"No puedo creer cómo dejan libre a un pedófilo", advirtió a Página/12 Mailín Gobbo. El Tribunal Oral en lo Criminal N° 2 de San Martín consideró prescriptos los hechos por los cuales Gobbo denunció por abuso sexual al ex cura Carlos Eduardo José, acusado por el delito de “abuso sexual gravemente ultrajante” agravado por su condición de sacerdote. “Esto no termino acá, vamos a recurrir a Casación y a la Corte Suprema de Justicia”, señaló Héctor Silveira, abogado de la denunciante. Tras la decisión del Tribunal, a cargo de los jueces Raúl Luchelli Ramos, Mónica María Carreira y Carolina Martínez, el ex cura fue absuelto y recuperó su libertad. "Es vergonzoso, una puerta abierta a que sigan abusando", advirtió Silveira.
Mailín Gobbo denunció al ex párroco en 2017. Desde ese año, el acusado se encontraba en el penal de José León Suárez, cumpliendo prisión preventiva por intento de fuga. En la lectura de la sentencia, que se llevó a cabo en los Tribunales de San Martín, estuvieron tanto la denunciante como el imputado. "Todo el sistema judicial tiene que cambiar, ¿por qué tengo que exponerme durante días y horas ante la persona que abusó de mi?", se preguntó Gobbo. Otras tres víctimas del sacerdote, que se presentaron como testigos durante el juicio, aguardan el veredicto de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires para que avancen sus causas, que también fueron declaradas prescriptas en instancias anteriores. “Yo fui abusada por el cura Carlos Eduardo José“, señalan una serie de carteles colgados en la puerta del Juzgado, donde se ven imágenes de las denunciantes cuando eran niñas.
"El proceso es traumático porque te hace revivir la situación. Una para poder seguir viviendo reprime las secuelas y ahora vuelven a aparecer", relató la joven, que ahora tiene 33 años, y agregó que, durante el juicio, "mientras que él podía no responder nada sobre los hechos, si yo decía que no me acordaba de algo sus abogados me acusaban de omitir información". Los hechos por los cuales Gobbo denunció al ex cura sucedieron en 1999 y 2008, primero cuando ella cursaba en el Instituto San José Obrero, en Caseros, donde el ex cura “tenía la autoridad suficiente para sacarla de clases cuando él quisiera”. Como el sacerdote era de confianza para los padres de Mailín, siguió visitando a la familia incluso cuando ella se cambió de colegio, a los 15 años. En la sentencia, el Tribunal separó los hechos según el lugar donde Gobbo denunció que ocurrieron y estableció -por unanimidad- la prescripción de la acción penal para los que la denunciante ubicó en el ámbito escolar y -por mayoría- la absolución "en virtud del beneficio de la duda" para los que la víctima ubicó en su propia casa.
Cuando en 2017 Gobbo se animó a hacer la denuncia formal, el párroco renunció a sus cargos eclesiásticos. Ese año fue encarcelado con una orden de prisión preventiva por permanecer prófugo durante una semana. "La prescripción es un tecnisismo, no significa que el acusado sea inocente", agregó el abogado Alejandro Stipancic, que forma parte de la querella.
Durante el juicio, Gobbo tuvo que enfrentarse a su agresor, e incluso escuchar su declaración. “Es violento cómo el sistema judicial trata a las víctimas”, precisó la denunciante y aseguró que el ex cura "va a seguir abusando". La fiscalía, junto con la querella, presentó 17 testigos, mientras que las declaraciones de la defensa fueron 23, “en su mayoría falsos testimonios, gente que cobra sueldos directamente del Obispado y que tiene una estrecha relación económica con la Iglesia”, advirtió Silveira.
En 2009 Gobbo le contó a su familia sobre los abusos, que recordó durante una sesión de terapia con su psicólogo -el mismo profesional que atiende a sacerdotes del Obispado-, y sus padres fueron a hablar con el ex cura que, según relató la denunciante, se limitó a disculparse. Ese año ella denunció los hechos ante el Obispado de San Martín, que se encargó de trasladar a José a la parroquia San José Obrero de Tandil, a cargo de la diócesis de Azul. “El cura nunca lo negó, los hechos están confirmados. Lo que dice es que ahora no lo pueden penar, como si por confesarse pudiera recibir el perdón”, señaló el abogado.
Según establece la Ley 27.206, conocida como Ley Piazza -sancionada en 2011 y actualizada en 2015-, los tiempos de vigencia en los delitos por abuso sexual infantil empiezan a correr una vez que la víctima radica la denuncia, es decir que hasta tanto no se denuncian, los hechos no prescriben. “Los jueces tenían la oportunidad histórica de hacer un cambio y no lo hicieron", señaló Gobbo y remarcó que "los abusos se van a seguir naturalizando si no se puede confiar en la Justicia". En 2016 la Cámara Federal de Casación Penal emitió un fallo a favor de una joven que en 2012 había denunciado un abuso sexual cometido hacía 17 años. Cuando el Juzgado de la Ciudad de Buenos Aires, donde estaba radicada la causa, absolvió al acusado, el abogado Stipancic recurrió a la Cámara, que revocó la sentencia. "Hay leyes y fallos vigentes que demuestran que este tipo de delitos no pueden prescribir", afirmó Silveira.
Jazmín Detez, quien radicó la denuncia junto a Gobbo, hace tres años, espera que la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dicte el veredicto para que su causa pueda llegar a juicio. En la misma situación están Cecilia Burgos y Karen Maydana, dos ex alumnas del mismo Instituto de Caseros que también denunciaron al ex cura José. “Denunciamos cuando podemos, no cuando queremos”, señala un cartel colgado en la puerta de los Tribunales de San Martín. Sobre las baldosas de la vereda, se lee en aerosol “reforma judicial feminista ya”. En Argentina, según la Red de Sobrevivientes de Abusos Eclesiásticos, hay radicadas más de 70 denuncias por abusos sexuales en la Iglesia. Analía Riverón, integrante de la organización "Yo sí te creo", que lucha contra los abusos sexuales en la infancia, evaluó que el fallo del Tribunal "demuestra la falta de empatía, y cómo los jueces hacen oídos sordos a lo que pasa alrededor". En cuanto a la protección de las víctimas "tenemos leyes muy buenas, pero la Justicia no las respeta", señaló a este diario Riverón.
En sintonía con la querella, la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) N°14, a cargo de los fiscales Ricardo Romero y Paola Campos, había pedido la pena máxima, de 20 años, ya que calificó los delitos cometidos por el ex cura como “abuso sexual gravemente ultrajante” agravado por ser ministro de culto, por tener a cargo la guarda de la niña y por las lesiones en términos de salud mental que le provocó a la víctima.
Informe: Lorena Bermejo