Horas más tarde de que le suministraran dióxido de cloro, como había indicado el fallo judicial, el paciente internado en grave estado con covid-19 en el Sanatorio Otamendi falleció. El abogado de la familia confirmó que la sustancia tuvo que ser suministrada por un neurocirujano externo a la clínica ya que la institución se negó a hacerlo. Ahora la familia de Oscar Jorge García Rúa denunciará al Otamendi por desacatar la orden judicial.
“Vamos a denunciar la responsabilidad por homicidio culposo y la responsabilidad del Otamendi en la medida que habiendo una manda judicial se negaron a realizar el tratamiento. Entendemos que eso configura una desobediencia”, confirmó el abogado Martín Sarubbi, en diálogo con Delta FM.
Según contó el letrado, tras la medida cautelar aprobada el jueves por el juez federal Javier Pico Terrero, los médicos del sanatorio se habrían negado a tratar al paciente con la sustancia que no cuenta con autorización del Ministerio de Salud ni de la Anmat para uso médico y está desaconsejada por las sociedades científicas.
Por este motivo, el letrado explicó que el dióxido de cloro fue suministrado por el neurocirujano personal del paciente, externo al Otamendi. Fue ese mismo médico quién indicó el tratamiento.
“La práctica la tuvo que realizar el doctor (Dante) Converti porque a pesar de que existía una manda judicial que autorizaba el tratamiento el sanatorio siguió desoyendo y tuvimos que ampliar el recurso de amparo para que pudiera realizar la práctica médica el doctor Converti, que es externo al Otamendi”, indicó Sarubbi.
El fallo causó conmoción en la comunidad científica y médica, ya que podría implicar un precedente “preocupante” en donde un juez autoriza una práctica médica a partir de una sustancia que no cuenta autorización por el Ministerio de Salud.