El ex subsecretario de Obras Públicas de la Municipalidad de Salta, Francisco Agolio, estuvo sometido a dos sumarios administrativos por parte del Tribunal de Cuentas Muncipal (TCM) por irregularidades en los procesos de control de avance de obras adjudicadas y el pago por estos servicios. En ambos acordó el pago de multas en cuotas. Además, se le instruye un tercer sumario, por fallas similares en el caso de otra contratación.
Agolio fue funcionario municipal durante la intendencia del actual gobernador Gustavo Sáenz. Actualmente, es el ex funcionario municipal es el jefe de Vialidad Nacional en la provincia.
Salta/12 informó en su edición del 8 de febrero que el Tribunal de Cuentas Municipal había sobreseído en diciembre último a Agolio, "tras un sumario tramitado por 13 meses, por irregularidades en la contratación directa de una obra, que se licitó, se adjudicó y pagó en tiempo récord, entre noviembre de 2017 y diciembre de 2018, que tuvo en su momento ribetes de escándalo”.
Este, sin embargo, no es el único sumario contra el ex funcionario municipal, ni el único plan en cuotas que usa para pagar sus “faltas”. La resolución 6168, también del 20 de noviembre del año pasado, lo sobreseyó en el sumario iniciado por irregularidades en la contratación directa de la obra de provisión e instalación de 689 luminarias para las zonas sur y oeste de la ciudad de Salta.
Igual que en el caso anterior, las irregularidades detectadas indican que el entonces subsecretario de Obras Púbicas emitió el 21 de julio de 2017 una orden de servicio al día siguiente de inicio de la obra, constando acopio y ejecución del 60%, cuando el pliego de bases y condiciones no establece en ninguna de sus partes el reconocimiento por acopio de materiales, menos aún la exorbitancia de un 60%.
A los tres días, 24 de julio, emitió el certificado parcial de obra N° 1, por $1.625.933,83, equivalente al 60% del monto total contratado, y no se descontó el 5% correspondiente al Fondo de Reparos; teniendo en cuenta que el 4 de agosto de 2017 se emitió el Certificado Final de Obra.
El Tribunal de Cuentas Municipal consignó sobre este trámite: “Se observa que el obrar inconsulto del por entonces subsecretario de Obras Públicas de disponer de fondos públicos en beneficio de la contratista sin que esté autorizado para ello por la norma de la Contratación, es decir los Pliegos tanto de Condiciones Generales como Particulares, ha llevado a que la Comuna se vea privada de tal bien sin obtener frente a ese concreto desprendimiento contraprestación o beneficio alguno.”
Dice después en uno de los considerandos que el 20 de noviembre de 2020 Agolio "compareció, en forma espontánea, por ante Secretaría de Actuación y manifestó su intención de concluir con la sustanciación del presente sumario, y sin reconocer hechos ni derechos, ofreció abonar el monto del supuesto cargo que se le pudiera atribuir”.
El TCM concluyó el sumario, sobreseyó a Agolio y aceptó el pago de $48.778,01 en 6 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con vencimiento la primera de ellas el 10 de diciembre de 2020.
Más obras certificadas que no se hicieron
El ex subsecretario de Obras Públicas deberá responder además a la instrucción de nuevo sumario. Esta vez, el Tribunal de Cuentas investigó la resolución N° 2040/19 de la Secretaría de Hacienda Municipal, del 10 de setiembre de 2019, por la que se aprobó el proceso selectivo y se adjudicó la contratación directa N° 1907/19 a la firma Ariel Eduardo Arenas, por la suma de $ 2.688.364,35, por trabajos de mejora en una plaza, tareas que fueron certificadas, pero no todos los trabajos se hicieron.
"En lo que concierne a la ejecución de los trabajos contratados no se habría cumplido con lo especificado en la memoria técnica, parte integrante de los pliegos de bases y condiciones de la obra, en cuanto a lugares y tareas allí indicadas”, informó el área de auditoría de obras públicas del TCM.
