Dos jueces antiderechos inauguraron el flamante Registro Público de magistrados y magistradas denunciados por situaciones vinculadas a violencia de género creado el 8 de marzo por el Consejo de la Magistratura de la Nación. Se trata de Javier Anzoátegui y José María Rizzi, integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal N° 8, quienes denunciaron a funcionarios y organismos que garantizaron la atención de una interrupción legal del embarazo (ILE) a una niña abusada sexualmente y llamaron a los médicos que la atendieron “sicarios” y “asesinos a sueldo”. Los dos jueces se pronunciaron así en un fallo donde el hermanastro de la víctima fue condenado a 35 años por homicidio simple en concurso real con aquellos abusos. Es decir, la ILE no era tema del debate oral que llevaron adelante. Incluso, llegaron a decir en la sentencia que la niña había cometido un delito más grave que su hermanastro. Ambos jueces siguen en sus cargos. Este miércoles se sumó un nuevo pedido de jury en su contra “por mal desempeño”. Lo presentó ante el Consejo de la Magistratura la defensora general de la Nación, Stella Maris Martínez. “No pueden seguir siendo jueces”, señaló Martínez a Página/12. Y consideró que deberían ya haber sido, al menos, suspendidos.
“Tengo 45 años en la Justicia. Nunca vi un caso como este de manifiesto desconocimiento del Derecho, de inobservancia de normas procesales y de la Constitución Nacional y de desprecio a una víctima de abuso sexual. Llamarla asesina como hicieron estos dos jueces no lo he visto nunca”, destacó Martínez en diálogo con este diario. Su denuncia y pedido de remoción de Rizzi y Anzoátegui se suma al que presentaron la ONG Mujeres x Mujeres, de Tucumán, y la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, entre otros organismos. Por esas denuncias los incluyeron en el nuevo Registro Público.
En el Consejo de la Magistratura de la Nación ya se abrió un expediente contra los dos jueces para determinar si se les aplica una sanción o se abre el procedimiento de juicio político. Lo lleva adelante el consejero Carlos Matterson, representante de los abogados de la matrícula del interior del país. Entre otras medidas, se solicitó información a distintos organismos para saber si realizaron la capacitación obligatoria dispuesta por la Ley Micaela.
“Se burlaron de la Corte Suprema”
Es la primera vez que Martínez presenta un pedido de jury contra magistrados. A su criterio, debería ir más rápido el trámite en el Consejo de la Magistratura. “Los jueces pueden hablar, pueden escribir un libro, pero no pueden usar en un juicio sus creencias personales. Hablar sobre el aborto legal de una víctima de abuso sexual en un juicio que nada tenía que ver con eso es abuso de autoridad. Además, se burlaron de la Corte Suprema, que en el fallo FAL confirmó la constitucionalidad de los abortos no punibles”, dijo Martínez a este diario.
Rizzi y Anzoátegui firmaron en setiembre un fallo en el que, luego de condenar al hermanastro de la niña por homicidio de un hombre y el abuso sexual de ella, apuntaron hacia la pequeña, que a los 14 años había interrumpido legalmente un embarazo provocado por el abuso intrafamiliar. Para la defensora general, incurrieron en “una práctica de revictimización y discriminación, constitutiva de un trato cruel, inhumano y degradante”.
Durante el juicio oral llegaron a exhibirle a la madre de la niña --testigo en el juicio-- una foto del feto que se había usado para confirmar el ADN y probar el abuso del hermanastro.
“En lugar de ceñir el objeto del proceso a la investigación del abuso sexual --afirmó Martínez en su denuncia--, los jueces convirtieron el caso en una oportunidad para investigar penalmente la interrupción legal de un embarazo, lo que constituye no solo un error jurídico sino también una forma de violencia institucional”.
En el fallo de Anzoátegui llama “sicarios” y “asesinos a sueldo” a quienes garantizaron el aborto legal. Rizzi adhiere a ese voto. “La decisión de Anzoátegui y Rizzi de denunciar la práctica de un aborto legal constituyó una acción de disciplinamiento para las y los profesionales intervinientes con consecuencias claras en la protección del derecho a la salud y a la asistencia legal”, consideró Martínez en su denuncia. La defensora general precisó que la resolución de los magistrados violó el principio de legalidad, de imparcialidad, la libertad de conciencia y de culto, y el derecho a la autonomía personal.
En la sentencia, Rizzi y Anzoátegui llamaron "niña" al producto de la violación. Sostuvieron que “en tanto es factible que la niña que XXX llevaba en su seno haya nacido con vida” pidieron “que se investigue la posible comisión del delito de homicidio en perjuicio de aquella” y si “la citada niña fue eliminada antes de su nacimiento, que se investigue la comisión del delito de homicidio prenatal o aborto”. Pidieron además, que se investigue a los funcionarios de la Defensoría General de la Nación, de los organismos nacionales encargados de la protección de los derechos del niño y de los demás funcionarios públicos que intervinieron”.
El 3 de diciembre la jueza Patricia Guinchandut, titular del juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 62 desestimó la denuncia que se originó a partir del pedido de Rizzi y Anzoátegui “por inexistencia del delito”, luego de que dictaminara en ese sentido el fiscal Augusto Troncoso.