El narcotraficante José Miguel Farfán sumó ayer una nueva sentencia en su contra. El Tribunal Oral en lo criminal Federal 2 de Salta lo condenó a 15 años de prisión, tras declararlo coautor del delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes. Es por su participación en el transporte de 411 kilos de cocaína en 2013. La droga había salido de una finca en el sur de Salta y estaba siendo trasladada al sur del país cuando fue secuestrada por Gendarmería Nacional en Santiago del Estero.
Farfán es un viejo conocido de la justicia federal salteña. En 1999 fue condenado por el transporte de 400 kilos de cocaína. En 2003 aprovechó una salida transitoria para fugarse. En 2007 su nombre cobró gran difusión cuando trascendió que el fiscal federal Ricardo Toranzos había iniciado una investigación contra el entonces juez federal José Antonio Solá Torino (f) basándose en escuchas telefónicas en las que se exponía que Farfán le había pagado $15 mil para que levantara un orden de captura.
El 12 de septiembre de 2013 Farfán, que siguió operando en la zona, esquivó por poco la detención. Ese día la Gendarmería secuestró los 411 kilos de cocaína que su organización estaba llevando al sur. Farfán iba adelante y los gendarmes lo perdieron de vista. Como la investigación previa ya lo tenía sindicado como partícipe de esa operación, se dictó la orden de captura internacional. En ese contexto, en 2014 Farfán repitió el truco de buscar un juez amigo, esta vez pagando una coima al entonces juez federal de Orán Raúl Reynoso para que le concediera una exención de prisión.
Tanto Solá Torino como Reynoso fueron juzgados y destituidos a raíz de sus vinculaciones con Farfán, aunque en el caso del segundo esta coima fue apenas uno de los favorecimientos a narcos de parte del ahora ex magistrado.
Finalmente, Farfán fue detenido el 14 de febrero de 2019, en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, por la policía de ese país. Una vez que pudo ser extraditado, fue alojado en el penal de Ezeiza.
Ahora se lo juzgó por el cargamento de 411 kilos de cocaína, por el que ya fueron condenados, en 2018, los otros integrantes de esta organización.
El fiscal general Carlos Amad, del Área de Transición de la Unidad Fiscal federal Salta, había pedido una pena de 18 años de prisión. El Tribunal coincidió con él en la calificación de la acusación, pero consideró que la pena que correspondía era de 15 años.
La pantalla de las fincas
En febrero de 2018 el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 condenó a otros tres integrantes de la organización criminal de la que participaba Farfán. Se los condenó por el secuestro de los 411 kilos y por otro en el que les incautaron 390 kilos de cocaína en la finca El Chaguaral.
El 12 de septiembre de 2013 en el peaje de la localidad de Fernández, en Santiago del Estero, miembros de Gendarmería Nacional detuvieron una camioneta Toyota, conducida por Héctor Segundo, que llevaba en la caja la carga de 411 kilos de cocaína repartida en 12 bolsas de arpillera.
Esa camioneta estaba a nombre de Eduardo Daniel Catán, quien recibió una condena de 17 años de cárcel. Tamnbién fue condenado Genaro Atilio Ortiz, en su caso a la pena de 15 años, y Eliseo Nieves, encargado de la finca de Farfán, fue condenado a 7 años de prisión. Segundo fue condenado, en un juicio anterior, a 11 años de prisión.
La investigación demostró que la organización contaba con múltiples vehículos, comunicaciones satelitales y fincas en las que descendían aeronaves provenientes de Bolivia en pistas clandestinas. Esas cargas eran después trasladadas en camionetas a Buenos Aires usando para ello el sistema de barrido de rutas, usando la tecnología de comunicación que tenía y a través de caminos secundarios.
Esa investigación sumó el secuestro realizado en 2014 en la finca El Chaguaral, con el de 2013 en Santiago del Estero y otro de 2012, en el que se incautaron 356 kilos de cocaína, con los que el total llega a los 1155 kilos.
El fiscal recordó estos casos en su alegato al momento de describir el escenario en el que se concretaron diversas operaciones de narcotráfico, entramados a los cuales apareció asociado el nombre de Farfán.
