaciones que impliquen la asistencia de la niña a una escuela infantil o jardín de infantes de gestión privada dentro del mismo radio”. En su fallo, Gallardo aclaró que el otorgamiento del beneficio a I.L.J. “en ningún caso puede implicar afectación de otro niño/a con vacante ya acordada en el mismo nivel, turno y establecimiento”.
El Gobierno porteño se había opuesto al reclamo del padre argumentando que no contaba con vacantes disponibles sin afectar derechos de terceros u otros.
Al igual que Gallardo, el pasado 29 de diciembre el titular del juzgado N° 24, Darío Reynoso, hizo lugar a un amparo y ordenó que el Ministerio de Educación porteño "arbitre los medios necesarios para otorgar una vacante" a un niño en la sala de dos años para ciclo lectivo 2021.