La Cámara Federal de Rosario confirmó en las últimas horas el procesamiento del diputado provincial Marcos Di Palma por haber provocado, al chocar contra un cable de alta tensión mientras piloteaba una avioneta, un corte de luz que afectó a la localidad bonaerense de Capitán Sarmiento en diciembre de 2017.
Así, Di Palma fue procesado por el delito de interrupción del transporte de energía eléctrica que afectó a Capitán Sarmiento, y se le trabó un embargo de 400 mil pesos.
La Sala A ratificó la resolución dictada en junio de 2019 por el Juzgado Federal N°2 de San Nicolás en la causa en la que interviene el fiscal Matías Di Lello
La decisión judicial confirmatoria, según publicó el Ministerio Público Fiscal, fue firmada por los jueces José Guillermo Toledo y Aníbal Pineda en noviembre y notificada en las últimas horas en la fiscalía federal nicoleña, que participa en la etapa de instrucción.
Con está decisión, el tribunal revisor rechazó los argumentos de la defensa contra la calificación legal en la que se encuadró la conducta del ex piloto de TC, prevista en el artículo 196 del Código Penal, y la valoración de la prueba reunida en la causa
La causa se inició a raíz de la denuncia que formuló un empleado de la empresa de Transporte de Energías de Buenos Aires ante la Comisaría de Arrecifes, al norte de la provincia de Buenos Aires.
El denunciante contó que el 4 de diciembre de 2017 recibió un llamado telefónico del Centro Operativo con base en Ezeiza haciéndole saber que toda la localidad de Capitán Sarmiento se había quedado sin luz debido a una falla en el kilómetro 178.5 de la Ruta 8.
En ese momento, personal especializado de la Policía de la provincia de Buenos Aires constató que una avioneta que volaba de la localidad de Arrecifes a Sarmiento pasó por arriba del puente del Río Arrecifes y colisionó con uno de los tres cables de alta tensión, lo que produjo su rotura y la caída al piso de parte de la aeronave.
La aeronave Cessna 182J con matrícula LV-IPT que intentaba aterrizar a la vera de la ruta nacional 8 --entre las localidades de Arrecifes y Capitán Sarmiento--, era conducida por Di Palma.
En el fallo de la Cámara, se indicó que "se puede inferir que Di Palma no podía desconocer dos hechos fundamentales, los cuales son que la avioneta que piloteaba no poseía la rehabilitación siendo su directa consecuencia que ésta no era apta para volar, a lo que se suma su falta de habilitación como piloto".
Y agregaron: "en conclusión, era su deber saber que no podía pilotear ni usar la aeronave en cuestión por no encontrarse ésta, así como el nombrado en calidad de piloto, en las debidas condiciones conforme a la normativa vigente en materia de aviación".
Ese esa misma línea se había pronunciado el fiscal Di Lello, quien había explicado que al momento de los hechos el imputado carecía de licencia actualizada y de apto psicofísico para manejar la aeronave, y que la avioneta tampoco contaba con el mantenimiento legalmente establecido, por lo que no se encontraba apta para volar.
Según consta en la causa, la última rehabilitación de la aeronave fue otorgada el 22 de julio de 2010 y había vencido en 2011.