Los automovilistas que estacionen en las veredas de Salta que tengan el sistema de cobro por hora, deberán abonar desde hoy 30 pesos cada 60 minutos, lo que representa un incremento de $10 pesos, tal como lo fijó el Concejo Deliberante capitalino.
La ordenanza que modificó el precio de la hora de estacionamiento fue sancionada en la sesión del 2 de diciembre de 2020 y promulgada el 23 de diciembre, se trata de una modificación parcial a la ordenanza 12.170, que rige el estacionamiento medido.
La normativa dispone las siguientes tarifas:
"a) Por hora, para autos y camionetas en horario diurno: Pesos treinta ($30,00), con una tolerancia de cinco (5) minutos de vencido el plazo. Esta tarifa se paga directamente al permisionario. El conductor podrá pagar la cantidad de horas que le sean necesarias para permanecer en el lugar y deberá localizar las tarjetas adquiridas dentro del vehículo y en un lugar visible (luneta delantera)".
"b) Por hora, para autos y camionetas en horario nocturno: Pesos treinta ($30,00), con una tolerancia de cinco (5) minutos de vencido el plazo, la que será aplicable en las inmediaciones de los locales de diversión que funcionan en dicho horario, en la zona del Paseo Balcarce, Paseo Güemes y Plaza Alvarado y la que en el futuro determine el Departamento Ejecutivo Municipal". También el conductor podrá abonar las horas que dejará el vehículo estacionado y deberá dejar los comprobantes en un lugar visible.
Para frentistas (con o sin garaje), la ordenanza establece "Doce (12) Unidades Tributarias, redondeada al entero más próximo, por mes". El valor de la Unidad Tributaria fue fijado actualmente en $22,88, por lo que suma un total de 274 pesos mensuales.
Las motocicletas tendrán lugares determinados para el estacionamiento, con un costo por hora de 10 pesos y las bicicletas tendrán estacionamiento sin cargo.
Los permisionarios cobrarán por este sistema el 70% de lo recaudado y el 30% restante quedará para Municipalidad de la ciudad de Salta.
Talonarios
Hasta el viernes último, al menos una parte de los permisionarios no estaban seguros de contar con los nuevos talonarios para hoy y algunos de ellos exhibían los actuales por valor de $20 la hora, resellados con la inscripción $20 y en los que se nota claramente a su vez, que fueron emitidos para motocicletas, por $5.
No obstante, un significativo número de permisionarios dijo haber comprado ya el viernes el talonario con precio de $30 la hora.
Prioridades
En una de las modificaciones que se hizo a la ordenanza que rige el estacionamiento medido, el Concejo Deliberante dispuso en mayo de 2019 un orden de prelación para seleccionar a los permisionarios. Primero, discapacitados, a los que define como “toda persona que padezca algún tipo de discapacidad que lo imposibilite definitivamente para acceder a otro tipo de empleo. Dicha discapacidad deberá acreditarse conforme a lo establecido en la Ley Provincial N° 6.036 “.
Luego, “Permisionarios madres solteras o viudas, único sostén de familia: para otorgar el permiso en estos casos, las solicitantes deberán acreditar los hijos menores que tienen a su cargo, con las pertinentes partidas de nacimiento, presentar certificado de residencia y convivencia expedido por la Autoridad Policial”.
Otra categoría es la de permisionario sexagenario, que comprende a “todas aquellas personas de ambos sexos que, al momento de solicitar su incorporación como permisionario del sistema de estacionamiento medido y pago, tuvieran 65 años cumplidos, para lo cual se tendrá en cuenta la siguiente, a los que no tienen ingresos ni beneficios y luego a los que poseen ingresos menores al salario mínimo vital y móvil y a la jubilación mínima”.
Esa modificación dispuso taxativamente que se dará prioridad a los discapacitados, en segundo término podrán ser permisionarios del sistema las madres solteras o viudas que sean único sostén de familia, sin ingresos, y, en último término, los sexagenarios.
De acuerdo a un informe oficial de mayo de 2020, en la ciudad había a esa fecha 351 permisionarios, 114 desocupados, 81 sexagenarios con o sin ingresos y 156 discapacitados, aunque la cifra pudo haber variado en razón de la incorporación de nuevas cuadras.
No vigilan
La ordenanza establece además que el permisionario no tiene a su cargo la obligación de vigilancia sobre los vehículos estacionados "y deberá denunciar a la Autoridad de Aplicación correspondiente las infracciones que cometan los usuarios del régimen implementado a través de la presente, para que aquella proceda conforme a derecho".
En caso de que se labre un acta de infracción y el permisionario haya emitido la boleta, el organismo correspondiente reconocerá la boleta emitida con la compra del próximo talonario.