La Corte Suprema de Justicia, con votos de Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, ordenó revocar una sentencia que había dejado sin efecto el arresto domiciliario del coronel retirado Felipe Alespeiti, condenado por crímenes de lesa humanidad. Los dos jueces designados por Mauricio Macri invocaron las garantías constitucionales para exigirle a la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal una nueva resolución que fundamente mejor el riesgo de fuga del represor. Maqueda pidió que se analice si la detención en una cárcel agravaría su estado de salud y enfatizó que el fallo no implica tolerar ni fomentar que se generalicen las detenciones domiciliarias, que según el último informe de la Procuraduría de Lesa Humanidad benefician al 48 por ciento (518) de los 1044 condenados o procesados con prisión preventiva.

Ex segundo jefe del Regimiento Patricios y jefe de una de las áreas militares en las que se dividió Capital Federal para implementar el terrorismo de Estado, Alespeiti llegó a juicio por 34 secuestros aunque resultó absuelto por el Tribunal Federal 5, que en un contexto signado por la derrota del kirchnerismo en las legislativas de 2009 sólo aceptó condenar a su superior Jorge Olivera Róvere. Tres años después, en 2012, la Cámara de Casación con votos de Mariano Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos revirtió la absolución y lo condenó a 22 años de prisión.

El TOF 5 ordenó entonces una revisación a peritos del Cuerpo Médico Forense y -en fallo dividido- le permitió el arresto hogareño por presentar patologías cardíacas, trastorno senil, pérdida del 70 por ciento de la visión en un ojo, hipoacusia y problemas de locomoción. La decisión fue apelada por el fiscal Ricardo Weschler, a quien la Sala IV de Casación -también por mayoría- le dio la razón al considerar que los achaques no justificaban el beneficio, destacar el riesgo de fuga y la responsabilidad estatal de garantizar el cumplimiento de la pena, que había demorado 36 años.

El caso llegó así a la Corte. Ricardo Lorenzetti y Elena Highton de Nolasco rechazaron de plano el recurso de Alespeiti. Los jueces designados por Macri, en cambio, sacaron a relucir su veta garantista. Rosatti sostuvo que Casación no demostró cómo se conforma el riesgo de fuga de un octogenario con los problemas de salud del militar y agregó que el incumplimiento de los principios de legalidad y debido proceso también acarrea responsabilidad internacional. Rosenkrantz coincidió aunque tomó distancia de las consideraciones de su colega sobre las características distintivas de la dictadura y su “violencia sistemática propia del Terrorismo de Estado, que incluyó a la delación, el secuestro, la tortura, el enclaustramiento en centros clandestinos de detención y el homicidio planificado”. Maqueda apuntó que Casación no ponderó si la detención de Alespeiti en una cárcel podía agravar su salud y era apta para resguardarlo, y aclaró que de ningún modo el fallo implicaba tolerar o fomentar su generalización para garantizar impunidad.