El Ministerio de Desarrollo Productivo avanzó este miércoles con la reglamentación de la Ley de Economía del Conocimiento. Tras la primera reunión de la mesa de trabajo junto a cámaras empresarias y referentes del sector, el ministerio a cargo de Matías Kulfas resolvió que será la Subsecretaría de Economía del Conocimiento quien implementará las acciones y dictará las normas complementarias para la aplicación de la Ley, enunció las actividades promovidas y dio precisiones acerca de cómo serán consideradas las inversiones en capacitación e Investigación y Desarrollo (I+D).
"Esta ley ofrece un esquema de beneficios, que premia la creación de trabajo nacional, fomenta la exportación y potencia el crecimiento de un sector muy importante para el presente y el futuro de Argentina. Creemos que en una década estas empresas van a generar el doble de empleo que ahora, hasta llegar a 500.000 trabajadores, y van a exportar cerca de 10.000 millones de dólares por año. Además, el régimen de promoción contribuye a mejorar la capacidad productiva de otros sectores productivos como el agro o la industria”, destacó el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas.
En detalle
La resolución complementa el decreto que reglamenta la ley y aporta precisiones sobre los siguientes temas:
- La implementación del régimen estará a cargo de la Subsecretaría de Economía del Conocimiento.
- Define las actividades y rubros comprendidos por el régimen de promoción, un punto con bastante demanda por parte de los empresarios. Las actividades que podrán acceder al beneficio serán software y servicios informáticos y digitales; producción y postproducción audiovisual; biotecnología, bioeconomía, biología, bioquímica, microbiología, bioinformática, biología molecular, neurotecnología e ingeniería genética, geoingeniería y sus ensayos y análisis; servicios geológicos y de prospección y servicios relacionados con la electrónica y comunicaciones; servicios profesionales de exportación; nanotecnología y nanociencia; industria satelital y aeroespacial, tecnologías espaciales; ingeniería para la industria nuclear; fabricación, puesta a punto, mantenimiento e introducción de bienes y servicios; servicios de Investigación y desarrollo. La Subsecretaría de Economía del Conocimiento podrá actualizar el listado de actividades y rubros comprendidos por el régimen de promoción.
- Establece que el criterio del tamaño de la empresa para recibir los beneficios segmentados será en base a ventas y personal ocupado establecidos por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores.
- Establece que las zonas desfavorables ( San Juan; Tucumán; Catamarca; La Rioja; Entre Ríos; Jujuy; Corrientes; Salta; Misiones; Chaco; Santiago del Estero; y Formosa ) tendrán un beneficio adicional de 10% sobre las contribuciones patronales.
- Detalla las inversiones computables para el cumplimiento del requisito adicional, tanto para el concepto de I+D (ejemplo: adquisición de tecnología no incorporada y conocimiento), como para el de capacitación (ejemplo: becas que la empresa otorgue a sus empleados), y cuáles no podrán ser computadas. Dentro del concepto de Investigación y Desarrollo (I+D) considera la investigación básica (generar un nuevo conocimiento principalmente abstracto sin una finalidad previa); la aplicada (generar un nuevo conocimiento, producto, servicio u obra intelectual con una finalidad previa o destino); y la experimental (fabricación o puesta a punto de un prototipo o piloto, modelo original de un conocimiento, producto o servicio u obra intelectual que incluye todas las características). Los beneficiarios podrán computar lo invertido en los últimos 12 meses o bien el promedio de los últimos 24 meses anteriores a la fecha de su inscripción.
- Fija los incrementos porcentuales de los requisitos para la revalidación bienal de la pertenencia al régimen: tienen que ir aumentando la inversión cada dos años a un porcentaje diferenciado de acuerdo el tamaño de la empresa y el tipo de inversión. Las microempresas no se verán obligadas a cumplir incrementos adicionales.
La ley, que fue sancionada en octubre de 2020 y reglamentada por el Poder Ejecutivo en diciembre pasado, apunta a promover nuevas tecnologías, generar valor agregado, fomentar el empleo de calidad, facilitar el desarrollo de PyMES y aumentar las exportaciones de las empresas que se dediquen a servicios basados en el conocimiento. En los próximos días, la Subsecretaría de Economía del Conocimiento emitirá nuevas disposiciones complementarias para reglamentar los últimos detalles para implementar el régimen y habilitar la inscripción al registro.