Y detalló cada uno de los ítems e indica que “existiría una posible falta de ejecución en los siguientes ítems: "5- Playón Deportivo", donde se iban a hacer arreglos, con "un porcentaje de incidencia del 4,96 % total de la obra, con un costo de dicho ítem de $133.400,18"; también se iba iba a poner pintura látex blanca para línea de cancha, "con un porcentaje de incidencia del 2% total de la obra, con un costo de dicho ítem de $53.766,81". Deb+ia hacerse un "Lijado y pintura con esmalte sintético para elementos metálicos del playón (jirafas, arcos, estructuras de parapelota, cerramientos y otros), con un porcentaje de incidencia del 3,01% total de la obra, con un costo de dicho ítem de $80.981,95".
En el "Ítem 6- Instalación Eléctrica", se habían la "colocación de brazo y luminaria de alumbrado público de plazas, "con un porcentaje de incidencia del 1,21% total de la obra, con un costo de dicho ítem de $32.457,88". En el "Ítem 8- Varios", se prevía la "Plantación de árbol con tutor (provisión del árbol por parte de la municipalidad), con un porcentaje de incidencia del 0,94% total de la obra, con un costo de dicho ítem de $25.210,20". Otro servicio previsto en este ítem era el "Retiro y reposición de alambre romboidal, con un porcentaje de incidencia del 4,96% total de la obra, con un costo de dicho ítem de $57.310,45".
La auditoría señaló el "total de posible daño patrimonial" era de un 14,25%, "con un costo total de $383.127,47", que actualizado a mayo de 2020, tomando como referencia el índice del Costo de la Construcción del INDEC, "sería de $539.443,48".
La auditoría señaló también a "los presuntos responsables: (...) Francisco Alberto Agolio, quien estaba a cargo al momento de la ejecución de los trabajos de la Subsecretaría de Obras Públicas, y que además ha suscripto las certificaciones a pesar de los trabajos faltantes, y Guillermo Crespo Saravia, que también ha suscripto las certificaciones a pesar de no haberse completado los trabajos”.
Las empresas con las que la Municipalidad contrató en forma directa en 2017 fueron objeto de una investigación de la Justicia Federal, a partir de una denuncia de la AFIP por una asociación ilícita fiscal que tenía por finalidad la evasión tributaria mediante el uso de facturas apócrifas.
Funciones del Tribunal de Cuentas
El Tribunal de Cuentas Municipal de la ciudad de Salta no tiene por norma hacer difusión de las resoluciones que adopta el plenario de vocales. Si bien la información está disponible para quien haga una búsqueda más fina, el TCM no se caracteriza por contar con una política de comunicación que permita conocer su tarea de control y el resultado.
El TCM tiene básicamente las funciones de fiscalizar y de sancionar a los funcionarios que hayan obrado de manera irregular, o que con su proceder negligente hayan causado un daño al erario municipal.
Si bien la iniciación de un sumario no supone culpabilidad del funcionario cuyos procedimientos se investigan y eventualmente esas conductas pueden resultar sobreseídas, no es menos cierto que las actas del plenario de vocales, que son de deliberación y decisión, tienen carácter público.
De hecho, las actas se publican, pero no se difunden y la página web del Tribunal de Cuentas está subsumida en otras solapas de la web municipal, sin la jerarquía que la función de control merece.
El TCM está comprendido en la ordenanza 13.930, que regula el principio de transparencia de la función pública, el derecho de acceso a la información de los órganos de la administración del estado por parte de los ciudadanos, y las excepciones a la publicidad de la información.
La única causal de reserva de información, en el caso del TCM está dado por el artículo 12, apartado 1 de esa ordenanza, respecto de la información que contienen los sumarios, en cuanto dispone que se podrá denegar total o parcialmente el acceso a la información cuando su publicidad, comunicación o conocimiento afecte la prevención de una falta o de un delito.