En una audiencia de apelación celebrada ayer ante la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, el fiscal de Transición, Carlos Amad, apeló el sobreseimiento de la ex secretaria penal María Isabel Falú.
El fiscal se opuso al fallo por el que el 13 de noviembre de 2020 el juez federal de Jujuy Esteban Eduardo Hansen sobreseyó a Falú, quien se desempeñaba como secretaria penal del Juzgado Federal 2 de Salta. El magistrado consideró que la acción penal había prescripto (había pasado el tiempo en que se puede perseguir este delito). Pero Amad sostuvo que “no es así” y aseguró que el fallo del juez instructor “no tiene sentido y es totalmente contradictorio en sí mismo”.
Ante los jueces Alejandro Augusto Castellanos y Guillermo Elías y la jueza Mariana Inés Catalano, el fiscal recordó que el 14 de mayo de 2019, el juez Hansen procesó a la ex funcionaria y luego, tras un planteo de la defensa, resolvió el sobreseimiento por prescripción de la acción penal.
“Lo hecho por este magistrado no tiene sentido, pues en un momento sostiene que el día es oscuro y luego dice que la noche es clara”, graficó Amad sobre los fallos emitidos en torno a este caso, y no descartó que hubiera cierta “pasividad y picardía” por parte de algunos operadores del sistema.
Asimismo, Amad resaltó la gravedad del hecho recordando que se trata “nada menos que de 44 hechos de malversación de caudales públicos”, por lo que insistió en la necesidad de que la justicia avance sobre este delito de corrupción judicial.
Esta investigación penal se inició el 28 de noviembre de 2012, cuando se advirtió el faltante de distintas sumas de dinero que habían sido secuestradas y estaban en depósito en el Juzgado Federal 2 por su vinculación con causas de narcotráfico, entre otras causas. Entonces se abrió una causa por el delito de “malversación de caudales públicos”.
En el procesamiento del 14 de mayo de 2019, se estableció un faltante total de 121.945 pesos, 8.430 dólares y 140 euros, dinero que desapareció a través de 44 hechos cometidos mediante lo que se conoce como una modalidad de robo “hormiga”, dentro del edificio del juzgado federal.
Error de cálculo
Al referirse a la resolución de sobreseimiento por prescripción de la acción penal, Amad sostuvo que el “cálculo está mal hecho, pues para determinar la prescripción se debe partir del último acto interruptivo. Y si vemos la causa, ese acto sucedió el 23 de marzo de 2015, cuando la ex funcionaria fue cesanteada de su función”. “Ahora si tomamos el máximo de la escala penal del delito imputado", la escala penal por malversación de caudales públicos oscila entre los 2 y 10 años de prisión, "la prescripción podría aplicarse recién en el año 2025”, indicó Amad.
El fiscal pidió que se avance con el proceso penal, pues es “sabido que los secretarios penales tienen a su cuidado los efectos secuestrados, es una carga que muchos hemos tenido y que hemos sufrido”. En cambio, “aquí, sin embargo, se robaron todo, se traicionó la confianza del juez y de todos, mientras que a la responsable de esto ni le importó nada”, expresó el fiscal.
Aseguró también que el delito está ampliamente probado, por lo que corresponde avanzar al juicio. “Debemos ir a juicio oral y público. Han pasado cosas graves en la justicia de Salta, incluso hemos tenido funcionarios judiciales corruptos, pero hemos sabido salir adelante y ser ejemplo al momento de limpiar nuestra casa”, señaló.
Para el fiscal, estos “actos de corrupción” sobre bienes del Estado Nacional son graves, razón por la cual “no se puede desconocer” la necesidad de actuar acorde a derecho.
El defensor de la ex secretaria, Alfredo Falú, rechazó los argumentos de la fiscalía señalando que no hay posibilidad legal de volver hacia atrás, pues el sobreseimiento es ya “cosa juzgada”. Además, negó que su defendida sea responsable de los hechos de corrupción aludidos por la fiscalía, y destacó en ese sentido que los fallos anteriores sólo refieren que hubo “negligencia y descuido”, pero no por parte María Isabel Falú.
El defensor también rechazó cualquier acto doloso y reiteró que debe dictarse el sobreseimiento definitivo de la ex secretaria penal.
El fiscal respondió rechazando que el sobreseimiento sea cosa juzgada: “Es inentendible, pues de tratarse de cosa juzgada, no habría oportunidad de hacer ningún planteo, pero, sin embargo, la defensa lo hace”, sostuvo y agregó que “la condición de cosa juzgada valdría si es que el fallo sobre el cual se discute estuviera firme”.