El gobierno publicó este viernes la disposición 4/2021 con los detalles del nuevo esquema que exige a las empresas de consumo masivo, junto con otros rubros como telefonía móvil e insumos de la construcción, el suministro de información vinculada a precios y niveles de producción. Entre otras cosas, la norma define qué sectores quedaron incluidos en el Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica (SIPRE) de la Secretaría de Comercio y establece el proceso de carga de datos que las firmas tendrán que respetar. En esos rubros, las empresas de insumos como bienes finales, en los segmentos de producción, distribución y comercialización “deberán informar los precios, cantidades producidas y/o vendidas y stock disponible de la totalidad de sus productos”, confirmó el gobierno.
La medida se inserta en un contexto complicado en materia inflacionaria. En el primer bimestre, la suba de precios acumuló un 7,8 por ciento. Para alcanzar la meta anual que se puso el ministro de Economía, Martín Guzmán, del 29 por ciento, la inflación mensual de aquí en más debería ser menor al 1,9 por ciento. De los últimos doce meses, sólo en tres ocasiones la suba de los precios fue igual o menor a 1,9: en abril, mayo y en julio, cuando buena parte de la economía estaba cerrada a causa del confinamiento masivo.
Pero además, el más estricto control de precios y cantidades aparece de cara a un posible endurecimiento de las medidas de aislamiento para enfrentar una nueva ola de contagios que aparecerá a medida que se acerque el invierno. El régimen informativo sólo alcanza a las grandes empresas, que según el gobierno corresponden al segmento de facturación superior a los 965 millones de pesos para el sector de la construcción, 2602 millones para el comercio y 2540 millones de pesos para la actividad industrial.
¿Qué información?
La disposición publicada en el Boletín Oficial detalla que las empresas deberán completar los siguientes campos a través de una aplicación web: tipo de producto, marca, presentación modelo, unidad de medida de presentación, precio unitario lista sin IVA sin bonificaciones, precio unitario con IVA sin bonificaciones, cantidades vendidas, stock disponible y precio unitario con IVA con bonificaciones.
“Las empresas deberán informar mensualmente bajo declaración jurada los precios de venta vigentes y cantidades vendidas de los productos de los rubros de alimentos, bebidas, perfumería, limpieza e higiene personal, insumos de uso difundido, electrodomésticos, muebles y alimentos para animales”, definió el gobierno. La primera presentación deberá realizarse entre el día 1 al 10 de abril y deberá contener la información correspondiente a los precios, cantidades y stock de enero, febrero y marzo. Luego de esta primera presentación, la información brindada será únicamente la del mes inmediato anterior.
Según la argumentación oficial, el “Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica” (SIPRE) va a permitir “detectar desequilibrios de precios entre los eslabones de una cadena de valor, conductas especulativas ligadas a incrementos injustificados de precios, dificultades de aprovisionamiento de insumos y/o de productos finales en algún eslabón de la cadena y cambios en los hábitos de consumo. Además, “posibilitará avanzar y consolidar compromisos sectoriales de precios y abastecimiento”.
Antecedentes
El SIPRE encuentra un antecedente inmediato en el régimen informativo puesto en marcha en marzo de 2014 por el entonces secretario de Comercio Interior, Augusto Costa, que buscaba mediante esa herramienta acceder a un conocimiento constante y actualizado de bienes en sus distintas etapas de producción, distribución y comercialización.
Aquel esquema fue desarmado por el gobierno de Mauricio Macri en los primeros meses de gestión. En cambio, se lanzó la plataforma online SEPA (Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos), mediante la cual los supermercados debían informar precios de productos de consumo masivo. En la norma oficial que reglamenta el SIPRE, el gobierno considera que se trata de "una ampliación del SEPA, creado en el año 2016 y que ha constituido una herramienta de monitoreo fundamental para las y los consumidores, así como también para el Estado Nacional en sus distintos niveles. De aquí que las comercializadoras que reportan dentro del SEPA deberán remitir solo la información relativa a cantidades y stock disponible".