El Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 de Salta condenó a 14 años y 3 meses de prisión al ex concejal de Salvador Mazza, Mauricio Gerónimo, a quien declaró responsable del delito de transporte de estupefacientes agravado por la cantidad de personas intervinientes, como había solicitado el fiscal general, Carlos Amad, del Área de Transición de la Unidad Fiscal Salta.
Antes de que el Tribunal pasara a deliberar, Gerónimo insistió en su inocencia y criticó los testimonios de los gendarmes que participaron en el desbaratamiento del grupo que traficaba 267 kilos de cocaína.
Como suele hacer, el TOF 2, integrado por los jueces Abel Fleming y Domingo Batule, y la jueza Gabriela Catalano, dio a conocer su veredicto y los fundamentos en el mismo acto ayer. Tras escuchar la condena, Gerónimo, que ayer siguió la audiencia por vía remota desde la Unidad Carcelaria N° 7 de Resistencia, en la provincia del Chaco, pidió retirarse aduciendo un malestar de salud y solo su abogado, Lucas Bianco, siguió conectado durante la exposición de los fundamentos.
Al dar a conocer su veredicto, también por vía virtual, los jueces desecharon la figura de “organizador”, planteada por la querella, y coincidieron con la de “coautor” que había planteado el fiscal. La pena impuesta fue levemente menor a la solicitada por la fiscalía, que había requerido 14 años y 8 meses de cárcel.
Los abogados de la querella de la Unidad de Información Financiera (UIF), Miguel Mogrovejo y Javier Jara, consideraron que Gerónima era el “organizador” del transporte de la cocaína que finalmente fue secuestrada el 14 de febrero de 2016 en una investigación dirigida por el fiscal federal Ricardo Rafael Toranzos. La UIF es un organismo nacional que tiene a su cargo el análisis, tratamiento y transmisión de información con el fin de prevenir e impedir el lavado de activos, la financiación del terrorismo y los deltios económico-financieros complejos.
"Robaron 1987 días de mi vida"
Antes de que comenzara la deliberación de los jueces, Gerónimo les agradeció por resguardar su derecho de defensa y si bien reconoció haber cometido muchos errores, aseguró que “no fui parte de ninguna organización criminal”. Y tras tratar de desacreditar los testimonios en su contra, la mayoría de gendarmes, finalizó con la afirmación: "Me robaron 1987 días de mi vida”, el tiempo que lleva detenido.
Gerónimo fue juzgado recién ahora porque estuvo prófugo y recién fue capturado al final de abril de 2019, en Bolivia. Con la sentencia de ayer se avanzó en el juzgamiento de la organización que transportaba esos 267 kilos de droga. Los demás miembros fueron juzgados y condenados en 2018: Sergio Velarde, Alejandro y Rubén Maurín recibieron penas de 14 años de prisión, mientras que José Melgarejo, Rubén Velarde y Francisco Escudero fueron condenados a 12 años y Jesús Gerónimo, hermano del entonces concejal, fue penado a 9 años de cárcel, todos por transporte de estupefacientes agravado.
Además de la pena impuesta de prisión impuesta a Mauricio Gerónimo, ayer el TOF 2 dispuso el decomiso de un camión Mercedes Benz con acoplado, una camioneta Ford Ranger, otra Fiat Fiorino y una tercera Mitsubishi, y un automóvil Toyota Corolla.
La orden de decomiso se extendió a otros elementos, como teléfonos celulares y satelitales, la suma de 521.010 dólares secuestrada a Jesús Gerónimo, el mismo día en que se secuestró la droga.
Ninguna conspiración
La exposición de las razones del fallo de condena empezó por el análisis de un planteo de nulidad de la defensa de Gerónimo, que cuestionó la obtención de los números telefónicos de su cliente, quien era titular de 112 líneas.
Bianco había afirmado en su alegato que que esa información fue requerida sin un mandamiento expreso del juez de instrucción, Julio Bavio. El defensor también había cuestionado un presunto direccionamiento de las pesquisas hacia Gerónimo, y responsabilizó por ello al fiscal Toranzos.
Pero el tribunal rechazó el pedido de nulidad, entendiendo que la obtención de la información de los teléfonos estuvo comprendida en las atribuciones investigativas de la fuerza de seguridad interviniente, en este caso la Unidad Especial de Procedimiento Judiciales de Gendarmería Nacional (UESPROJUD). “No hay actividad prohibida, los investigadores no se ciñen al enunciado especifico de un decreto judicial, a menos que lo requerido pueda rozar el artículo 19 de la Constitución Nacional”, aseguró Fleming.
Respecto a las supuesta conspiración judicial y política en contra de Gerónimo, el tribunal la descartó de plano. “No se advirtió ánimo de perjuicio en ninguno de los testigos. A ello se suma un control judicial intachable al inicio de la causa, la que, vale resaltar, ya fue analizada por los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones, del Tribunal Oral Federal N°1 y la Cámara Federal de Casación Penal, sin que haya ninguna mención a irregularidad alguna en el proceso”, indicó Fleming.
“Hemos hecho un análisis profundo y propio de toda la prueba en el debate, llegando a la misma conclusión de limpieza y regularidad en todo el proceso, incluido desde el inicio de la investigación”, agregó.
Por su parte, Catalano también desechó las acusaciones de que Toranzos y los gendarmes hayan direccionado la investigación hacia Géronimo, y recordó en ese sentido que el nombre del acusado “surgió a medida que los testigos declararon. Su nombre surge de la misma investigación, de la detención de Torres y Torrico (detenidos cuando aterrizaron una avioneta en Joaquín V. González, con droga) a quienes se le secuestró un teléfono satelital, cuya última llamada fue realizada a un teléfono de Gerónimo en Salvador Mazza”, detalló.
Catalano también señaló otras pruebas incriminatorias, entre ellas conexiones con organizaciones de narcotráfico en la zona del departamento Anta. “La acusación contra el fiscal Toranzos" es "realmente absurda no solo porque surge de los testimonios y la ausencia de irregularidades en la investigación, sino también porque la defensa no acreditó ningún elemento probatorio de esta supuesta conspiración contra su defendido”, completó.
El juez Batule resaltó la "transparencia de la investigación" y rechazó el uso del término "direccionamiento" utilizado por la defensa: “Se lo usó de un modo peyorativo y con una finalidad de perjuicio, pues no hemos advertido ninguna irregularidad del fiscal ni del juez y tampoco de los investigadores”, aseguró.
Ya en cuanto al hecho, los jueces validaron los argumentos del fiscal Amad respecto a la participación vital de Gerónimo en el transporte de 267 kilos de cocaína en el camión con acoplado que salió de una finca del departamento de Anta y fue detenido en la ruta nacional 16, a cinco kilómetros de la localidad de Taco Pozo, en la provincia del Chaco, muy cerca del límite con Salta y Santiago del Estero.
La droga estaba en un compartimento de la parte frontal del acoplado. Los jueces coincidieron con la fiscalía en que Gerónimo tenía preeminencia sobre el resto de los integrantes de la organización, dado que estaba a cargo de los pagos y tenía autoridad para cancelar la operación.