En un fallo con mirada de género, la Justicia Civil y Comercial de Rosario reconoció el valor económico de las tareas domésticas de una mujer, tras terminar la relación de convivencia, de siete años, con un hombre. "La perspectiva de género se evidencia como una herramienta esencial para eliminar desigualdades creadas a partir de condiciones sociales, culturales, políticas, económicas y jurídicas, históricamente creadas a partir del sexo biológico. Constituye una de las medidas especiales destinadas a eliminar la desigualdad", reza un tramo de la resolución. La abogada María Belén Marzetti, que representó a la joven que actualmente tiene 32 años, celebró: "En Rosario es un caso bastante inédito y a nivel nacional no se ven muchos fallos como éste. Me alegra saber que sienta un precedente provincial. Las tareas del hogar empiezan a ser tomadas en cuenta".
La relación de pareja comenzó en 2008. Según relató la abogada de la mujer, en 2010 se mudaron a una casa que compraron, y para la que su clienta hizo aportes, ya que requirió ampliaciones y refacciones. Durante la relación, él trabajaba en una empresa "en relación de dependencia"; mientras que ella realizaba tareas en el negocio de almacén de sus padres, además de dedicarse a las tareas del hogar que compartían. "Eso le permitía a él trabajar con tranquilidad y que al llegar a su casa estuvieran todos los quehaceres hechos, lo que contribuía a su bienestar", destacó la letrada en diálogo este diario. Además, él tenía un auto que pudo cambiar y renovar durante la convivencia.
La relación terminó en 2017 y la mujer intentó un reconocimiento por vía extrajudicial, pero al no tener resultado inició una demanda para que se reconozcan sus aportes y "el trabajo doméstico no remunerado realizado durante la relación". La Justicia tomó en cuenta el valor económico y de tiempo de las tareas de la mujer en el hogar y ordenó que se le reconozca el 25 por ciento del valor de los bienes mencionados.
El fallo del juez Marcelo Quaglia expresa que "no cabe duda alguna que realizó aportes concretos y directos en las tareas de reparación, acondicionamiento y mejora del inmueble, a través de aportes directos efectuados por terceros cuyas tareas sólo pueden justificarse en razón del vínculo existente", dijo en relación a familiares de la mujer que hicieron trabajos en la casa. Además, para el juez, "las tareas vinculadas a los denominados 'quehaceres del hogar', tienen un valor económico, que debe ser reconocido de manera efectiva y palpable", expresa la resolución sobre lo que "objetivamente insume una cantidad de tiempo real que se traduce en valor económico, ya que el tiempo, en una sociedad compleja como la contemporánea, es una de las variables de mayor, sino exclusivo, contenido económico".
"En Rosario es un caso bastante inédito y a nivel nacional no se ven muchos fallos como éste. Me alegra saber que sienta un precedente provincial. Las tareas del hogar empiezan a ser tomadas en cuenta". María Belén Marzetti.
En ese sentido, consideró que "los aportes reseñados aliviaban proporcionalmente al demandado quien podía destinar el dinero a la construcción de la casa --que finalmente quedó en su patrimonio y hoy posee-- y/o a mejorar el vehículo que poseía". Por eso, planteó que "corresponde reconocer jurídicamente el esfuerzo que la demandante puso tanto en construir la casa que sería el hogar que integraba el proyecto de vida en común de la pareja, como los ingresos que dieron alivio al demandado para adquirir, por ejemplo, su rodado. Dicho reconocimiento conlleva evitar el despojo total de los aportes de uno de los miembros, que beneficiaría sin causa al otro".
Si bien el fallo fue apelado, Marzetti celebró "la perspectiva de género que se existió a la hora de resolver" en primera instancia; y agregó: "Hay que reconocer que el Código Civil y Comercial que entró en vigencia en 2015 otorgó herramientas para mermar estas injusticias que se daban en uniones convivenciales". Lo que se tiene en cuenta en este tipo de casos es el "desequilibrio económico" que deja la ruptura de una unión convivencial, por lo que se da la compensación. Además, la abogada destacó la importancia de la Ley Micaela que "establece la capacitación obligatoria de quienes se desempeñan en la función pública", por lo que apuntó a la necesidad de que esta visión aparezca en todas las ramas del derecho, como se viene reclamando desde los feminismos. "Hay que hacer un esfuerzo intelectual y reconocer que existen desigualdades, justificadas durante años en base a factores biológicos", dijo.
En septiembre del año pasado, la Dirección nacional de Economía, Igualdad y género, a cargo de la economista Mercedes D’Alessandro, presentó el cálculo del aporte económico que significan las tareas de cuidado y dio cuenta de que el trabajo doméstico no remunerado representa el 15,9 por ciento del Producto Bruto Interno (PBI), y es el sector de mayor aporte en toda la economía, seguido por la industria (13,2%) y el comercio (13%).