En el marco de la causa que la agrupación Hijos Rosario inició en 2018 contra el ex juez federal de la dictadura Guillermo Ernesto Tschopp, la misma querella presentó pedidos de indagatoria por delitos de lesa humanidad al ex fiscal federal José Luis Vázquez -actual abogado defensor del senador Armando Traferri- y otros dos funcionarios judiciales de la época: el también ex fiscal Pedro Tiscornia y quien fuera secretario de juzgado, Horacio Claverie. “El rol que tuvo Claverie, en tanto Secretario de Juzgado Federal n°2 de Rosario ha sido, al igual que el caso del magistrado Tschopp y de los procuradores Fiscales Tiscornia y Vazquez, el de garantizar la impunidad de los delitos que por aquel entonces cometían las fuerzas represivas”, señala el escrito presentado el lunes por Hijos. Y añade: “La omisión de investigación se transformó en una forma sistemática de actuación”. Tschopp se encuentra procesado desde el año pasado. La organización también pidió la prisión preventiva de los acusados.
El pedido de indagatoria a Vázquez toma otra dimensión al tener en cuenta su protagonismo público como defensor de Traferri. Vázquez está acusado por crímenes de lesa humanidad en perjuicio de Gustavo Angel Piccolo, Eduardo Oscar López, Luis Alberto Cuello, Paula Riggio, Francisco Peña y Graciela Noemí González. La abogada de Hijos Rosario, Nadia Schujman, planteó que “las garantías que Vázquez reclama para su defendido no las otorgó a las presas y los presos políticos que tuvo como fiscal” y subrayó que el abogado del senador cuya investigación fue parada por los fueros legislativos “reclama impunidad para Traferri, no garantías constitucionales”.
En la presentación se hace alusión a la sentencia en la causa Menéndez, de Mendoza, conocida también como “juicio a los jueces”, que en 2017 condenó a los ex jueces Luis Miret -fallecido-y Rolando Carrizo, el ex fiscal federal Otilio Romano y el ex defensor oficial Guillermo Petra Recabarren. Este fallo fue confirmado por Casación en 2019. “Cabe preguntarse aquí cuál fue la interpretación que dicha sentencia sobre las responsabilidades de quienes eran, por entonces, Procuradores Fiscales. Lo cierto es que ninguna diferencia hizo entre aquellos que se desempeñaron como Jueces y aquellos que se desempeñaron como Fiscales. El marco legal aplicable a ambos fue exactamente el mismo por lo que todo lo señalado en este punto por el fiscal Adolfo Villatte al solicitar la indagatoria de Tschopp es perfectamente aplicable a la presente solicitud”, plantea la querella de Hijos Rosario.
En diálogo con Rosario 12, Schujman enfatizó también que el pedido de indagatoria es “resultado de muchos años de trabajo sobre el archivo de la justicia federal”.
Vázquez está acusado por delitos cometidos contra seis víctimas que sufrieron privación ilegítima de la libertad y tormentos, en tanto Tiscornia deber ser indagado -según la querella de Hijos—por crímenes contra 58 personas y Claverie por 62. A los tres se los acusa también de asociación ilícita, al tiempo que Hijos Rosario pide ampliar la acusación a Tschoop también por este delito.
En el caso particular de una de las víctimas, Luis Cuello, el primer fiscal en su causa fue Tiscornia, pero luego cambió y Vázquez asumió ese lugar. “Ya siendo éste el fiscal de la causa, a fs. 248, en fecha 27/12/79, Cuello, en ampliación de su declaración indagatoria dijo: ´(…) que quiere aclara que la rectificación de la declaración prestada ante la policía obedecía a: 1 que no conocía esa declaración porque firmó la misma sin haberla leído y con los ojos vendados y que estuvo durante su incomunicación en esa condición (ojos vendados) y que además fue torturado, específicamente durante los primeros 5 días y que si no declaró esto en la oportunidad en que prestó declaración indagatoria fue porque estaba amenazado por personal del Servicio de Informaciones’”. Lo mismo ocurrió con Daniel Flores. Hijos plantea que “ante semejante denuncia, uno podría imaginar que el fiscal Vázquez solicitó alguna pericial, alguna testimonial o bien pidió que se abra una investigación. Nada de esto pasó. Por el contrario, a fs. 260/261, el fiscal valoró sus declaraciones del siguiente modo ‘(…) las rectificaciones efectuadas por ambos procesados carecen de entidad por ser tardías, infundadas e inverosímiles’”.
Hijos considera que “sostener eso, ya en el año 80, cuando el hermetismo de los primeros tiempos de la dictadura ya se estaba resquebrajando, habiendo muchos perseguidos políticos declarado haber pasado por lo mismo, y sin siquiera solicitar una medida de prueba para salir de la duda, es sin duda la garantía de impunidad que las fuerzas represivas necesitaban del poder judicial”.
En ese sentido, Schujman enmarcó la importancia de avanzar sobre la responsabilidad judicial. “Para nosotros es importante, como uno de los objetivos de todas las causas, la garantía de no repetición. Y con relación al poder judicial, para que no vuelva a ser garante de delitos tan graves, nos parece fundamental y más en este contexto en que en los países de Latinoamérica estamos viendo law fare y operaciones de la justicia federal junto con servicios de inteligencia y medios masivos de comunicación, que pueda trazarse un límite entre lo tolerable o no”.
Por eso, la argumentación de Hijos Rosario, representada por Schujman, Natalia Moyano y Juan Pablo Mennichelli, subraya en el escrito que “en cuanto a quienes se desempeñaron como fiscales, si bien es cierto que según el esquema procesal vigente en aquel momento la investigación se encontraba en manos del Juez Federal, la norma procesal ponía en cabeza de ellos una especial posición jurídica de protección, la cual fue, sistemáticamente violada por todos y cada uno de los Procuradores”.
Otro de los delitos atribuidos a Vázquez es en perjuicio de Gustavo Piccolo, quien sufrió dos procesos judiciales. “La segunda causa es una clara violación de derechos. Ella se inició por mera voluntad de Tschopp el 7 de febrero de 1980 y condenó a Piccolo a 9 años de prisión sin siquiera citarlo a indagatoria, y sin dictamen fiscal. El fiscal de la causa era Vázquez. Es cierto, éste no dictaminó solicitando una condena, pero no es menos cierto que tuvo una actitud completamente omisiva. Ante una flagrante violación de derechos nada hizo, lo que permitió que se vean vulnerados sus derechos y la privación ilegal de la libertad se siguiera cometiendo”, sostiene Hijos Rosario.