No hay conductas buenas o malas en sí, en cualquier circunstancia y contexto. Algo tan peligroso y negativo como disparar un arma de fuego, puede ser positivo si se lo hace como práctica de un deporte o si se trata de un arma cargada con balas de fogueo en una representación teatral o en una filmación. Algo tan inofensivo como jugar al “yo-yo” puede ser criminal si se lo hace junto al tío rico al que se va a heredar, mientras éste sufre un infarto que necesita inmediata atención médica. Como se ve, todo depende del contexto.
Se pregunta si la conducta de jueces visitando al presidente de la República es buena o mala. En sí, como toda conducta, será buena o mala según el contexto. Fuera de contexto cada quien, juez o ciudadano, tiene amigos, hace amigos y puede hablar, visitar o reunirse con quien quiera.
El problema, como siempre es el contexto: en este caso las conductas coinciden con decisiones de jueces que fueron, por primera vez en gobiernos constitucionales a lo largo de toda nuestra historia, autores de decisiones y sentencias claramente persecutorias de opositores políticos al “visitado”, que se tradujeron en prisiones arbitrarias, fundadas en consideraciones al margen del derecho y hasta con coincidencia de fechas.
Recuerdo que “Clarín” muchas veces hizo públicas como desacreditantes fotos con Amado Boudou en mi casa. Al margen de que más le hubiese gustado verme fotografiado junto al “juez” Moro, se pasó por alto que ni al día siguiente ni nunca decidí ni confirmé ni lo hubiese hecho la detención de Macri disfrazado con chalecos antibalas ni de Bullrich en camisón ante las cámaras de televisión, ni de ningún otro político ni nadie me puede señalar como perseguidor de nadie, lo que incluso le consta a algunos personajes cercanos al ulterior régimen macrista y al propio diario “La Nación”, pese a que llevó una campaña contra mi propuesta como juez de la Corte y a que lo considero la tribuna del escarnio gorila y vendepatria argentino.
Si voté por la constitucionalidad de la ley de medios, lo hice por la total convicción de que no es compatible el monopolio de esa mentirosa corporación con cualquier forma de democracia plural, lo que sigo sosteniendo y ninguna voz democrática puede desmentir, y nadie amigo o no amigo, me convencería de lo contrario. Reafirmo el convencimiento de que no tendremos democracia plural en nuestro país mientras haya un monopolio de creación de realidad que haga las veces de versión folklórica del “Völkischer Beobachter” o del “Pravda”.
Es obvio que, si prescindiésemos del contexto, cada ciudadano puede hablar con quien quiera, pero en el contexto de procesos nulos por gravísimas irregularidades y todos dirigidos contra opositores, con detenciones y prisiones que no sólo rompen con el derecho, sino incluso con la ética más elemental y hasta con la piedad humana, impidiendo tratamientos para evitar consecuencias letales o asistir a familiares, por no contar con la grabación de las entrevistas de presos con los abogados y la amenaza a “arrepentidos”, todo en contubernios mafiosos verdaderamente vergonzosos, indignos para cualquier abogado –no ya juez- que haya salido de una universidad con ese título, la conducta deja de ser inofensiva y banal.
El argumento de la inofensividad fuera de contexto no es nuevo y se ha usado en casos mucho más graves. Eichmann decía que sólo se limitaba a programar trenes, lo cual, fuera del contexto en que lo hizo, era por completo inocente, pero en el contexto era genocida. Y por cierto, incluso fuera de contexto resulta más inocuo programar trenes que firmar sentencias, que siempre es más peligroso.
No podemos dejar de tomar en consideración que el contexto de las visitas es particularmente aberrante, porque si alguna vez había fallado nuestra justicia en tiempos constitucionales, puede haber sido por la impunidad de alguien, lo que no es bueno, por cierto, pero nunca lo había hecho para llevar a un opositor a la cárcel, al menos en forma sistemática, o sea que esto es configurador de un nuevo y más perverso contexto. Y que los jueces que firmaban o confirmaban esas sentencias fuesen a visitar al presidente en esas circunstancias y con coincidencia de fechas es el problema: ese es el contexto sin precedentes en toda la historia de nuestra justicia en tiempos de gobiernos constitucionales.
Desde el punto de vista legal –no sé si político concreto- creo que lo que corresponde es un “jury” y ver la eventual responsabilidad penal por el artículo 269 del código penal en los casos que corresponda, porque si bien todos son configuradores de mala conducta judicial, no en todos los casos se dan los extremos de ese tipo penal.