En abril próximo se aplicará un aumento del 10% para el personal doméstico que se encuentra dentro del régimen de trabajo en casas particulares. De este modo, se completa el tercer tramo del aumento del 28% en tres partes fijado el año pasado, que estaba previsto para los meses de diciembre, febrero y abril.
El próximo incremento de abril es de aplicación inmediata para quienes pagan en forma semanal, por lo que corresponde a los pagos que se realicen en ese mes. En tanto, los empleadores que pagan en forma mensual tendrán que aplicar el último ajuste a partir de mayo.
Según la Unión Personal de Auxiliar de Casas Particulares (Upacp), la escala salarial quedará con los siguientes aumentos, que dependen de la categoría, modalidad y horas trabajadas.
Supervisor/a
Es la persona encargada de la coordinación y control de las tareas que realizan quienes están a su cargo.
- Hora con retiro: $223,50
- Hora sin retiro: $244,50
- Mensual con retiro: $27.928
- Mensual sin retiro: $31.108,50
Personal doméstico para tareas específicas
Es el personal contratado para realizar tareas puntuales y que posee el conocimiento adecuado para llevarlas a cabo.
- Hora con retiro: $ 211,50
- Hora sin retiro: $ 232,00
- Mensual con retiro: $ 25.946,50
- Mensual sin retiro: $ 28.883,00
Caseros/as
Incluye a las personas que se dedican al cuidado de una vivienda y que a su vez viven en la misma.
- Hora: $ 183,50
- Mensual: $ 23.337,00
Asistencia y cuidado de personas
Se trata del personal que realiza la asistencia y cuidado de otras personas, pero que no llevan a cabo un tratamiento terapéutico.
- Hora con retiro: $ 183,50
- Hora sin retiro: $ 206,00
- Mensual con retiro: $ 23.337,00
- Mensual sin retiro: $ 26.007,00
Personal para tareas generales
Son las personas que llevan a cabo las tareas generales del hogar, como la limpieza, lavado de ropa y planchado.
- Hora con retiro: $ 171,00
- Hora sin retiro: $ 183,50
- Mensual con retiro: $ 20.987,00
- Mensual sin retiro: $ 23.337,00
Adicional por zona desfavorable
Finalmente, la Upacp informó que se aplicará un adicional por zona desfavorable equivalente al 25% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías respecto del personal que preste tareas en las provincias de La Pampa, Rio Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.