Durante el último 8M, en el marco de las movilizaciones que tuvieron lugar en todo el territorio argentino con motivo del Día Internacional de la Mujer Trabajadora y el Paro Internacional de Mujeres, una de las principales demandas fue la “reforma judicial feminista”. El problema del acceso a la Justicia y la transversalidad de la mirada feminista en el Estado, es parte del debate cotidiano de quienes trabajamos con la agenda de derechos de mujeres y disidencias.
Esto nos lleva a pensar: ¿Cuáles son los sentidos que se ponen en tensión cuando se discute la “reforma judicial feminista”? ¿Cuáles son los contenidos que debe tener esta transformación de la Justicia para ser considerada feminista? ¿Cómo transversalizar la perspectiva de género en una institución históricamente dominada por varones? ¿Cómo reinterpretar normas y discursos jurídicos androcéntricos cuando se hallan enquistados en los tribunales de manera tal que parecen ser parte de la esencia de los mismos? ¿Cómo repensar las prácticas judiciales machistas que se repiten como si de conductas mecánicas se tratase, aun cuando son discriminatorias y/o violentan a mujeres y diversidades?
Si la idea de “justicia” fue pensada por varones -cisgénero, blancos, burgueses y heterosexuales- y el “sistema judicial” también fue diseñado por ellos para resolver aquellos conflictos que los tenían como sus protagonistas, ¿por qué pensar en “reformar” la Justicia y no en “crear” nuevos modos de resolver los conflictos humanos en términos menos violentos que la propuesta diseñada por los varones? ¿Cuál es la idea de “justicia” para los feminismos y cómo queremos abordar y resolver las “injusticias”?
Desde los feminismos podemos poner en debate los sentidos que se encuentran en pugna en este reclamo, desafiar los límites de aquellas propuestas normativas que se presentan en nuestro nombre, y ser protagonistas en la definición de los contenidos y las implicancias de una justicia con perspectiva de género.
Mientras damos esos debates, exigimos no desconocer que nuestro país cuenta con normativa específica en materia de derechos de las mujeres desde hace largas décadas, que obliga a actorxs judiciales a investigar y resolver con perspectiva de género. Un aspecto central para transformar las instituciones y sus prácticas, son las instancias de formación sobre género y violencias en el marco de la Ley Micaela (Ley N° 27.499). Esta herramienta constituye una real oportunidad para revisar críticamente lo instituído, si se toma con la seriedad que reviste. Avanzar en su plena implementación, de manera profunda en los tres poderes del Estado, debe ocupar una centralidad en la agenda de lxs decisores públicxs, tarea que las Universidades podemos potenciar.
Transversalizar la
perspectiva de género en el campo de la Justicia implica identificar y derribar
todos aquellos elementos que puedan ser un obstáculo en materia de acceso a la Justicia por parte de mujeres y diversidades. Urge desandar el camino revictimizante que las sobrevivientes de delitos de género sufren cuando buscan reparación y justicia. Este maltrato es violencia institucional, expulsa a las mujeres en situaciones de violencia de género de los tribunales, las aleja de otras áreas estatales en las cuales acceder a políticas sociales, y las condena a sostener vidas colmadas de violencias. El traslado a tribunales ubicados usualmente en una zona céntrica puede ser imposible para una mujer que vive en un barrio popular y que es la única responsable del cuidado de sus hijxs; por lo que la descentralización de la Justicia resulta relevante para asegurar el acceso a la misma por parte de la toda la ciudadanía en términos equitativos. El lenguaje encriptado que utilizan lxs operadorxs jurídicxs es otro aspecto que obtura el acceso a la Justicia, al desconocer el alcance de conceptos técnico-jurídicos que tienen un impacto directo e inmediato sobre las vidas de las mujeres. Una Justicia con perspectiva de género debe adoptar un lenguaje jurídico accesible e inclusivo.
Para repensar la Justicia en clave feminista, es central poner en valor las estrategias que se vienen dando las organizaciones sociales y las redes de profesionales feministas para acompañar a aquellas mujeres que atraviesan situaciones de violencias por motivos de género, así como las prácticas contrahegemónicas de trabajadorxs judiciales que pugnan en su labor cotidiana por desterrar lógicas misóginas. Sin recuperar esos saberes, hay serios riesgos de caer en consignismos vacíos y reproducir las metodologías que objetamos.
Ludmila Azcue es investigadora feminista. Secretaria de Extensión. Facultad Cs. Salud y Trabajo Social. Universidad Nacional de Mar del Plata.
Sofía Ardusso es representante de la Universidad Nacional de Mar del Plata ante la Red Universitaria de Género (RUGE-CIN).