La Justicia federal admitió un recurso de apelación de Telecom Argentina y decretó una medida cautelar en su favor, por lo cual determinó la suspensión de algunos artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que declaraba como servicio público esencial a las telecomunicaciones por seis meses en el marco de la pandemia.
La decisión, que contó con los votos de los jueces José Luis López Castiñeira y Luis María Márquez de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, suspende los artículos 1 al 6 del DNU 690/2020 y también tres resoluciones reglamentarias del Ente Nacional de Telecomunicaciones (ENACOM), que serán inaplicables a la empresa.
Si bien la decisión judicial repone la potestad de los operadores de cable y telecomunicaciones de fijar sus condiciones de comercialización, el vicepresidente de ENACOM, Gustavo López, adelantó que este lunes “van a anunciar que en mayo no va haber aumento para ninguno de los servicios”.
"Clarín va a poder cobrar lo que quiera. Los jueces han dispuesto que el cliente de Telecom pague lo que la empresa quiera y todos los demás clientes lo que el Estado regule", explicó López en declaraciones radiales.
Asimismo, el integrante de ENACOM cuestionó: "¿Cómo es posible que el Poder Judicial termine legislando en lugar del Poder Legislativo o las normas dictadas por el Poder Ejecutivo? No hay una declaración de inconstitucionalidad, sino que se establece que no se cumpla el decreto".
"Obviamente vamos a ir a la Corte para apelar la medida cautelar. Hasta el día de ayer hemos aplicado sanciones hacia Telecom. Las primeras fueron de 650 mil pesos diarios. A partir de febrero pasaron a ser 19 millones de pesos diarios".
A través del decreto 690 publicado en agosto pasado, el Gobierno nacional declaró servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia a la telefonía celular y fija, Internet y la televisión por cable, a raíz de la pandemia de coronavirus. Con esta decisión, el Estado intervenía en la fijación del precio.
El Ejecutivo tomó esa decisión al considerar que “el derecho de acceso a internet es, en la actualidad, uno de los derechos digitales que posee toda persona con el propósito de ejercer y gozar del derecho a la libertad de expresión”.
Además, la ONU ha expresado en diversos documentos la relevancia de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) para el desarrollo de una sociedad más igualitaria y la importancia de que a todas las personas les sea garantizado su acceso a las mismas.