Estas operaciones tenían como base distintas localidades del departamento Anta, zona donde la sustancia llegaba mediante la modalidad conocida como “bombardeo de droga”, para lo que las organizaciones adquirían campos en la zona bajo la pantalla de actividades agropecuarias.
El fiscal recordó que Catán “aportó los medios económicos y técnicos necesarios para la comisión del ilícito, siendo que, específicamente, aparecía como dueño de los vehículos utilizados por René Héctor Segundo para el transporte de la droga y por José Miguel Farfán para la acción de barrido de ruta, seguridad y protección del transporte que se realizaba”.
La culpa es del encargado
En su alegato el fiscal también desechó los dichos de Farfán, que intentó justificar que hubiera estado prófugo en las malas decisiones de su abogado defensor de entonces, a quien le endilgó la responsabilidad, y también cargó contra los ex jueces que lo beneficiaron, Solá Torino y Reynoso.
Puesto a buscar culpables fuera de él, Farfán también inculpó a Nieves, dijo que estaban peleados por un negocio y por eso lo implicó en este hecho. El fiscal no le creyó, de haber salido bien la operación todos ahora serían grandes amigos, dijo antes de calificar como "desesperados" los intentos de Farfán por desvincularse de Nieves, Catán y Segundo. Y recordó que su presencia en el escenario de los hechos y su relación con aquellas personas ya fue probada en el juicio que terminó con la condena de sus tres cómplices.
El defensor de Farfán, el abogado Mariano Sitelli, había pedido la absolución lisa y llana por considerar que no existían pruebas en contra de su defendido, además descalificó la investigación afirmando que fue guiada por el deseo de ver detenido a su defendido. La defensa también presentó documentos afirmando que la finca donde hubo reuniones previas de la organización no era de Farfán sino de Nieves.
Ayer, antes de que el tribunal integrado por los jueces Abel Fleming y Domingo Batule y la jueza Gabriela Catalano, el fiscal ejerció sostuvo que la presentación de los documentos sobre la finca era solo una maniobra para buscar desvincularse del hecho, cuando en realidad “Nieves no tenía la capacidad económica para semejante operación, sólo hizo de testaferro”.
Sielfe con la droga, no
“Si se busca una selfie de Farfán al lado de la droga, no la vamos a tener, pues sabe muy bien que debe mantenerse lo más lejos posible de la prueba del delito”, graficó el representante del Ministerio Público Fiscal. No obstante, afirmó que durante el debate se dieron a conocer pruebas directas que lo ubicaron al acusado en el lugar del hecho, como los informes de impacto de activación de antenas telefónicas. “Es la tecnología la que lo coloca a Farfán en el lugar del hecho”, afirmó el fiscal, quien también resaltó el secuestro de bolsas en la finca de Farfán, las mismas que se utilizaron para embolsar los paquetes de droga incautados.
Por último, el fiscal tildó de mentiras las justificaciones dadas por Farfán en distintos tramos del debate respecto a algunas pruebas expuestas en su contra, como así también destacó la fuga, pues aseveró que en Bolivia no sólo asumió otra identidad sino también intentaba hacer lo mismo con su rostro.
Bombardeos de droga
Tras dos horas de deliberación, los jueces volvieron dieron a conocer la condena contra Farfán y enseguida explicaron los fundamentos del fallo. Siempre con el presidente, Fleming, como vocero principal, el tribunal realizó primero una referencia al avance del narcotráfico en el sur de la provincia, donde cambió de modalidad con la llegada de los “bombardeos” de la droga por vía aérea, y también por el cambio de rutas de transporte, hacia la región del Litoral.
Los jueces dijeron que Farfán realizó una tarea de “reconocimiento de las rutas y coordinación del transporte, circunstancias en que emitió directivas precisas para la ejecución de la operación. Todo ello se hizo siempre con un gran cuidado, en especial de no tener proximidad con la droga”. Para ello advirtieron la utilización de “modos alternativos y encriptados” de comunicación, pero constantemente con “un rol decisorio” de su parte para con el transporte y el rol de los otros condenados.