El Gobierno nacional prorrogó hasta el 28 de febrero el cierre de fronteras para extranjeros no residentes en el marco de las medidas de prevención por la pandemia de coronavirus y mantiene la prohibición para los vuelos que tengan como origen o destino el Reino Unido o Irlanda del Norte. De esta manera, podrán ingresar y egresar del país los nacionales o extranjeros residentes en el país y extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos o residentes, bajo una serie de condiciones dispuestas por el Minsterio de Salud.
La medida fue dispuesta por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, por decisión administrativa 44 y publicada hoy en el Boletín Oficial. Mantiene la prohibición de los vuelos hacias y desde Gran Bretaña debido a la nueva cepa de Covid-19. En tanto, sostiene la reducción de los vuelos proveniente de Estados Unidos, Europa y Brasil.
La restricción indica que la Dirección Nacional de Migraciones y el Ministerio de Salud "coordinarán las acciones necesarias para determinar los cronogramas de vuelos y la cantidad de pasajeros y pasajeras que ingresarán en forma paulatina y diaria al país, especialmente a través de vuelos provenientes de Estados Unidos, México, Europa y Brasil, manteniendo reducidas las frecuencias de vuelos de pasajeros a los 3 primeros destinos en un 30% y a Brasil en un 50%".
La resolución aclara que la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) podrá "ampliar, disminuir o eliminar tales porcentajes de reducción, previa intervención de la autoridad sanitaria nacional".
Condiciones de ingreso y salida
"La salida y el reingreso desde y hacia el país implicará la aceptación de las condiciones sanitarias y migratorias del país de destino y de Argentina al regreso, asumiendo las consecuencias sanitarias, legales y económicas derivadas de la misma", señala la resolución.
En ese sentido, la medida precisa que una serie de condiciones:
- La imposibilidad de iniciar el viaje con síntomas compatibles con COVID-19.
- La necesidad de contar con un servicio de salud del viajero COVID en el exterior para la cobertura médica y/o aislamiento.
- Declarar los lugares en donde estuvo en los últimos 14 días previos al reingreso al país, entre otros".
- Dar cumplimiento a las condiciones impuestas por la autoridad sanitaria nacional y someterse al control de las autoridades provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales.
De acuerdo el documento publicado en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud, de acuerdo a la situación epidemiológica existente en el país de origen o destino, podrá pautar obligaciones a los operadores de transporte, transportistas y tripulantes, incluyendo establecer su testeo para determinar que no sufren de COVID-19, previo al ingreso al país, u otras que estime pertinentes.
Además, la resolución "recomienda a los nacionales o extranjeros residentes en el país, y, en particular, a los mayores de 60 años de edad o a personas pertenecientes a los grupos en riesgo definidos por la autoridad sanitaria, diferir sus viajes al exterior, cuando los mismos no respondieran al desarrollo de actividades esenciales".
Pasos fronterizos y extensión de las medidas
En tanto, la medida establece además que la Dirección Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior, "determinará y habilitará los pasos internacionales que resulten adecuados para el ingreso al territorio nacional de nacionales o extranjeros residentes en el país y extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos o residentes, y para el egreso de las personas del territorio nacional y la individualización de los supuestos de excepción".
La resolución aclara que las "medidas y restricciones dispuestas o que se dispongan por la presente decisión administrativa y por las restantes autoridades en el marco de sus competencias en el marco de la normativa de emergencia sanitaria, podrán ser revisadas periódicamente por las instancias competentes enunciadas en cada caso, de modo de prevenir y mitigar la COVID-19 con la menor interferencia posible al tránsito internacional".