El Ministerio de Trabajo oficializó una serie de nuevos requisitos para el Programa de Recuperación Productiva II (Repro II) que procuran facilitar el acceso a esta ayuda a un mayor número de empresas tras las restricciones que rigen en esta etapa a fin de mitigar la expansión de la segunda ola de coronavirus.
Así lo hizo a través de la Resolución 245/2021 publicada en el Boletín Oficial, que adopta recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II en su acta número 6, en lo que respecta a los salarios devengados en abril último.
En cuanto a los criterios de preselección, el Comité estableció que, para los sectores críticos, se tomará la facturación registrada en abril de 2019 y el mismo mes de este año, y la diferencia debe dar como mínimo una caída de 20 por ciento en términos reales y un aumento como máximo del 69 por ciento en términos nominales.
Estos mismos parámetros de facturación se aplicarán a los sectores no críticos, con la diferencia de que la comparación se hará entre marzo de 2019 y el mismo mes de este año.