La causa por el Memorándum de Entendimiento con Irán transita moribunda por el edificio de Comodoro Py. El Tribunal Oral Federal 8 (TOF 8) recibió los durísimos pedidos de nulidad y de inexistencia de delito de todos los acusados, entre ellos Cristina Fernández de Kirchner, Oscar Parrilli, Andrés Larroque y Juan Martín Mena. A esta altura se busca una forma de salir del atolladero porque es un secreto a voces que el expediente no tiene pies ni cabeza: se trató de un tratado internacional, votado por el Congreso, que nunca entró en vigencia y que no cambió en nada la situación de los sospechosos iraníes, sobre los que rigen hasta hoy las órdenes de captura con alertas rojas. Pero una cosa sería dictar la nulidad de la causa, como pide CFK, por la actuación de los camaristas de Casación visitadores de Olivos Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, y otra cosa muy distinta es cerrar el expediente por inexistencia de delito. La tercer alternativa es continuar con el proceso hacia un juicio que, todos coinciden, terminará con la absolución de los acusados.

Los jueces del TOF 8, Gabriela López Iñiguez, José Michilini y Daniel Obligado resolvieron acumular los pedidos de los abogados de los imputados y le darán vista al fiscal Marcelo Colombo y a los querellantes, la DAIA y dos familiares de las víctimas del atentado contra la AMIA. Después, los magistrados deberán decidir si terminan con el caso -como ocurrió con el expediente conocido como dólar-futuro- o si avanzan hacia un juicio oral que, en todo caso, se haría recién en 2022.

El planteo de CFK, a través de su abogado Carlos Beraldi, fue demoledor. La causa del Memorándum es “uno de los mayores escándalos de la jurisprudencia”, sostiene el escrito que se basa en la actuación de Hornos y Borinsky. CFK-Beraldi dijeron que los dos integrantes de la Casación intervinieron pese a haberse excusado de cualquier expediente relacionado con AMIA, permitieron que se armara una causa melliza, fueron decisivos para que la instrucción recayera en Claudio Bonadio y, mientras tanto visitaban a Mauricio Macri en la Casa Rosada y en la Quinta de Olivos, ocultando esas visitas.Es decir, la causa es nula por la falta de imparcialidad de los dos camaristas que intervinieron en forma decisiva.  A esto se suman todas las maniobras que se hicieron para impedir que declare el exsecretario general de Interpol Ronald Noble, quien ha dicho una y otra vez que ni el fallecido canciller Héctor Timerman ni ningún otro funcionario argentino hicieron nunca gestiones para favorecer a los iraníes, justamente la principal acusación del caso. El escrito de CFK-Beraldi pide un audiencia pública, similar a la que hubo en el caso dólar-futuro, donde seguramente la vicepresidenta se va a expedir en forma dura y detallada ante las cámaras de televisión.

Los otros imputados adhirieron a lo señalado por CFK y Beraldi, pero introdujeron otro elemento de importancia: pidieron el sobreseimiento por inexistencia de delito. Aníbal Ibarra, abogado de Parrilli, señaló que hay un elemento nuevo en el expediente, introducido en septiembre de 2020, y que es una declaración de Interpol advirtiendo a los jueces que ningún funcionario argentino tenía facultad alguna para pedir el levantamiento de las órdenes de captura de los sospechosos iraníes, algo que sólo podía hacer el juez de la causa, Rodolfo Canicoba Corral. Ese documento -señalan Parrilli e Ibarra- deja establecido que no existió el delito de encubrimiento de los sospechosos iraníes porque ese delito era imposible de cometer.

Dados esos planteos y los de Lucila Larrandart como abogada de Andrés Larroque, Marcos Andazábal, defensor del actual viceministro de Justicia Juan Martín Mena, y los escritos de todos los demás imputados, los magistrados López Iñiguez, Michilini y Obligado decidieron reunir todos los cuestionamientos, le dieron vista a las querellas -la DAIA en realidad no tenía el poder especial que se requería para querellar- y el pronunciamiento final será del fiscal Marcelo Colombo. Después de eso, los jueces tienen que resolver.

Parece difícil que los magistrados acepten los pedidos de nulidad dado que desnudarían lo que fue el aparato de Comodoro Py en todos estos años. Significaría reconocer el papel irregular que jugaron Hornos y Borinsky en esta causa, pero tácitamente también en otras, convalidarían la falta de imparcialidad que surge de las visitas a Macri y, en verdad, le darían razón a todo lo que se ha dicho y escrito sobre lawfare. Es cierto que la Corte Suprema de Brasil acaba de hacer algo similar, pero parece improbable que lo hagan tres jueces de Comodoro Py.

La alternativa de terminar con el caso por inexistencia de delito tiene menos costo para el edificio de Retiro. Es la postura que tuvo de entrada el juez Daniel Rafecas en un fallo muy detallado que fue la primer respuesta a la denuncia original, de Alberto Nisman. Y uno de los ejemplos más nítidos lo puso Larrandart: “esto podría llevarnos al absurdo jurídico de sostener que las leyes de Punto Final y de Obediencia Debida sancionadas por el Congreso de la Nación y promulgadas por el entonces Presidente Raúl Alfonsín, al ser declaradas inconstitucionales por la Corte Suprema de Justicia -como ocurrió con el Memorándum-, convierten al citado Presidente Alfonsín, como así también a todos los Senadores y Diputados de la República que votaron favorablemente, en encubridores del delito de lesa humanidad y hasta podría imputárseles erróneamente algún nivel de participación criminal en las graves violaciones a los derechos humanos durante el período de la dictadura militar, porque con dichas normas se habría favorecido que los responsables no fueran enjuiciados, investigados, ni sancionados. Esto constituiría un verdadero dislate jurídico y no resistiría ningún análisis, que es lo que sucede en este caso”.

A este razonamiento se agrega lo señalado por Parrilli e Ibarra: la propia Interpol dijo que era imposible que un funcionario argentino favorezca a los iraníes sospechados porque el levantamiento de las alertas rojas sólo era facultad del juez. Ese texto de Interpol -explican- juega el mismo papel que la pericia realizada en la causa dólar-futuro y en la que se estableció que no hubo perjuicio para el estado. Es decir, que la pericia demostró la inexistencia de delito. Incluso más, se podrían sumar los dichos de Noble en Página/12 y The Wall Street Journal que también ratificaron que no hubo gestión alguna a favor de los imputados iraníes.

La tercera alternativa de los jueces consiste en rechazar el sobreseimiento pedido por los imputados y seguir adelante hacia un juicio que, indefectiblemente terminará siendo un juicio sobre Comodoro Py, la coalición judicial-política-mediática alineada con Juntos por el Cambio, las visitas a Olivos y Casa Rosada, Bonadio, Nisman, la muerte de Timerman, la acusación por traición a la patria y otros hechos siniestros de esta historia. Si los magistrados toman esa decisión, habrá recursos ante la Casación, que fue lo que ocurrió en dólar futuro: el TOF no sobreseyó y lo hizo después la Casación.

Según dicen en Comodoro Py las definiciones empezarán a producirse durante junio. Todas las variantes parecen abiertas pero el expediente es un gigantesco paquete que más tarde o más temprano producirá estruendo.