Según la información que publica en su página el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), en Catamarca hay 38 comunidades indígenas. En tanto, la cantidad total de personas es de un aproximado de 7000. La mayoría (5026) es Diaguita – Calchaquí. En tanto, también hay mapuches, tobas, kollas, guaraníes y atacamas. De estas personas, el 33,6% vive en la ciudad y el resto en zonas urbanas.
El INAI estableció que hasta el año 2019, sólo 5 comunidades estaban inscriptas en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas: Los Morteritos Las Cuevas; Antofalla; La Angostura; Cerro Pintao – Las Mojarras, e Ingamana. En tanto, 16 comunidades presentaron documentación solicitando su inscripción.
Los reclamos de estas comunidades se han hecho escuchar en diversas oportunidades. Según un relevamiento realizado por el gobierno provincial, en 2019, en relación con el hacinamiento, el 18,2% de los hogares indígenas contienen de 2 a 3 personas por cuarto, frente al promedio provincial del 17,7%. Por su parte, el 5,4% de los hogares indígenas tienen condiciones de hacinamiento crítico (más de 3 personas por cuarto).
En cuanto al acceso a servicios básicos, las condiciones también son diferentes comparadas con el resto de la población: sólo el 83,5% de los hogares de personas indígensa cuenta con red pública de agua potable. El 22% de los hogares utiliza leña o carbón para cocinar. En tanto, el 30% de los hogares indígenas de la provincia de Catamarca son viviendas deficitarias, de las cuales el 15,57% no tiene acceso a energía eléctrica.
Un informe publicado recientemente por la Universidad Nacional de Catamarca, en el que los investigadores analizaron la situación de los pueblos indígenas en contexto de pandemia, concluyó que “se puede ver la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran los pueblos indígenas que están sujetos a problemas estructurales, desprotección legal, y falta de reconocimiento de derechos”. En tanto, los investigadores instan a que “se tomen las medidas necesarias y se conozca la situación en la que se encuentran los pueblos originarios, Catamarca posee más de 30 comunidades indígenas, lo que mucha gente aún lo desconoce”, concluyen.
En el plano internacional existen dos instrumentos específicos protectorios de los derechos colectivos de los pueblos indígenas: El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, adoptado en Ginebra por la Conferencia Internacional del Trabajo en 1989; que parte del reconocimiento de la situación de vulnerabilidad en que se encuentran los pueblos indígenas y tribales de todo el mundo, como consecuencia de la discriminación de la que son objeto, así como las condiciones de trabajo muchas veces cercanas a la explotación, marginalidad y pobreza que sufren.
Además, está la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas (ONU) del año 2007, en la que se proclaman los derechos colectivos e individuales y se llama a mantener y fortalecer sus identidades culturales y enfatizar su derecho a acceder al desarrollo en base a sus necesidades y aspiraciones.
Por otra parte, en 2008 Argentina asumió el compromiso planteado internacionalmente y comenzó con la coordinación de un trabajo conjunto en esta temática, con la Organización Panamericana de la Salud (OPS), UNICEF, el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) y el Centro de Información de Naciones Unidas (CINU).
Proyecto
En la Cámara de Diputados de la provincia se presentó un proyecto de ley que busca establecer un “Programa de Capacitación Obligatoria en Derecho Indígena, y Políticas Antidiscriminatorias en favor de los Pueblos Originarios”. La capacitación, iniciativa de la diputada Adriana Díaz, está dirigida a las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías, en el ámbito de los tres poderes del Estado Provincial.
En sus argumentos, la legisladora catamarqueña señala: “A lo largo de nuestra historia, los derechos de los pueblos originarios han sido avasallados, despojándolos de sus propias tierras y ejerciendo sobre ellos explotación, represión y una constante discriminación y marginación social. Es decir que no sólo se ha incurrido en una violencia sistemática de sus derechos, sino también de sus costumbres y de su cultura”.
En consecuencia, Díaz opinó que es esencial el rol de un Estado democrático al momento de garantizar el respeto por la diversidad cultural, el efectivo goce y ejercicio de los derechos humanos fundamentales consagrados constitucionalmente y aquellos contenidos en los tratados específicos sobre los derechos de los pueblos indígenas. Asimismo, consideró que las comunidades indígenas son sujetos de una doble protección estatal que no se estaría cumpliendo.
En este sentido, explicó: “Por un lado, se encuentran alcanzados por la protección que deriva de los tratados internacionales de derechos humanos, que consagran derechos y libertades fundamentales de todos los seres humanos; y por otro lado, también los derechos colectivos de los pueblos indígenas, que se encuentran protegidos en el Derecho internacional de los Derechos humanos”, señaló.
Para Díaz, “la importancia de este tipo de iniciativas, se encuentra en su fin último, el de lograr una mejor comprensión y conocimiento de los derechos de los pueblos originarios, posibilitando que, a través de ello, el Estado pueda cumplir con su obligación de brindar una protección efectiva y significativa de dichos derechos, dentro de su jurisdicción".