En la página 44 del “Documento de Trabajo” No 123 de la “Fundación de Investigaciones Económicas Latinoamericanas”, FIEL, titulado “El Sistema Tributario Argentino. Análisis y evaluación de propuestas para reformarlo” se aconseja la eliminación del 10 por ciento incluido en las entradas de cine según la Ley 17.741 que integra aproximadamente un 40 por ciento del Fondo de Fomento Cinematográfico administrado por el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales. (Ver el link http://www.fiel.org/publicaciones/Documentos/DOC_TRAB_1440549015218.pdf).
Ante la alarma de la industria, los ministros Avelluto y Dujovne aseguraron que “ese 10 por ciento no se va a eliminar” sin hacer ninguna mención a otra acción aún más grave, también aconsejada por FIEL en el renglón siguiente del mismo documento: la eliminación del “impuesto a los servicios de Comunicación Audiovisual que tiene alícuotas variables por actividad”. Es decir, la eliminación del canon que pagan las empresas que explotan comercialmente la radiodifusión y la televisión abierta y por cable en Argentina, desde la privatización de dichos medios, por hacer uso de las frecuencias que pertenecen al país. Y si bien esto excedería sobradamente a la cinematografía, desde la promulgación de la denominada “Ley del Cine” parte de este impuesto constituye el restante 60 del Fondo de Fomento Cinematográfico.
Cabe señalar que pese a que la Ley le ordena al Incaa ser custodio y garante de nuestro cine, tampoco se manifestó públicamente al respecto. Sin embargo, dos meses después de aquella alarma, el presidente del Instituto fue removido de su cargo con una celeridad inusitada, por la supuesta causa de acusaciones vertidas en una lastimosa operación de prensa, hechos que en la práctica se parecen a una intervención.
Según Avelluto, el presidente del Incaa fue desobediente. Según Alejandro Cacetta, no aceptó cometer actos espurios. Así que coinciden. Pero dichos actos más otros posibles motivos de la renuncia siguen siendo oscuros. Y es improbable que el propio damnificado los aclare. Completa el cuadro de este conflicto interno de Cambiemos la noticia de que la Oficina de Anticorrupción y el Ministerio de Cultura se sumarían a la Asamblea Federal, autoridad máxima del Instituto, al Consejo Asesor, y al sub-Director en ejercicio de la Presidencia una vez que lo designe el Poder Ejecutivo (el triunvirato que “gobierna y administra” el Incaa, según la Ley) para trabajar juntos en la anunciada “reforma integral” que sería el inicio de “una nueva etapa”. Es de suponer que la Asamblea y el Consejo Asesor tendrán que pronunciarse a breve plazo.
Tengamos presente que el Incaa es un “ente público no estatal”, característica que lo distingue en términos legales. Que es autárquico. Que legalmente no es posible modificar impuestos por decreto. Que la Ley hace cargo al Instituto de la administración del Fondo de Fomento, y prevé que las sumas a transferirse al Fondo “solo pueden ser variadas por el Poder Ejecutivo únicamente en el supuesto de modificarse los gravámenes previstos, en cuyo caso la variación del porcentual deberá ser tal que el valor absoluto de las sumas a transferir sea igual al existente al momento de la modificación”.
Hace años teníamos un Ministerio “de Cultura y Educación”. Porque se entendía que la cultura y la educación deben ir juntas.
* Director y productor.