Desde Santa Fe

La primera denuncia contra Elisa Carrió por supuesta “violación del secreto fiscal” en los tiempos de la AFIP macrista fue en Santa Fe. La impulsó el fiscal federal Walter Rodríguez en noviembre de 2019, en una causa en la que la líder de la Coalición Cívica denunció al Partido Justicialista de la provincia por presunta “apropiación indebida” de aportes sociales por “montos superiores a 20 mil pesos”, no depositados a los 30 días del vencimiento. Carrió mencionó “notas anónimas” y cuando le preguntaron –concretamente- quién le “brindó la información” sobre el PJ santafesino se amparó “en sus prerrogativas de diputada nacional”. Rodríguez no le creyó y la denunció para que la investiguen por “violación del secreto fiscal”. Es más, mandó copia certificada del legajo al Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 6 de Comodoro Py, para que lo incorporen a otra causa que indaga “la posible existencia de un mecanismo irregular concebido por ingresos injustificados a sistemas informáticos de acceso restringido pertenecientes a la AFIP”, en la que interviene su colega, el fiscal Ramiro González.

¿Qué pasó con la denuncia de Carrió al Partido Justicialista de Santa Fe? El 22 de noviembre de 2019, el entonces juez federal Nº 2 Francisco Miño dispuso el sobreseimiento de los cuatro imputados: el ex presidente del PJ, José Luis Freyre, el senador Roberto Mirabella, la intendenta de Cañada de Gómez Stella Clérici y el ex diputado Alejandro Rossi por “apropiación indebida de recursos de la seguridad social”. El 5 de marzo de 2021, la Cámara Federal de Rosario (sala A) confirmó esa resolución con los votos de los jueces José Guillermo Toledo y Anibal Pineda. Y el miércoles pasado 2 de junio –y ésta es lo novedad- la Cámara de Casación Penal (sala 3) ratificó el fallo de la Cámara de Rosario. Los “planteos” por la denuncia de Carrió al peronismo santafesino “se han tornado insustanciales”, dijo Casación en el voto de los jueces Liliana Catucci y Juan Carlos Gemignani. Por lo tanto, al no haber más pruebas que “permitan un nuevo examen de la cuestión traída a estudio”, la “inadmisibilidad” del recurso está “sellada”. Y así lo resolvió. Los cuatro sobreseimientos quedaron firmes, si es que el fiscal general Javier De Luca no recurre ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La denuncia de Carrió al PJ de Santa Fe ya fue rechazada en las tres instancias y por cinco magistrados: el juez Miño, los camaristas Toledo y Pineda de Rosario y sus colegas Catucci y Gemignani de Casación. No parece tener otro destino que el archivo, si el fiscal no apela a la vía extraordinaria ante la Corte. Pero mientras tanto es bueno saber qué se discute y cuál era la demanda por supuesta “apropiación indebida de aportes sociales” en cuatro meses: diciembre de 2012 (22.020 pesos), diciembre de 2013 (28.527), junio de 2014 (27.421) y diciembre de 2014 (38.238 pesos). .

Y si la denuncia al PJ ya sumó tres fallos judiciales en contra, lo que sí debería avanzar ahora es el pedido del fiscal de Santa Fe para que se investigue a Carrió por supuesta “violación del secreto fiscal”. Rodríguez envió al Juzgado Federal Nº 6 de Comodoro Py sólo una de las 1.600 denuncias que la ex legisladora hizo a contribuyentes que accedieron a planes de facilidades de pago de la AFIP. Ella dijo que eran 1.530, pero el Ministerio Público contó 1.648.

El objetivo es que “los datos aportados” desde Santa Fe “contribuyan a la investigación para establecer la posible existencia de un mecanismo irregular".  

Carrió ratificó esa denuncia al PJ –entre tantas- el 19 de abril 2016 ante la jueza en lo Penal Económico María Verónica Straccia, quien le preguntó cómo había obtenido los datos. “¿Quién le brindó esa información?”, le planteó. Carrió no respondió y se amparó supuestas “prerrogativas como diputada nacional”.

El fiscal Rodríguez dictaminó que Carrió declaró como testigo y por lo tanto tenía la obligación de decir la verdad. Su respuesta “brindada bajo el sistema de inmunidades de opinión, aún cuando se acepte una interpretación amplia del artículo 68 de la Constitución Nacional, no contemplaría un silencio equiparable al regulado por el artículo 18” de la Carta Magna (“Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo”). Porque la pregunta –explicó Rodríguez- en el marco de una declaración testimonial estaba dirigida a despejar una posible afectación del secreto fiscal en perjuicio de terceros, es decir una situación asociada a su condición de denunciante, asumida unilateralmente y desconectada de la actividad parlamentaria”.

En consecuencia, el fiscal remitió copia de la causa al Juzgado Federal Nº6 de Comodoro Py que investiga maniobras de espionaje ilegal desde oficinas del Estado contra dirigentes políticos y jueces. El objetivo es que “los datos aportados” desde Santa Fe “contribuyan a la investigación para establecer la posible existencia de un mecanismo irregular concebido por ingresos injustificados a sistemas informáticos de acceso restringido pertenecientes a la AFIP, explicó. En esa causa interviene el fiscal Ramiro González.