Ingresó al Concejo Deliberante de Salta un proyecto de ordenanza que tiene por finalidad recrear condiciones de legalidad del comercio en el espacio público de la ciudad e impulsar el ingreso a la economía formal a los sectores más vulnerables.

La iniciativa del concejal José Gauffin (Juntos por el Cambio) propone modificar 7 artículos de la ordenanza 6240, sancionada en julio de 1991 y promulgada en setiembre de ese año.

Esa norma, que desde entonces tuvo cinco modificaciones, regula la venta en la vía pública dentro del ejido de la Municipalidad para vendedores ambulantes, vendedores con parada fija transitorios y vendedores con parada fija permanente.

A pesar de los cambios que tuvo, la ordenanza fija todavía multas en Australes, signo monetario que tuvo vigencia en nuestro país entre el 15 de junio de 1985 y el 31 de diciembre de 1991, con valores que van desde los A 90.000 a A 1.000.000.

El proyecto propone modificar los requisitos que deben completar quienes se postulen para los permisos de venta en la vía pública, cualquiera sea su categoría, y se incorpora como exigencia los datos de categoría tributaria en AFIP, Rentas y Municipalidad.

La solicitud deberá consignar apellido y nombre, número y tipo de documento de identificación, domicilio de residencia ,correo electrónico y/o número de celular de contacto, certificado que acredite residencia en la ciudad de Salta, lugar o zona donde solicita establecerse, rubro y categoría de venta, fecha que iniciará la actividad, categoría y ubicación y constancia de inscripción de acuerdo a su condición y categoría tributaria en AFIP, Dirección General de Rentas de la Provincia y Municipalidad de Salta

Se aclara respecto del domicilio de residencia, que el Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará el modo y la forma mediante los cuales los postulantes acrediten residencia en la ciudad.

La norma actual prorroga los permisos de manera automática por igual período, si es que el Ejecutivo no resuelve su caducidad 30 días antes del plazo.

El nuevo artículo propuesto en este punto, dispone que el otorgamiento, rechazo o renovación de los permisos deberán ser resueltos en un plazo no mayor de 15 días de presentada la solicitud y en caso de rechazo, deberá fundamentarse la causa.

En cuanto a los derechos y tasas, la norma actual remite a la “ordenanza vigente” y la modificación plantea que “los permisionarios de venta ambulante abonarán los derechos y tasas que establezca la Ordenanza Tarifaria vigente”

El artículo que refiere a la “compostura, respeto por el público, limpieza, normas de moralidad e higiene y la observancia del Código Alimentario Argentino, se le agrega cita textual cerca de que se trata de la Ley N° 18.284 y el Decreto N°815/99.

Chaqueta blanca por pechera

El artículo 19 de la norma vigente dispone la obligación de ”vestir de chaqueta, preferentemente de color blanca”.

La modificación propuesta establece que “todos los permisionario para venta en la vía pública estarán obligados a vestir una pechera provista por el Departamento Ejecutivo Municipal” y, como también expresa la norma actual, exhibir ostensiblemente la credencial otorgada por el DEM al momento de emitir la autorización de venta”.

De Australes a UT

Las sanciones previstas en el artículo 50 a quienes violen la ordenanza están fijadas en multas que van desde los Australes Noventa Mil (A 90.000) hasta Australes Un Millón ( A 1.000.000) y el decomiso de las mercaderías, con sanción es en escala para las reincidencias.

Ahora se propone que “la violación de la presente ordenanza, traerá aparejada multa de 50 UT hasta 1000 UT, con idéntico tratamiento para las reincidencias. La Unidad Tributaria está fijada para este año en $22,88.

La última modificación propuesta es sobre el Registro de Permisionarios y de postulantes, que estará bajo la órbita del órgano de aplicación.

El registro de postulantes es para cubrir vacantes en los espacios públicos y se podrá acceder a él a través de la página web de la Municipalidad.

En la redacción actual, se designa a un representante de organizaciones de vendedores, que tiene acceso al registro como veedor y el órgano de aplicación es la varias veces desaparecido Dirección General de Control.