El Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal de la Nación dictará su veredicto este jueves a partir de las 10 en un jury emblemático: el que se sigue contra el Fiscal Federal Julio César Castro. Se pidió su remoción por las denuncias que mostraron un patrón sistemático de acoso laboral y sexual, malos tratos y abuso de poder en ejercicio de sus funciones. “Una vez más expresamos todo nuestro apoyo y acompañamiento a las víctimas, especialmente a quiénes con sus testimonios y a costa de su integridad emocional y laboral lograron que se avance hasta acá: el Tribunal de Enjuiciamiento tiene en sus manos la posibilidad de sancionar a Castro de acuerdo a la gravedad de su accionar y los perjuicios enormes causados tanto a las víctimas como al funcionamiento del servicio de justicia”, señalaron en un comunicado Mujeres Trabajadoras del MPF, Mujeres Trabajadoras de Comodoro Py y la Colectiva de Trabajadoras del Ministerio Público de la Defensa.
Castro, ex jefe de la Unidad Fiscal especializada en Delitos Sexuales, en noviembre de 2019 además fue condenado a 6 años y medio por abusar de su expareja: apeló la sentencia y se encuentra en Casación.
Desde 2017, cuando salieron a la luz las acusaciones en su contra –que venían de años anteriores—Castro pidió una licencia psiquiátrica –que se le otorgó-- y según informó este miércoles a Página/12 la Dirección de Comunicación del MPF, sigue cobrando su sueldo “de acuerdo a la normativa vigente”.
Los fiscales a cargo de la acusación en el jury pidieron la remoción del cargo del fiscal, acusado de ser responsable de una serie de episodios de acoso y abuso sexual y maltrato laboral a sus empleados y empleadas. El Tribunal de Enjuiciamiento del Ministerio Público Fiscal (MPF) escuchó a mediados de abril los alegatos de la acusación a cargo del fiscal General ante los tribunales orales federales de Rosario, Federico Reyares Solari y la fiscal General ante los tribunales orales federales de Santiago del Estero, Indiana Garzón; y de la defensa, a cargo de las abogadas Pamela Aguirre y Roxana Piña. “El patrón de todas las situaciones es el abuso de poder en el que incurrió el fiscal Castro”, advirtió el fiscal Reynares Solari.
En diciembre de 2016, mientras el Senado de la Nación evaluaba el pliego de Castro para ser designado juez, hubo dos impugnaciones: una por la denuncia de acoso laboral y sexual -que hasta entonces no había avanzado -; otra, por una conversación indecorosa en twitter que el fiscal había mantenido con una adolescente menor de edad. La Comisión de Acuerdos finalmente rechazó por unanimidad su pliego por falta de idoneidad. “Si no es idóneo para ser Juez tampoco lo es para seguir siendo Fiscal”, sostuvieron las tres organizaciones de mujeres, y consideraron que “los hechos de acoso sexual y laboral, malos tratos y abuso de poder dentro del MPF son lo suficientemente graves como para decidir su remoción”.
En el año 2014 una trabajadora del MPF se animó a denunciar a Castro por acoso laboral y sexual, maltrato y abuso de poder. Recién en marzo del 2017 se dispuso la realización de un sumario disciplinario para dilucidar su responsabilidad. “En la medida que avanzaba la investigación, se fue confirmando lo que ya era un secreto a voces: Castro ejercía sistemáticamente abuso laboral o sexual (o ambos en simultáneo) y nadie se había animado a denunciarlo por su lugar jerárquico dentro del MPF y por el poder que efectivamente ejercía sobre la cotidianidad laboral de sus empleados/as: vaciamiento de tareas, traslados injustificados, bajas calificaciones”, indicaron las tres colectivas de mujeres.
También señalaron que algunas de las víctimas de Castro se vieron forzadas a abandonar el organismo o mudarse de ciudad. “Esta sentencia es clave para comenzar a sanar porque el proceso fue muy costoso para las víctimas”, advirtieron las organizaciones.
Los fiscales a cargo del relato de los hechos de acoso sexual y maltrato laboral por los cuales se lo acusa a Castro describieron durante el procedimiento de enjuiciamiento la vida cotidiana en las fiscalías que él tuvo a cargo desde 1995, cuando comenzó su carrera judicial. Durante los alegatos el MPF clasificó los hechos, que afectaron a nueve trabajadoras y dos trabajadores judiciales, en tres tipos de delitos: acoso laboral, acoso sexual y acoso sexual ambiental, que describieron como “un comportamiento de índole sexual que agobia a la persona que trabaja” y que “enrarece o intoxica el ambiente laboral”. El fiscal Reynares Solari advirtió que “no se puede permitir que una persona del Ministerio incurra en abusos laborales, vacíe de trabajo y trate de inútiles no a una sino a varias personas”.
Las abogadas defensoras, por su parte, opinaron que “no se puede juzgar a alguien 25 años después con las pautas actuales” y señalaron que se deben “valorar hechos de los años noventa con criterios de los años noventa”.
La lectura del veredicto se podrá seguir este jueves a las 10 por el canal de Youtube del Ministerio Publico Fiscal.