La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reintegrará más de 973 millones pesos a casi 500 mil monotributistas y autónomos de todo el país. El monto corresponde a lo que cada uno de esos trabajadores abonó en 2020 por sus obligaciones tributarias.
El beneficio alcanza a 399 mil monotributistas y 85 mil autónomos y consiste en la devolución de una porción del componente impositivo abonado por débito automático o tarjeta de crédito a lo largo del año, según explicó el organismo a través de un comunicado.
La medida tiene el objetivo de amortiguar el impacto económico de la pandemia, y está en consonancia con el lineamiento trazado por el presidente Alberto Fernández, en la voluntad del gobierno de mejorar la capacidad adquisitiva para impulsar el consumo.
Alcanza a quienes hayan cumplido con sus obligaciones, pagando en tiempo y forma su cuota mensual. “Recibirán un importe equivalente al impuesto integrado y será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores”, se especificó.
En cambio, aquellos contribuyentes que hayan iniciado la actividad el año pasado y por ello no abonaron los 12 meses completos “tendrán la devolución del 50 por ciento, siempre que la cantidad de cuotas pagadas en término fueran entre 6 y 11, ambas inclusive”.
Cada trabajador podría corroborar el monto que se le acreditará en el servicio de Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos (CCMA), cuyo ingreso requiere clave fiscal.
El reintegro se suma a distintas medidas implementadas por la AFIP para monotributistas y autónomos, con la cual ya canalizó más de 600 mil Créditos a Tasa Cero y habilitó los beneficios para pequeños contribuyentes previstos en la Moratoria 2020.
Prórroga para contribuyentes
Por otra parte, el organismo informó que prorrogó hasta el 31 de julio la vigencia de distintos beneficios destinados a facilitar los trámites en el marco de la emergencia sanitaria.
Uno de ellos es Presentaciones Digitales, un servicio con clave fiscal para realizar presentaciones y comunicaciones de manera digital, con carácter de declaración jurada, sin concurrir a una dependencia.
Para utilizarlo es necesario contar con clave fiscal 2 y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado, y remarcó que hay más de 90 trámites disponibles con esta modalidad.
También se postergó la obligatoriedad de registrar los datos biométricos, de manera que los ciudadanos no deben concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar.
La resolución general 4975/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial extendió, además, la asignación de nivel de seguridad 3 de Clave Fiscal para aquellos contribuyentes que realicen el blanqueo de su clave fiscal en un cajero automático.