Este lunes, tres días después de que se promulgara la Ley 27.610, de interrupción voluntaria del embarazo (IVE), el Gobierno bonaerense presentó una guía de implementación para orientar a los profesionales de la salud del distrito, que regirá a partir del 24 de enero en todo el territorio provincial. El documento de más de 30 páginas destinado a los efectores de salud de la provincia y a los funcionarios públicos, contempla tanto los aspectos técnico-sanitarios como los principios que rigen para el acceso voluntario a la interrupción del embarazo. La ministra de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual, Estela Díaz, dijo que el documento "da certezas a los equipos de salud", pero además, es una "fuerte señal política de respaldo a la ley porque sabemos que hay sectores que siguen teniendo resistencia".
La presentación, encabezada por la ministra Estela Díaz y su par de Salud, Daniel Gollan, junto a su viceministro Nicolás Kreplak, la subsecretaria de Políticas de Género y Diversidad Sexual, Lucía Portos y la directora de Equidad y Género en Salud del ministerio de Salud, Sabrina Balaña, se realizó en formato virtual al mediodía desde la Escuela de Salud “Floreal Ferrara”, y se transmitió por el canal oficial del Gobierno provincial.
La guía busca orientar las prácticas de los equipos de salud en la atención y cuidado de las personas en situación de interrupción del embarazo y postaborto, en el marco de la sanción de la Ley Nacional N° 27.610. Para eso, hace un recorrido desde lo legal hasta las prácticas específicas que se pueden aplicar en cada caso. Recuerda en primer lugar que, conforme a la ley, las mujeres y personas con capacidad de gestar tienen derecho a: decidir la interrupción del embarazo; requerir y acceder a la atención de la interrupción del embarazo en los servicios de salud; requerir y recibir atención postaborto en los servicios de salud, independientemente de cuales sean las condiciones en las que la persona gestante haya decidido y accedido a la interrupción del embarazo y prevenir los embarazos no intencionales mediante el acceso a información, educación sexual integral y a métodos anticonceptivos eficaces.
Al respecto, Díaz dijo a Página/12 que "la presentación se quiso hacer con celeridad porque nos parece que es importantísimo, ya que hay una fuerte adhesión de la provincia a a la expansión de la ley, de hecho, tanto el ministro Gollan como yo intervenimos en el debate en las comisiones en la Cámara de Diputados, así que hay un compromiso con todo lo que tiene que ver con la salud pública en general, pero además con la perspectiva de derechos sexuales y reproductivos".
Además, la ministra sostuvo que "la opinión que veníamos trabajando con el equipo de salud es que era necesario darle rápidamente certezas a los y las profesionales de la salud porque seguramente van a haber consultas y pedidos de la práctica, y sabemos que hay sectores que aún tienen resistencia. Asi que justamente es dar una fuerte señal a los y las profesionales que intervienen, pero también es dar una fuerte señal política de respaldo frente a esos sectores que siguen teniendo resistencia, y que posiblemente intenten judicializar, pese a que esta ley y la mayoría con que se aprobó se han construido de forma absolutamente democrática".
La funcionaria explicóó también que la guía es complementaria al Protocolo de Interrupción Legal del Embarazo (ILE), al que el Gobierno de María Eugenia Vidal “ni siquiera había adherido", y que fue la primera resolución que sacaron de forma conjunta hace un año el Ministerio a su cargo y el de Salud. Un año después, nuevamente, la primera resolución del 2021de ambos ministerios que apunta garantizar derechos es la que firmaron este lunes la ministra y su par de salud Gollan, que entrará en vigencia al mismo tiempo que la Ley 27.610.
En tanto el ministro Gollan remarcó en la presentación que “si no hubiese existido esa -marea verde- algunos legisladores o legisladoras no hubiesen cambiado su forma de pensar. Esa forma histórica y masiva fue lo que torció la historia. El reconocimiento primero es hacia ellas", remarcó.
En tanto las pautas elaboradas en la guía, que se distribuirá en todos los centros de salud, desarrollan los principios que deben regir en la atención en pos de garantizar los derechos de las personas, y en este sentido, habla del trato digno que se debe dar, de la privacidad y confidencialidad que los equipos de salud deben garantizar y de respetar "las decisiones de las personas respecto de sus derechos reproductivos, las alternativas de tratamiento y su salud sexual y reproductiva". También hace hincapié en que se "debe administrar información sobre: los procedimientos y los cuidados posteriores; alcances y consecuencias de la práctica", así como de "los métodos anticonceptivos disponibles y su provisión".
En cuanto al acceso a la práctica, detalla que conforme a la ley, las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria de su embarazo (IVE) hasta la semana catorce (14) inclusive, del proceso gestacional, sin más requisito que su requerimiento. Fuera de dicho plazo, será legal la interrupción practicada con el consentimiento de la persona gestante y la correspondiente acreditación de causales realizada por el personal de salud. En este caso, las causales contempladas por la normativa son: violación, peligro/riesgo para la salud o para la vida. La certificación de causales es el instrumento que le permite al equipo de salud acreditar la práctica como una Interrupción Legal del Embarazo (ILE).
El documento presenta un esquema claro con los circuitos posibles en la atención y cuidado integral de las personas gestantes a partir de la detección del embarazo y los caminos a seguir. Al respecto, el documento señala que "la atención integral en salud requiere, luego de la confirmación del embarazo, la realización de la Consejería en derechos. Esta consejería tiene por objetivo acompañar a la persona en la toma de decisiones autónomas". En los hechos esto se debería traducir en que el "asesoramiento sobre todas las alternativas posibles y los potenciales riesgos".
El circuito describe las alternativas posibles en función de si la persona gestante decide continuar con el embarazo o no. En un caso, podrá maternar o dar en adopción, y tendrá un tipo de seguimiento; en el otro, si decide interrumpir el embarazo, se abren distintas vías luego de determinar la edad gestacional. En todos los casos, se remarca que "sin excepción se debe garantizar el acceso a anticoncepción inmediata post evento obstétrico (AIPE). Esto refiere a la elección y acceso a un método anticonceptivo elegido por la persona, durante el evento obstétrico o en el post evento obstétrico inmediato".
Los establecimientos de salud tendrán la obligación de brindar el acceso a la IVE en un plazo de 10 días corridos desde que la práctica sea requerida por la persona gestante.
Además, el texto hace referencia a los distintos procedimientos médicos y quirúrgicos que se pueden emplear para la IVE, señalando en primer lugar el uso del Misoprostol, y hace consideraciones también específicas para la atención de niñas y adolescentes, así como de personas con discapacidad ante la solicitud de la interrupción del embarazo.