La Sala I de la Cámara del Crimen, por mayoría, dispuso la detención del comerciante Irineo Humberto Garzón Martínez, acusado de haber abusado sexualmente de una joven venezolana de 18 años. Los jueces que revocaron la excarcelación del imputado, tuvieron en cuenta la gravedad del delito y “el peligro de fuga” existente, derivado de una serie de actitudes asumidas por Garzón Martínez, quien fue apresado en la tarde del jueves en casa de una hermana suya, uno de los domicilios que había dado como residencias alternativas.
“¡Lo logramos, hija!” fueron las palabras que dijo --entre lágrimas-- Thays, la madre de la víctima. El mensaje a su hija se conoció poco después de que se conociera el fallo de la Cámara y la imagen de la emotiva reacción se vio en un video que circuló por las redes sociales.
En su voto a favor de la inmediata detención, el juez Pablo Lucero -compañado por su colega Magdalena Laiño--, expuso con crudeza la violencia ejercida por Garzón Martínez sobre la víctima y puntualizó que “no se le escapa el comportamiento” adoptado por Garzón Martínez durante el proceso judicial. Los dos jueces, con el voto en disidencia del tercer integrante del tribunal, Jorge Luis Rimondi, revocaron la excarcelación que había concedido la jueza Karina Mariana Zucconi, denunciada por “mal desempeño” en esta causa.
En relación con el comportamiento del imputado, el juez Lucero recordó que “no le abrió (a la policía) la puerta de ingreso” del comercio donde se cometió la agresión sexual. El magistrado señaló que, incluso, “habría intentado darse a la fuga” una vez que el funcionario policial a cargo del allanamiento ya se encontraba en el interior del local, a pesar de la oposición de Garzón Martínez.
Fracasó en su intento de escapar porque la policía “lo redujo, luego de producirse un forcejeo”. Por otro lado, señaló que cuando fue detenido, luego de ese intento de escape, dijo que vivía en la calle Tandil 5046, en el barrio de Mataderos, pero después, en la indagatoria, cambió la dirección de su casa, al decir que vivía en Paso 963.
Fue “la propia hermana” del acusado, cuando se presentó ante las autoridades policiales, la que sostuvo que “solo conocía el domicilio” de la calle Paso. Sin embargo, este jueves, lo detuvieron en la casa de la calle Tandil.
El juez Lucero señaló que “otra circunstancia que amplía el real riesgo de fuga (...) es el hecho de que el imputado se encuentra registrado bajo el nombre Santiago G Martínez en su perfil de Facebook, red social mediante la cual la damnificada lo contactó para concertar una entrevista laboral”.
El dato, que surge del sumario policial, “revela una intención inicial de ocultar su verdadera y exacta identidad física a la hora de sellar un vínculo jerárquico laboral con su futura empleada”.
Por otra parte “de continuar el estado actual de libertad (...) podría entorpecer la investigación, toda vez que aún podrían restar importantes medidas probatorias por producir en el escenario del crimen y no puede descartarse el despliegue de intimidación de cualquier tipo contra la víctima”.
El camarista, luego de esas consideraciones, recalcó que a su criterio “las medidas adoptadas por la jueza” Zucconi “son insuficientes para conjurar tales entorpecimientos” por parte del imputado. Por esa razón, recomendó “la conveniencia de proceder al encarcelamiento provisorio” de Garzón Martínez, en razón de “la ineficacia del resto de las medidas alternativas y menos gravosas previstas” en el Código Procesal.
El acusado fue detenido a las 15 de este jueves, en la vivienda de la calle Tandil. El pedido de detención había sido impulsado por el fiscal de Cámara Ricardo Sáenz, quien mantuvo el criterio sostenido por las fiscales Silvana Russi y Mariela Labozzetta.
Ellas fueron las que apelaron la decisión de la jueza Zucconi. Los camaristas que revocaron la medida tuvieron en cuenta que Garzón Martínez está imputado puede recibir una dura condena por “la naturaleza violenta del suceso investigado” y “las dudas que recaen sobre su arraigo”, teniendo en cuenta la confusión que todavía subsiste respecto de cuál es su domicilio real.
El fallo se dio a conocer horas después de que se ordenó la colocación de una tobillera electrónica para el acusado, como una medida que no estaba directamente vinculada con la causa penal pero que fue dispuesta por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil 8 con la intención de resguardar a la joven de manera cautelar a través del funcionamiento del dispositivo de geoposicionamiento dual, que permite monitorear la ubicación a través de GPS tanto de la víctima como del agresor.
El abogado que representa a la víctima, Pablo Baque, confirmó que la jueza Zucconi dispuso también durante las últimas horas la inhibición general de los bienes del comerciante imputado.
Baque explicó que la decisión se produjo a raíz de un escrito presentado por el defensor del imputado, Osvaldo Cantoro, en el que señalaba que su cliente no podía pagar el embargo de un total de 90.000 pesos que había recaído sobre sus bienes al inicio del procesamiento.
El hecho que se le imputa ocurrió el 23 de enero, cuando la denunciante fue citada para realizar una entrevista laboral que había coordinado días antes por la red social Facebook, tras lo cual el acusado le pidió cenar el viernes para “hablar sobre el trabajo”.
La joven rechazó la propuesta y se presentó el sábado 23 por la mañana, en el local comercial, en la calle Paso 693. El ataque sexual se produjo durante la jornada laboral. El comerciante le ofreció bebidas alcohólicas, pero la chica solo aceptó un vaso de agua y luego de tomarla se sintió mareada. Ella llamó a su madre y le dijo “creo que me drogó”. Le pasó la dirección del local. Cuando llegó la policía, la joven estaba en el fondo del local y el imputado la estaba vistiendo. Luego de ser denunciado por abuso sexual, el ahora detenido negó todo y acusó a su víctima de “mentirosa”.