En resoluciones sucesivas la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos aprobó el Estudio de Impacto Ambiental y Social que presentó la empresa Agrotécnica Fueguina para la construcción, operación y cierre del módulo IV del relleno sanitario San Javier (también conocida como trinchera IV) y emitió la Declaración de Impacto Ambiental y Social (DIAS).

Por otra resolución, correlativa a la anterior, ambas del 17 de febrero, el organismo municipal extendió a Agrotécnica Fueguina el Certificado de Aptitud Ambiental Municipal ( CAAM) por el mismo proyecto.

Los dos documentos están previstos la ordenanza municipal que regula el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental y Social en la ciudad de Salta y al que está obligado quien requiera de la Municipalidad autorización, permiso, concesión, habilitación o aprobación, con la finalidad de determinar si la actividad propuesta degradará el ambiente o afectará la calidad de vida de los habitantes.

Desde 2016 y con observación

La puesta en funcionamiento de la trinchera IV del vertedero San Javier viene precedida de una situación controvertida, que se originó en 2016, poco después de que la gestión municipal de Gustavo Sáenz resolviera la prórroga del contrato del servicio de higiene urbana con Agrotécnica Fueguina.

La cláusula 8 del convenio de prórroga, establecía que la contratista debía presentar un proyecto de construcción del módulo San Javier IV y un plan de contingencia y saneamiento del módulo San Javier I.

El proyecto fue presentado y aceptado mediante decreto 859 del 28 de diciembre de 2016.

En abril de 2017 el Tribunal de Cuentas Municipal formuló una observación legal a ese decreto, decisión que el órgano de control emite cuando los decretos del Ejecutivo tienen vicios graves y groseros que implican su nulidad.

El Tribunal de Cuentas explicó entonces en su resolución, que a pesar de todos los pedidos de informes que hizo, no obtuvo del Ejecutivo la información técnica y jurídica con la cual justificara, en el marco de la prórroga del contrato, por qué la Municipalidad tenía la obligación de afrontar los costos de las tareas y materiales para la provisión y colocación de la geomembrana de 2000 micrones para la impermeabilización de la base del nuevo módulo San Javier IV, además de otros gastos, lo cual impondría en aquel momento una erogación de $23.946.952,70; “no se encuentra justificado jurídicamente que corresponda a esta Municipalidad los aportes de las tareas y materiales mencionados”, sostuvo el TCM.

Tras la observación legal, el Ejecutivo encabezado por Gustavo Sáenz como intendente, el 13 de junio de 2017 dejó sin efecto el decreto 859  que había firmado en diciembre de 2016.

Membrana sí, o no

A partir de ahí sobrevino una larga discusión pública sobre la necesidad de contar o no con una geomembrana. En dos de sus discursos de inicio del año legislativo el intendente aludió al tema y anunció que el gobierno nacional lo iba a ayudar con el costo de ese material.

En abril, de 2018 el Tribunal de Cuentas Municipal volvió a hacer una serie de observaciones, pero esta vez para mejorar la redacción del acta acuerdo de 2016 (dictamen 904) y refirió que: “En conclusión: dos cuestiones se presentan vidriosas", por un lado, "la referida al deber de impermeabilizar –hasta ahora a cargo de la Contratista-, impactaría en el equilibrio de las prestaciones, ya que la Municipalidad tendría que costear la compra de la membrana impermeabilizante", y, por el otro, "la responsabilidad por daños ambientales".

Es más, el TCM recordó que "Este tema ya fue referido en la observación legal" al decreto 859, de 2016, "que entendemos no han sido solucionadas”.

Otro decreto más

En agosto de 2019 el Ejecutivo Municipal emitió el decreto 579, por el cual se ratificó el acta entre la Municipalidad y Agrotécnica Fueguina, sobre mejoras del relleno sanitario municipal San Javier etapa IV y sobre el Plan de Contingencia y Saneamiento del Módulo San Javier I.

Allí se consigna, en la clausula segunda, con el subtítulo "Impermeabilización" que: "La Municipalidad realizará la provisión e instalación de 60.000 metros cuadrados de geomembrana de polietileno de alta densidad, con un espesor de 1.500 micrones con el objeto de reformar la impermeabilización del nuevo módulo San Javier IV", mientras que "La empresa Agrotécnica Fueguina será la encargada de supervisar e informar sobre la correcta colocación de la geomembrana, siendo la Municipalidad la responsable d e la certificación final de dicha obra" y una vez obtenido el certificado final de obra, "la Municipalidad entregará la obra y el certificado a la empresa, quien asumirá la responsabilidad del correcto funcionamiento del relleno sanitario San Javier conforme lo establece el pliego de condición es particulares, el contrato y la prórroga".

Ya no es hacienda pública

A mediados de noviembre de 2019, el Tribunal de Cuentas Municipal emitió el acta 1742, en la que refiere las actuaciones realizadas para el análisis de legalidad del decreto 579 de agosto, por el cual se ratificó el acta con Agrotecnica Fueguina sobre la construcción del módulo San Javier IV.

Los vocales del TCM decidieron “devolver las actuaciones al Ejecutivo Municipal por cuanto no corresponde su análisis al no estar referido a la hacienda pública”.

El contrato con Agrotécnica se venció, la geomembrana se licitó dos veces más, no se compró, cambió la gestión, se hizo una nueva licitación del servicio de higiene urbana y volvió ganar Agrotécnica Fueguina.

El anexo del pliego licitatorio, que forma parte del nuevo contrato y está vigente desde octubre del año pasado dice: “En cuanto al Módulo IV, el Contratista deberá adquirir y colocar la membrana geo textil impermeable, pudiendo proponer otras alternativas que permitan obtener los resultados buscados con la membrana (en este caso, la alternativa a la membrana deberá ser propuesta por el Contratista a la Municipalidad y ser aprobada por Decreto). En caso de colocarse la membrana el Contratista deberá proponer las formas, condiciones y trabajos complementarios a la Municipalidad para su aprobación previa".

La duda es por qué las resoluciones de la Secretaría de Ambiente que aprueban los estudios de impacto ambiental para la trinchera IV refieren un decreto de 2019, que ya no tendría vigencia porque es un contrato nuevo.