Al ex agente de Inteligencia del Ejército Carlos Españadero se le complicó la situación en el marco del juicio de lesa humanidad que se le sigue desde diciembre pasado por secuestros. Por pedido del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 6 amplió su imputación al habilitar la incorporación de los casos de les niñes Santucho, que fueron secuestrados en diciembre de 1975, y el de Lucía Graciela Bravo, a quien mantuvo cautiva en una comisaría de Barracas tras la desaparición de su novio Luis Diéguez --hecho por el que Españadero cumple prisión perpetua--. Los jueces también sumaron como delito independiente el abuso deshonesto que María Ofelia Santucho, la única del grupo de hijes y sobrines del dirigente del PRT-ERP secuestrados que integraba la nómina de víctimas desde un principio, sufrió en el centro clandestino de detención Puente 12. Los hechos que posibilitaron la ampliación eran “conocidos” pero recién pudieron ser “ampliados” durante el debate. El próximo viernes, Españadero tendrá la posibilidad de dar explicaciones.
A este segundo debate que revisa su participación en violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura --el primero tuvo lugar en Comodoro Rivadavia en 2014 y revisó solo el secuestro y la desaparición en 1976 de Diéguez, que cumplía el servicio militar obligatorio en la Patagonia--, el ex agente de Inteligencia del Ejército llegó acusado por el secuestro y las torturas sufridas por ocho personas que permanecieron cautivas en Puente 12: Ofelia Máxima Paz de Santucho, María Ofelia Santucho, Ricardo Mateo Landriscini, José Luis Ujhelly, Mariana Méndez, Raúl Gagliardi, María Rosa Navarro y Mario Antonio Gneri. La elevación a juicio oral de esa causas, sorpresivamente, dejó fuera del debate a muchas otras víctimas de los mismos operativos, algunas que sobrevivieron y otras que continúan desaparecidas.
El pedido de la Fiscalía, a cargo en este proceso de María Ángeles Ramos y Esteban Bendersky en calidad de auxiliar, tuvo lugar al cierre de los testimonios que se sucedieron desde enero pasado y se basó en el artículo 381 del Código Procesal Penal. Con el objetivo de “evitar juzgamientos parciales o fraccionados y la producción de una multiplicidad de procesos en el tiempo”, tal artículo permite la ampliación de la acusación “si de las declaraciones del imputado o del debate surgieren hechos que integren el delito continuado atribuido, o circunstancias agravantes de calificación no contenidas en el requerimiento fiscal”. La argumentación y el pedido fueron respaldados por las querellas de la Secretaría de Derechos Humanos y la representada por Pablo Llonto.
En un fallo por mayoría, el TOF 6 habilitó el pedido. La jueza Sabrina Namer y el juez Guillermo Costabel opinaron que los hechos que justifican la ampliación de la acusación solicitada por la Fiscalía no se trata de “hechos nuevos en sentido estricto, sino de hechos conocidos desde la instrucción, pero respecto de los cuales el debate había permitido profundizar ese conocimiento anterior".
Las víctimas
Ocho de los nueve casos de privación ilegal de la libertad cometida por funcionario público agravada por mediar violencia o amenazas en concurso real con tormentos agravados por la condición de perseguido político de las víctimas que la fiscal Ramos solicitó fueran incorporados a la acusación de Españadero son los de les niñes Santucho: hijes y sobrines de dirigentes del PRT-ERP que fueron secuestrados de una casa de la localidad bonaerense de Morón: las víctimas, todes sobrevivientes, son María Susana Santucho, María Silvia Santucho, María Emilia Santucho, Gabriela Inés Santucho, Ana Cristina Santucho, Marcela Eva, Santucho, Mario Antonio Santucho y Esteban Abdón. La mayoría de ellas declaró como testigo en el debate. Sus relatos coincidieron en que una patota acudió a la casa en donde celebraban el cumpleaños de 4 de Abdón, los subieron a autos, los acostaron en el piso, los cubrieron con cobertores de cama, los llevaron a Puente 12 en donde permanecieron un día.
La mayor de ese grupo era María Ofelia, hija de Asdrúbal Santucho y Ofelia Ruiz Paz de Santucho, sobrina de Roberto Santucho, y la única de “les niñes” que integró el juicio desde el cierre de la instrucción. Tenía 15 años. También fue la única de les menores en ser interrogada en Puente 12, lo mismo por lo que pasó su mamá, secuestrada con elles. Durante el testimonio que brindó a principios de febrero pasado ante el TOF, María Ofelia contó que además de golpes, insultos y amenazas, en el centro clandestino sufrió abusos, manoseos y amenazas de violación de parte de las patotas que los mantenían encerrados. Por esa declaración, Ramos solicitó que Españadero fuera acusado de abuso deshonesto.
El caso de Lucía Graciela Bravo
Durante su adolescencia, Lucía Graciela Bravo fue novia de José Luis Rodríguez Diégez, un joven que fue secuestrado en octubre de 1976, mientras cumplía servicio militar obligatorio en la Patagonia, y que permanece desaparecido. Ese mismo mes de ese mismo año, ella también fue víctima del terrorismo de Estado: fue secuestrada al llegar a su casa, en la Ciudad de Buenos Aires, y mantenida encerrada, incomunicada, en la Comisaría 26ª de la Policía Federal, donde pasó 13 días.
Bravo declaró que fue interrogada durante aquellos días por su vínculo con Rodríguez Diéguez. Mencionó que uno de sus interrogadores fue el “Mayor Peña” --uno de los pseudónimos de Españadero--, quien una vez “liberada” la vigiló durante un año. Lo mismo había contado en el marco del juicio por el secuestro y homicidio de Rodríguez Diégez, que culminó en 2014 con la prisión perpetua de Españadero. Entonces, su caso no fue tenido en cuenta.
Tras su testimonio ante el TOF 6, la Fiscalía determinó que debía ser incorporada como víctima en el juicio, a pesar de no haber integrado el grupo de PRT-ERP golpeado en diciembre de 1975. Los jueces Namer y Costabel lo habilitaron.
El viernes próximo, desde las 14, el ex espía tendrá la posibilidad de explicar su comportamiento en estos “nuevos” casos. Las audiencias subsiguientes continuarán con los alegatos de las partes.