El Gobierno decidió postergar hasta el 21 de junio la actualización de dos impuestos que impactan en el precio de los combustibles. La nueva suba podía llegar el 21 de abril, de acuerdo al cronograma trimestral de incremento del Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL) y el Impuesto al Dióxido de Carbono (IDC), pero quedó suspendida hasta junio por el decreto 245/2021.
Así evitó el séptimo aumento de combustibles en lo que va de 2021, el último fue del 6 por ciento y ocurrió el sábado pasado.
En lo que va del año, YPF realizó un incremento de precios escalonados que acumulan un incremento total del 27 por ciento, como parte de un plan de inversiones de la empresa de mayoría estatal para incrementar la actividad extractiva en los pozos convencionales y no convencionales para abastecer el mercado interno. El decreto publicado esta mañana en el Boletín Oficial busca morigerar el impacto del aumento de combustibles, tras un primer trimestre con una inflación del 13 por ciento.
Tanto en 2019 como en 2020, la aplicación de esos impuestos había tenido varias suspensiones para contener la suba de precios de combustibles durante el gobierno de Mauricio Macri.
La Casa Rosada justificó volver a prorrogárlos al señalar que "tratándose de impuestos al consumo, y dado que la demanda de los combustibles líquidos es altamente inelástica, las variaciones en los impuestos se trasladan en forma prácticamente directa a los precios finales de los combustibles".
"En línea con las medidas instrumentadas hasta la fecha y con el fin de asegurar una necesaria estabilización y una adecuada evolución de los precios, resulta razonable extender hasta el 21 de junio de 2021 el diferimiento del impacto pendiente de la actualización de los montos de impuesto, correspondiente al cuarto trimestre de 2020", señaló el texto oficial.
¿Cómo se define el incremento por impuesto a los combustibles?
El Poder Ejecutivo recordó que la Ley N° 23.966 estableció montos fijos en pesos por unidades de medida para determinar el impuesto sobre los combustibles líquidos y el impuesto al dióxido de carbono, respectivamente. Los montos fijos deben actualizarse por trimestre calendario sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el INDEC.
Durante el Gobierno de Mauricio Macri, se dispuso que la AFIP actualizara aquellos montos en enero, abril, julio y octubre de cada año, considerando la variación del IPC correspondiente al trimestre calendario que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se efectúe.
Pero durante el año pasado, se comenzaron a diferir los incrementos de los montos de los impuestos para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil. Ya en 2021, conforme a una modificación dispuesta por decreto en marzo, se encuentra postergado el 62 % del incremento derivado de la actualización correspondiente al cuarto trimestre del año 2020, sin que resulte de aplicación para los hechos imponibles que, con relación a esos productos, se perfeccionen hasta el 20 de abril de 2021, inclusive.
El impuesto sobre los combustibles líquidos para el gasoil tiene un monto fijo diferencial cuando se destina al consumo en el área de influencia de las provincias de Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, el partido Carmen de Patagones en la provincia de Buenos Aires y el departamento Malargue en Mendoza.