La Cámara de Diputados de Salta decidió por mayoría insistir con el proyecto de Ficha Limpia sancionado por ese cuerpo en noviembre del año pasado y de esta manera desestimó los cambios que realizó el Senado salteño, que lo modificaba por completo.
La iniciativa original, que sintetizaba a su vez cuatro proyectos similares presentados en la Cámara Baja, establece que “no podrán ser candidatos a cargos públicos electivos provinciales y municipales los condenados por sentencia judicial en segunda instancia mientras dure la condena”, y tipificaba una serie de delitos contra la administración pública, de orden económico y financiero o penal.
La titular de la comisión de Legislación general, Socorro Villamayor, explicó que una condena ratificada por un tribunal de alzada constituye el parámetro elegido para fijar el límite, a pesar de que aún le queden instancias de apelación al acusado. Igualmente reconoció que existen algunas incertidumbres, tales como que sucede si un candidato electo es condenado en segunda instancia mientras está cumpliendo su mandato, y señaló que son cosas que se pueden trabajar a futuro.
El texto enviado desde el Senado extiende para los candidatos las prohibiciones constitucionales fijadas en el artículo 125 de la Carta Magna para los legisladores: “No podrán ser candidatos los condenados por sentencia, mientras dure la condena y la mitad más del tiempo de su duración; los fallidos no rehabilitados; los afectados de incapacidad física o moral; ni los deudores morosos del fisco provincial, después de sentencia judicial que los condene.
El texto de ese primer artículo del proyecto del Senado está redactado de idéntica forma al artículo 125 de la Constitución salteña.
El diputado Carlos Zapata graficó la necesidad de legislar sobre el tema en base a dos condenas recientes: la del exconcejal Ariel Flores sentenciado por robo y Tomás Rodríguez por violencia de género. “En ninguno de los dos fallos se hace referencia a una inhabilitación para ejercer cargos”, remarcó.
En tanto Claudio Del Plá, el único que votó en contra, indicó que esta ley es “una lavandina aguada” y que se debe avanzar en la revocatoria de los mandatos, no solo para eventuales casos de corrupción o delito, sino también cuando el candidato que asumió abandone el espacio y se sume a otro lado.
El otro punto que generó polémica es que la Cámara Alta fijó que los partidos políticos, están obligados a elegir bien a sus candidatos y verificar sus antecedentes de conducta, ya que responden “por la solvencia moral y los antecedentes penales o policiales de sus candidatos que resulten electos, aún cuando con posterioridad a la asunción el causante renuncie a esa fuerza política”.
Algunos de los diputados se mostraron de acuerdo en que el primer filtro lo debían constituir los partidos que los postulan como candidatos, pero el procedimiento legislativo no permite realizarle modificaciones a los proyectos que regresan en revisión, por lo que se deben limitar a aprobarlos con los cambios sugeridos por la otra Cámara o a insitir con el original, tal como sucedió en este caso.
Por este motivo Santiago Godoy pronosticó que el proyecto difícilmente prospere, ya que al ser tan diferente lo que proponen los senadores, duda que lo vayan a tratar nuevamente. Si el Senado finalmente decide insistir con sus modificaciones, Diputados tendrá la facultad, cuando retorne otra vez en insistencia, de finalmente aprobar la iniciativa que se originó en ese cuerpo, si consigue el voto afirmativo de las dos terceras partes.