El juez federal de San Carlos de Bariloche, Gustavo Javier Zapata (subrogante) le ordenó al Estado Nacional, por intermedio del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), que en un plazo de 90 días realice la mensura del territorio de ocupación tradicional de la Comunidad Mapuche Lofche Buenuleo y que "concluido ello, ejecute los actos tendientes a la instrumentación de la propiedad comunitaria en favor de la comunidad accionante”.
Firmada recientemente, esta sentencia subsana la demora estatal en dar seguridad jurídica a los derechos territoriales de los pueblos originarios. A partir de ahora quedaría allanado el camino para una solución definitiva, en tanto el Estado no apele a través de sus instituciones querellantes. "Pedimos al INAI que no apele el fallo, y es fundamental que tampoco lo haga la Procuración del Tesoro; sería un enorme logro para el gobierno pasar de la obstrucción a la construcción de un estado plurinacional, sería una verdadera solución", explicó a Página/12 el abogado Fernando Kosovsky, especialista en derecho de los pueblos indígenas, al respaldar la presentación de Matías Schraer, representante legal de la comunidad.
El Juez Zapata corroboró que el territorio de los Buenuleo ya fue reconocido por el Estado mediante la resolución 90/2020 del INAI, paso necesario pero incompleto para garantizar la instrumentación efectiva del reconocimiento en un título de Propiedad Comunitario de acuerdo a lo estipulado por el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional, 14 del Convenio 169 de la OIT, y 26 a 28 de la Declaración de la ONU sobre Pueblos Indígenas, que impone inscribir en los registros públicos de catastro y de la propiedad inmueble --así como los que se creen en lo sucesivo-- la realidad territorial indígena para que sea respetada por toda la sociedad. En la reforma constitucional de 1994 los constituyentes declararon que la finalidad del artículo 75 inciso 17 es reparar la deuda histórica de la Nación argentina con los Pueblos indígenas argentinos, obligándose a adoptar todas las medidas adecuadas, asignando los recursos y generando los mecanismos existentes para hacerlos efectivos. En este sentido, la Lofche Buenuleo entiende que el fallo es una medida adecuada.
"La sentencia es un logro para la Comunidad Mapuche Buenuleo frente a una seguidilla de acciones judiciales en su contra que afectan la paz de su espacio comunitario, donde sus integrantes sufrieron agresiones muy violentas y viven bajo amenazas constantes de quienes presionan para el desmembramiento y la venta especulativa del territorio de ocupación tradicional comunitario", expresaron sus integrantes en un comunicado. De hecho, PáginaI12 desde el año pasado fue informando sobre estos episodios, así como sobre la intervención del INAI y de la secretaría de Articulación Federal del Ministerio de Seguridad en procura de aplicar el protocolo de la Mesa de Resolución Alternativa de Conflictos Territoriales de los Pueblos Originarios.
Frente a la demora estatal en efectivizar su derecho de posesión y propiedad comunitaria, la Comunidad peticionó a la justicia federal que, en base al relevamiento territorial del INAI, se cumpla con la mensura definitiva del territorio (que se inscribe en el catastro) y que se extienda un título que instrumente la posesión y propiedad comunitaria para dotarla de seguridad jurídica y poder continuar repeliendo los intentos de despojo de su territorio. "Los especuladores inmobiliarios han intentado infructuosamente confundir a la población barilochense y de la provincia para generar odio racial contra la Comunidad. Frente a ello, la Comunidad reitera que los barrios Pilar I y Pilar II, por decisión de la Comunidad, están fuera del relevamiento territorial y por ende no abarcados como superficie de esta decisión judicial. Como tantas veces se recalcó, la Comunidad abraza a los vecinos de dichos barrios y los apoya para que puedan regularizar su situación", precisaron desde la Lofche Buenuleo.
Río de arriba
El apellido Buenuleo, en mapudungun, es una variante de Wenu Leufü, que en castellano podría traducirse “arriba” y “río”. “Algo así como río de arriba. El abuelo nos decía que era la estela que dejaban las estrellas... también puede ser la Vía Láctea”, explicaba Deolinda Buenuleo, werken (vocera) de la comunidad en octubre de 2019. El 10 de septiembre de aquel año algunas de las familias que integran la comunidad Buenuleo recuperaron las 90 hectáreas que en 2014 había ocupado un privado con un boleto de compra-venta que sería apócrifo. Desde entonces soportaron el acoso judicial y policial, fueron acusados de usurpación y resistieron órdenes de desalojo.
El 25 de agosto de 2014 la familia Buenuleo estaba aún terminado de velar al fallecido Antonio Buenuleo, abuelo y lonko de la comunidad. Emilio Fiedrich, a través de un intermediario, ocupó esas 90 hectáreas de bosque nativo con fuente de agua propia, y a un precio vil: Claudio Thieck se lo cedió en 2009 por 120 mil pesos, pagados en cuotas, a cambio de una porción de paraíso. Luego de la recuperación, en 2019, la justicia rionegrina dispuso el desalojo en tiempo récord, menos de 24 horas después de concretado el asentamiento de los mapuche en su tierra.
La Carta Orgánica Municipal de Bariloche reconoce la posesión ancestral mapuche de las tierras y promueve el respeto sobre la espiritualidad de ese pueblo originario, el Estado nacional reconoce la existencia de la comunidad, ahora sólo falta que tenga papeles que así lo consignen.