El gobierno nacional dio precisiones sobre los alcances del programa de Recuperación Productiva (Repro II), que cubre un porcentaje de los salarios de empleados de empresas que atraviesan problemas económicos.

La medida publicada en la resolución 16/2021 del Ministerio de Trabajo tendrá efectos sobre los salarios de diciembre último por un monto de hasta 9 mil pesos por trabajador de las empresas adheridas.

Según las recomendaciones del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II, las compañías que tengan menos de 800 trabajadores deberán cumplir al menos cuatro de seis parámetros establecidos, requiriendo como condición excluyente que uno de ellos sea la variación interanual de la facturación menor a 10 por ciento.

Los otros parámetros son una variación porcentual interanual del IVA compras menor a 10 por ciento; un endeudamiento cuya relación entre el pasivo total y el patrimonio neto sea mayor a 0,6; una liquidez corriente, cuya relación entre el activo y pasivo corriente sea menor a 1,6; y variaciones porcentuales interanuales del consumo de energía eléctrica y gasífera menor a 0 por ciento, de la relación entre el costo laboral total y la facturación mayor a cero, y de las importaciones menor a -20.

Para las empleadoras y los empleadores de 800 o más trabajadoras y trabajadores, el cumplimiento mínimo de los parámetros es el mismo que para el primer caso, pero con topes diferentes.

Las variaciones porcentuales interanuales de la facturación y del IVA compras deberán ser menor a 5 por ciento; el endeudamiento mayor a 0,6; la liquidez corriente, menor a 1,6; y las variaciones porcentuales interanuales del consumo de energía eléctrica y gasífera, menor a 0 por ciento; de la relación entre el costo laboral total y la facturación, mayor a cero; y de las importaciones menor a -30 por ciento.

Los datos del empleo privado


Por otra parte, el Comité realizó un análisis sobre la situación actual del empleo registrado y las empresas. Los resultados destacaron que “el empleo asalariado privado registrado se contrajo un 3,1 por ciento, desde que se adoptaron las primeras medidas de aislamiento social, entre febrero y octubre de 2020”.

También precisó que “el total del empleo asalariado registrado privado se retrajo 0,7 y 1,7 en la variación mensual durante marzo y abril de 2020”.

Señaló que hubo una “reducción continua y sostenida, en términos absolutos y relativos, de las relaciones laborales que se encuentran suspendidas, pero perciben al menos el 75 por ciento de sus remuneraciones”.

Al respecto, subrayó que “la cantidad de trabajadores suspendidos pasó de los 777.000 de abril a los 408.000 de octubre, reflejando una contracción del 48 por ciento entre los meses señalados”.

Remarcó que “en segundo lugar, a medida que la actividad productiva y la demanda de bienes y servicios se fue recomponiendo, las empresas convocaron a los y las trabajadoras para retomar la prestación de tareas”.