La provincia de Mendoza adecuó su normativa a la entrada en vigencia de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y dio marcha atrás con la restricción que existía para la compra de misoprostol. "Luego de la sanción de la Ley Nacional 27.610, la Ley Provincial 8116 deviene inaplicable", reconoce la resolución del Ministerio de Salud mendocino publicada en el Boletín oficial.
La decisión administrativa publicada este viernes libera la venta de misoprostol —droga utilizada en el proceso de interrupción voluntaria— ante la "colisión de dos normas" y el reconocimiento de "principio de jerarquía normativa", respecto de la norma sancionada en el Congreso nacional el 30 de diciembre de 2020.
"La ley 8.116 ha perdido vigencia", sostiene la resolución ministerial y resalta: "Hacer un análisis contrario implica vulnerar derechos reconocidos por la recientemente sancionada Ley Nacional 27.610".
La Ley IVE, que consagra el derecho al aborto de todas las mujeres y personas con capacidad de gestar, fue promulgada el 14 de enero pasado por el presidente Alberto Fernández. Desde entonces, el 0-800 de Salud Sexual y Reproductiva duplicó los llamados y el Estado nacional duplicó la compra de misoprostol para hacer frente al nuevo abordaje en materia de salud pública.
Tras su promulgación nacional, la norma entró en vigencia el 24 de enero, por lo que los servicios públicos de salud, las obras sociales nacionales y provinciales, las entidades y empresas de medicina prepaga deben incorporar la cobertura integral y gratuita del aborto. El día de su entrada en vigencia, un mensaje del gobierno nacional destacó que el cumplimiento de la normativa en todo el país "no requiere de adhesiones provinciales ni reglamentación para su vigencia".