Los gobiernos Catamarca y Salta, definieron como histórico el acuerdo que firmaron ayer lunes los gobernadores Raúl Jalil y Gustavo Sáenz, por el cual las provincias de comprometen a promover y compartir los recursos mineros de la zona limítrofe del Salar del Hombre Muerto, que se mantiene en disputa desde 1943.

La suscripción de ambas provincias del Acuerdo Marco de Facilitación y Fomento de Proyecto Minero, se hizo con “la voluntad de apoyar en forma conjunta el desarrollo del Proyecto Minero denominado Sal de Oro”.

En el primer punto las partes esclarecen que “Acuerdo no significa el reconocimiento de derechos y/o jurisdicción de una u otra parte en la zona de diferendo limítrofe. De ninguna manera el acuerdo significa otorgar o perder soberanía, o territorio”. Y deja establecido que el objetivo es “fomentar y facilitar las inversiones, en un marco de seguridad jurídica”, así como “radicar la actividad e industria minera” en el Salar del Hombre Muerto, “generando nuevas tecnologías y propendiendo al desarrollo de la cadena de valor de las materias primas”.

De esta manera, se busca que las provincias brinden un esquema común de promoción que permita dividir los tributos en partes iguales, junto a las regalías y otros gravámenes que surjan del trabajo de la empresa.

El acuerdo presupone la creación de una autoridad interprovincial que estará integrada por representantes de las dos jurisdicciones para garantizar una plena participación. Las provincias tendrán que elaborar en forma conjunta un reglamento para la autoridad interprovincial de manera que queden elegidas tres personas para representar a cada jurisdicción.

Con este reglamento, la contratación de mano de obra, servicios, proveedores o contratistas, se determinarán según un protocolo que será establecido por la misma Autoridad Interprovincial.

El proyecto Sal de Oro tiene un área de 20 mil hectáreas en el Salar del Hombre Muerto. Prevé para este año la construcción de una planta comercial con capacidad para producir 25 mil toneladas por año de LCE (Lithium Carbonate Equivalent) y una reserva de 1.580.000 LCE, con una vida útil de 30 años.

Con el acuerdo, la región avanza en la consolidación del litio como recurso estratégico nacional y pone una pausa en la disputa territorial.

Expresiones

Consultado por Catamarca/12, el senador nacional Oscar Castillo (UCR), expresó que “nosotros apoyamos la minería como política de Estado, pero quiere decir que quienes formamos parte de la vida política, tiene que tener una opinión para que sea política de Estado”.

En este sentido remarcó que el acuerdo no tiene validez hasta que no sea aprobado por las respectivas legislaturas. Y que debió existir “una instancia previa para debatir”. Y agregó; “si bien el convenio puede decir que nadie cede nada, pero Catamarca pierde jurisdicciones, porque en un proyecto como este lo más importante es el agua, y tengo entendido que es la del río Los Patos de Catamarca”.

Castillo cuestionó que no se conocen estudios sobre los posibles impactos. También consideró importante conocer cómo se resolverá la cuestión tributaria: “¿En dónde se tributa, en Catamarca o en Salta y la cuestión del canon se ha discutido? Las partes no hemos tenido la oportunidad de opinar”, observó.

Por último, aclaró: “Para resumir, estamos de acuerdo que haya explotación, que haya más trabajo. La empresa coreana está planteando este tema por una cuestión de seguridad jurídica. Creemos que la seguridad jurídica da garantía a quienes inviertan, pero esa seguridad también es la opinión política de quienes formamos parte de las provincias que este convenio alcanza. O sea, bien por un lado, pero hay reservas sobre este concepto de política de Estado que se está entendiendo parcialmente”.

Por su parte, el economista Mario Fadel, especialista en el tema, interpretó como una decisión madura el acuerdo: “Me parece una muestra de madurez política por parte de ambas provincias haber encarado una solución de esta naturaleza, en una zona con un conflicto limítrofe que lleva muchos años sin solución”, apreció.

Fadel advirtió que “el mecanismos planteado sobre la distribución igualitaria de los recursos tributarios y no tributarios que se generen del área en disputa me parece razonable, aunque le tendrán que poner mucha inteligencia para definir "qué y cuánto" es lo que se genera”.

Además valoró la voluntad de someterse a un tribunal arbitral ante la posibilidad de diferencias, despejando la conflictividad judicial. Del mismo modo consideró que es una buena señal hacia los inversores.

Por otro lado, Fadel dijo que es importante “empezar a dar señales hacia los dos lados”, refiriéndose a los conflictos sobre el consenso social en relación a la actividad minera. En tanto, en relación de la minería como política de Estado, comentó la necesidad de volver a instalar el debate sobre la Constitución Provincial. “Tenemos una constitución vieja y hay dos cosas que tienen que estar en el constitución: un instituto de agua o llamale como quieras, pero tiene que estar en el acuerdo social de la Constitución, así como el manejo de los recursos mineros. No puede ser que un gobernador del color que sea venga y te reviente los recursos en 4 años. Tiene que haber un instituto que esté más allá del gobierno de turno, con un directorio que no dependa del gobernador”, observó.

Conflicto 

El conflicto por la demarcación interprovincial surgió en 1943, luego de la disolución de la Gobernación de los Andes, cuando el territorio quedó dividido entre Catamarca, Salta y Jujuy. En ese momento, el Gobierno Nacional estableció una línea provisoria. En 1969 el gobierno militar de Onganía emitió un decreto de ley sancionando el límite definitivo, pero quedó sin efecto al no ser sancionado por el Congreso Nacional.

En la disputa territorial, Catamarca tiene dos fallos en contra, en 1985 y 1987. El primero relacionado con la mina de boratos, en el Salar de Diablillos y el segundo por el Salar del Hombre Muerto. En 2007, ambas provincias autorizaron a diferentes mineras la explotación de un mismo yacimiento que consideran dentro de sus fronteras. Catamarca presentó una cautelar a la Corte de Justicia de la Nación, pero la Corte finalmente se declaró incompetente y la resolución del conflicto pasó al Congreso Nacional.

En este contexto, la cláusula novena del acuerdo, expresa: “Una vez resuelto el diferendo limítrofe por Ley del Congreso Nacional, el presente acuerdo quedará sin efecto. La Provincia que en definitiva sea titular de los derechos territoriales, continuará como única autoridad competente, debiendo la otra abstenerse de continuar con cualquier tipo de pretensión de hecho o legal”.