Con una resolución a favor de Cristina Kirchner, la Corte Suprema de Justicia puso fin a la discusión planteada sobre la solicitud de prueba anticipada en la causa entre la vicepresidenta y el gigante de internet Google por las menciones difamatorias. El máximo tribunal rechazó el recurso de per saltum presentado por la megaempresa en octubre de 2020, en la que requería su intervención para revisar la resolución de una instancia previa.
Tras este fallo, Google deberá entregar finalmente todos los datos asociados al nombre de Cristina Kirchner desde el 17 de mayo de 2020 hasta el comienzo del peritaje informático. Las medidas habían sido ordenadas en primera instancia por el juez Javier Pico Terrero, pero Google se había opuesto argumentando que la vicepresidenta no había demostrado como es que la prueba no se podía efectuar tras la promoción de la demanda.
La empresa había alegado también que la resolución del juez Terrero "avanza sobre la propiedad privada y los secretos comerciales de Google, y pone en riesgo el derecho a la privacidad y seguridad de la información los usuarios sin ninguna justificación".
La referencia a la pericia se vincula con la decisión tomada por la Sala II de la Cámara de convalidar el fallo de primera instancia para que se realice un peritaje “informático”, como “prueba anticipada” en la demanda de “medidas preliminares” presentada por la expresidenta contra la empresa.
Cuando rechazó el recurso contra esa decisión, la Sala II de la Cámara, integrada por Silverio Gusman, Eduardo Gottardi y Ricardo Recondo, recordó que, según el artículo 327 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación “la resolución que analiza la procedencia de una medida preparatoria sólo es apelable cuando es denegada”.
La Corte ratificó ahora la resolución por considerar que el recurso extraordinario presentado "no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal”. El fallo por unanimidad contó con la firma de todos sus jueces.
La solicitud de Google había llegado luego de que el máximo tribunal aceptara el per saltum presentado por los jueces nombrados a dedo durante el macrismo. De hecho, al presentar el recurso, la empresa había invocado precisamente como antecedente la presentación realizada por los jueces Pablo Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Germán Castelli.
"El per saltum es un recurso por salto de instancia, es decir que se otorga frente a hechos de gravedad institucional. Por definición es un recurso sumamente excepcionalísimo. En este caso la Cámara ya se ha expedido, ha sido sumamente clara. Google repite los argumentos que ya se han desestimado", había dicho en ese momento el abogado de Cristina Kirchner, Luis Goldin, en declaraciones a la prensa.
Cristina Kirchner presentó una denuncia contra la compañía a principios de agosto pasado, por haber aparecido mencionada en su buscador como "ladrona de la Nación Argentina". La vicepresidenta demandó a Google porque se había sentido difamada cuando en el sitio reemplazaron su cargo actual por la ofensa, lo que, replicado por otros buscadores y medios le generaba un daño “incalculable”.
"Cuando las mentiras y difamaciones se disparan desde plataformas masivas, su circulación no tiene límites, no se puede detener y el daño que ocasionan a los difamados pareciera ser incalculable", había advertido la vicepresidenta. "Por eso, la acción judicial también pretende plantear una cuestión compleja y profunda, propia de los tiempos que corren: ¿Existe algún tipo de defensa para las personas que resultan víctimas de este tipo de acciones perpetradas por un gigante informático como Google?", se preguntaba.
Al pedir la prueba anticipada, en agosto de 2020, el abogado Carlos Berardi sostuvo que Google "publicó en su plataforma y bajo su responsabilidad información falaz y agraviante” sobre Fernández de Kirchner, “mancillando su nombre, imagen y honor".